Mientras buscaba las novedades en el sitio del Congreso con el fin de actualizar este blog, me he encontrado con una novedad en el epígrafe “situación actual” de las proposiciones de Ley. En varias de estas proposiciones aparecía el término “Concluido (decaído)” cuyo significado es sencillamente que el Gobierno ha decidido vetar la discusión de aquéllas.
Expresada por el Gobierno su disconformidad, en virtud de lo dispuesto en los artículos 134.6 de la Constitución y 126.2 del Reglamento de la Cámara, acordar que no procede la toma en consideración por el Pleno de la citada Proposición de Ley. Asimismo, comunicar este acuerdo al Grupo Parlamentario autor de la iniciativa y al Gobierno y publicar en el Boletín Oficial de las Cortes Generales.
Después, repasando las noticias del día, me he topado con un artículo publicado en ABC en el que daba cuenta de que el Gobierno había vetado siete iniciativas del PP, todas ellas relacionadas con cuestiones económicas. Además de éstas, el Gobierno ha vetado otras cinco proposiciones: dos al Grupo Parlamentario de Esquerra Republicana-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verd, una al Grupo Parlamentario Mixto y dos al Partido Popular.
Esta prerrogativa del Gobierno para evitar la tramitación de una proposición de Ley no fue utilizada en las dos últimas legislaturas (2000-2004 y 2004-2008). Ante el temor de que dichas iniciativas pudieran salir adelante, el PSOE ha preferido cortar de raíz una posible derrota en el Congreso, lo que es un buen indicativo de la debilidad del gabinete de Rodríguez Zapatero acuciado por una crisis económica que bate registros mes a mes y el desmoronamiento de sus acuerdos políticos con los nacionalismos periféricos.
El asunto va más allá de la mera anécdota por cuanto las iniciativas vetadas al PP representan las propuestas económicas de este partido político para salir de la crisis. Eso sí, el PSOE no se cansa de afirmar que el PP no arrima el hombro. Será por eso que prefiere vetar antes que debatir sus propuestas.
Documentación:
- Artículo 134.6 de la Constitución: «Toda proposición o enmienda que suponga aumento de los créditos o disminución de los ingresos presupuestarios requerirá la conformidad del Gobierno para su tramitación». Justificación jurídica de este precepto.
- Artículo 126.2 del Reglamento de la Cámara: «Ejercitada la iniciativa, la Mesa del Congreso ordenará la publicación de la proposición de Ley y su remisión al Gobierno para que manifieste su criterio respecto a la toma en consideración, así como su conformidad o no a la tramitación si implicara aumento de los créditos o disminución de los ingresos presupuestarios».


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