sep 07 19

Carta al inquilino

Estimado inquilino:

Dentro de unos meses vence el contrato de alquiler y siento informarle que las condiciones han cambiado. Ante todo, debo felicitarle por dos motivos: por el esmero que ha puesto en el cuidado del piso, tal y como tuve oportunidad de comprobar cuando les visité hace poco, y por la puntualidad en sus pagos.

A pesar de ello, me veo en la obligación de subir el precio del alquiler por razones obvias: cada día la cesta de la compra cuesta más llenarla y no le digo nada sobre la gasolina, la luz o el teléfono. En fin…, que no me queda más remedio.

El nuevo contrato es el siguiente:

  1. Período del contrato: máximo, 4 años.
  2. Hasta ahora venía pagando 600 euros al mes. A partir de ahora, esta cantidad ascenderá a 810, es decir, 210 euros más.

En realidad, la subida no es tal ya que podrá afrontarla sin problemas gracias a la ayudas aprobadas recientemente por el Gobierno de España. Eso sí, deberá usted encontrarse dentro de los supuestos marcados para recibirla . Si no es así, lamento informarle de que deberá abandonar el piso al finalizar el presente contrato. Estos son los supuestos:

  • Entre 22 y 30 años.
  • Trabajador por cuenta ajena, autónomo, parado con prestación de desempleo o becario de investigación.
  • Si es usted extranjero, deberá contar con 4 años de residencia legal.
  • Ingresos máximos: 22.000 euros brutos anuales.

Un saludo.

Nota: El ministro Solbes y yo coincidimos en el diagnóstico: «En 2006, y preguntado sobre la posibilidad de instaurar desgravaciones fiscales a los inquilinos, Solbes replicó que “la subvención al inquilino se traslada al incremento de precios automáticamente y pensamos que es una medida que tiene muy poco impacto y que, al final, lo que sirve es para aumentar los precios”» [Vía: El País].

Política/España

  1. #1 por Pichi - Miércoles, 19/09/07 a las 20:45

    Esta tarde un trabajador ha mandado un correo al programa de la brújula (Onda Cero) en el que comentaba que le iba a decir a su jefe que le bajara el sueldo ya que cobraba algo más de 22.000 euros/año.

  2. #2 por vitruvi - Miércoles, 19/09/07 a las 21:56

    buenísimo! tanto la carta de Miguel, cómo el comentario de Pichi.
    Realmente es de las medidas mas desacertadas que he visto en los últimos años.
    saludos

  3. #3 por pereyra - Miércoles, 19/09/07 a las 22:14

    Creo que falta algo en la carta del propietario:
    “En caso de que no sea usted joven, daremos por finalizado el contrato inmediatamente, pues debo alquilárselo a un joven para beneficiarme de la deducción fiscal del 100% sobre mis ganancias con esta renta”

  4. #4 por J.I. - Jueves, 20/09/07 a las 21:50

    “Talmente” de acuerdo como diría un castizo. Muy buena la carta y los comentarios precedentes.

    De momento, a los arrendatarios que tengan contrato en vigor, no les afectará una posible subida de precios -por Ley se garantiza una revisión según IPC durante los cinco primeros años de contrato- ¿Pero al resto que pasará? Pues lo apuntado por todos los expertos, subida inmediata de precios.

    Además como sigue sin ofrecerse facilidades a los propietarios para los deshaucios por impagos o por daños en las viviendas, no se activa la oferta, que es en donde hay que actuar, y no en la demanda.

    Pero, eso ya es conocido desde hace mucho tiempo, sólo que este Gobierno no se entera de nada, improvisa medidas, hace un refrito con las que están ya en vigor, y hasta El País, le ha tenido que sacudir un editorial durísimo, que ha hecho “pupa” y ha tenido la respuesta de la ministra, pidiendo una rectificación de los errores -según ella- cometidos por “su” periódico. ¿Será Chacón accionista mayoritaria de Prisa?

    Eso es todo por ahora

    Saludos a todos

(No será publicado)

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