Archivo categoría «España»

ene 11 17

Hace unos años recogí de La Vanguardia un artículo en el que aparecía el nombre y apellidos de un abogado que, al parecer, estaba metido en asuntos turbios. De hecho, había sido condenado en primera instancia —no recuerdo el motivo exacto— aunque la sentencia no era firme por aquél entonces. Al cabo de cierto tiempo recibí una llamada de un familiar cercano de dicho abogado y me pidió que borrara el artículo. Según me informó, y yo mismo pude constatar, el artículo de marras alojado en mi sitio aparecía en primer lugar al teclear los apellidos del susodicho en Google.

Mi primera reacción fue la de rechazar su propuesta. Yo no era el autor del artículo y éste había sido publicado en La Vanguardia, y entendía que debía dirigir su reclamación a dicho periódico. Si aquí accedían, no tendría ningún reparo en hacer lo mismo. Días más tarde, otro familiar, más cercano que el primero, volvió a pedirme lo mismo, es decir, que borrara el artículo. Le prometí meditar sobre ello y al cabo de poco decidí sustituir el nombre y apellidos por las iniciales.

Las razones fueron:

  • El abogado no era un personaje público y su pecado tampoco fue noticia de primera plana.
  • No se alteraba en modo alguno el fondo del artículo.

Por supuesto, nunca se me pasó por la cabeza pedirle que se dirigiera a Google o a otros buscadores pues éstos no son sino los mensajeros.

¿Por qué les cuento esta historia? Porque hoy he leído en El Mundo una noticia relacionada con el “derecho al olvido” y el “derecho a enlazar”. La historia es la siguiente: una mujer presenta ante la Agencia Española de Protección de Datos una reclamación contra Google Spain, S.L. por no haber sido debidamente atendida su derecho de cancelación. El “delito” de Google no fue otro que el de indexar dos Diarios Oficiales de la Generalitat de Valencia donde aparecían datos personales de la reclamante.

¿Imaginan ustedes la resolución? Pues sí, la peor de las imaginables, es decir, condenar el mero hecho de indexar y enlazar. Aquí tienen la resolución. Lo peligroso es el precedente: hoy se prohíbe enlazar a documentos oficiales que contengan datos personales, mañana….

Eso sí, ustedes no dejen de votar en las próximas elecciones. Tal vez consigan que cambie el collar pero el perro seguirá siendo el mismo. Lean, por ejemplo, la postura del PP respecto a la Ley Sinde.

Actualización, 19/01/11: vista en la Audiencia Nacional. El Estado, a través de su abogado, alega que el buscador tiene responsabilidad. La censura a un paso de volver a ser un hecho en España.

Política/España , 9 Comentarios

ene 11 06

34 días en estado de alarma, una medida excepcional, y a nadie parece importarle. ¿Hemos vuelto al siglo XVII? Molière escribía por entonces “Aquí primero cuelgan a un hombre y luego lo juzgan”.

La indiferencia, casi obscena, de la sociedad civil hacia los asuntos públicos deja el paso libre a tics totalitarios. En el futuro, algún intelectual recordará las palabras de Boris Pasternak: “Así que era necesario enseñar a la gente a no pensar y no formarse opiniones, obligarla a ver lo que no existía y sostener lo contrario de lo que resultaba obvio para todos”. Lástima que para entonces ya será tarde…

Política/España , , 6 Comentarios

dic 10 29

Hasta la llegada de las televisiones con soporte para reproducir contenidos en alta definición nunca me había planteado la posibilidad de descargar una película. Mientras tanto, me conformaba con disponer de Canal Plus que me permitía no solo ver películas y documentales sino también su grabación y conservación en cintas de vídeo. Pero un día decidí que era hora de saltar a la alta definición y pregunté por el iPlus, aparato que permitía visionar los canales HD. Mi sorpresa fue mayúscula cuando pregunté si se podían extraer contenidos del disco duro que incorporaba dicho aparato, pues la respuesta fue que no, que el puerto USB estaba inhabilitado. Al parecer, los responsables de Canal Plus no entendían que pretendiera guardar documentales o películas e incluso me llegaron a decir “¡Ah! ¡usted quiere piratear!”. No solo me negaban el derecho a la copia privada sino que además me insultaban. Como ya imaginarán, la decisión fue darme de baja.

El siguiente paso fue buscar una sistema legal que me permitiera ver una película en streaming o descargar una copia digital. Pues bien, tal posibilidad no existe en España. Rebuscando en la Red me encuentro con que el problema no radica en la falta de iniciativas sino en la obcecación por parte de los lobbies en impedir modelos de negocio de ese tipo.

Acto final: la solución pasó finalmente por comprar un reproductor multimedia, instalar JDownloader y proceder a descargar películas y documentales desde sitios como vagos o todohdtv.

Apéndice: lo vergonzoso no es descargar sino intentar vender un producto en un soporte físico que nadie quiere a precios escandalosos y pretender que todos pasemos por el aro.

Resolver el problema no pasa por el cierre administrativo de sitios en Internet sino por la aplicación rigurosa del Código Penal y el cierre judicial cuando se demuestre el ánimo de lucro.

********************

Actualización (30/12/10; 12:00): Parece que la estupidez no entiende de fronteras. Resulta que las ventas de revistas digitales para el iPad se han desplomado en EEUU. Y no me extraña: el precio de un solo número es de 4 dólares; la suscripción anual (12 números) de la revista impresa cuesta 10 dólares. ¿Se creerán que los consumidores somos tontos? Al parecer, así es.

Política/España , 7 Comentarios

dic 10 28

Si las mentiras dañan cualquier tipo de negociación, aún más las medias verdades. Desde el Gobierno, por ejemplo, se ha llegado a decir que si la regulación sobre las descargas no salía adelante, “desaparecería la mitad de la cultura”. Afirmaciones como ésa caben en boca de las empresas audiovisuales, capaces de recurrir a todo con el fin de no perder un negocio obsoleto, pero en un responsable político es, cuando menos, vergonzoso.

Podemos encontrar en la Red numerosos estudios sobre la influencia de las descargas en la venta y producción audiovisual, pero la mayoría de ellos están “fabricados” por alguna de las partes interesadas en la cuestión. Por ello he dedicado tiempo a buscar alguno al que pudiéramos aplicarle la etiqueta “independiente”, y creo que lo he encontrado: File-Sharing and Copyright, una investigación realizada por Felix Oberholzer-Gee (Harvard Business School) y Koleman Strumpf (University of Kansas School of Business).

********************

Nota: el Gobierno ha decidido digitalizar los catálogos de las exposiciones realizadas en todos los museos públicos y ponerlos a disposición de todos los internautas de forma gratuita.

Política/España , 2 Comentarios

dic 10 25

Si el Rey es, como dice el PSOE, un defensor de las reformas que impulsa Zapatero, creo que debería ir pensando en abdicar. Los planes anticrisis —¿cuántos van ya?— han fracasado de forma rotunda una y otra vez. Las comparaciones son odiosas dice el refranero popular, pero ponen en su sitio a nuestros gobernantes:

Fuente: Eurostat

Política/España , 31 Comentarios

dic 10 24

No hay nada como el humor para contestar a quienes, como Bardem,  creen que todo vale en democracia. El fin no justifica los medios.

Vídeo-respuesta al artículo de Bardem

¡No al cierre administrativo de sitios en Internet!

No estamos en contra de la regulación de la propiedad intelectual, pero en un Estado de Derecho no cabe la censura. En lugar de reformar la ley han decidido cambiar el procedimiento de forma que sea una comisión —juez y parte— la que ordene el cierre de un sitio en Internet porque la Justicia, una y otra vez, ha dictado que enlazar no es un delito. Que nadie se lleve a engaño: las leyes, una vez aprobadas, perduran el tiempo y nada nos dice que pasado mañana un “Berlusconi” utilice dicho procedimiento para algo más que cerrar páginas de enlaces.

Política/España , 5 Comentarios

dic 10 21

Fuente: J.R. Mora

Desde el Gobierno se insiste en que será la Justicia quien determine si finalmente se cierra un sitio en Internet. Pues bien, eso es rotundamente falso. Patadas al Estado de Derecho:

  1. Primera patada: la Comisión será juez y parte. Las discográficas, distribuidoras de cine etc, a través de las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual, estarán sentadas en dicha Comisión. Eso significa que juzgarán los mismos que denuncian.
  2. Segunda patada: alega el Gobierno que hay garantías porque se podrá recurrir. Falso: la jurisdicción Contencioso – Administrativa solo valorará si se han vulnerado los derechos fundamentales. En ningún caso entrará a considerar si el cierre es pertinente. O dicho de otro modo: el juez no cerrará sitios en Internet y tampoco el cierre en sí mismo podrá ser recurrido ante la Justicia.
    Corrijo: el cierre administrativo podrá ser recurrido ante los tribunales pero DESPUÉS de que ya haya sido clausurado el sitio. En todo caso, no hay alteración de lo fundamental: no serán los jueces sino una comisión la que ordene el cierre.
  3. Tercera patada: estamos ante un cierre administrativo de una actividad que, a diferencia de una farmacia, no necesita licencia para operar.
  4. Apéndice: según el Gobierno solo se cerrarán sitios con ánimo de lucro. Falso: la ley establece que se cerrarán sitios con ánimo de lucro, directo o indirecto, o que haya causado o sea susceptible de causar un daño patrimonial. Un sitio SIN ÁNIMO DE LUCRO que enlace a contenidos audiovisuales podrá ser cerrada sin ningún problema. Recuerdo que esta actividad, la de enlazar, no ha sido considerada ilegal por la Justicia.

En resumen: como al Ministerio de Cultura y a la industria audiovisual no le gustan las sentencias de la Justicia —todas ellas en su contra—, se inventan una Comisión para poder cerrar sitios en Internet. Pura y dura censura.

Actualización, 21/12/10 (22:25 h): 18 a favor, 20 en contra y 1 abstención. Las Ley Sinde rechazada.

Política/España , , 4 Comentarios

dic 10 20

El incidente multicultural en el colegio de La Línea arrasa en todos los periódicos, pero cabe la duda de si se trata de un caso aislado o realmente los musulmanes no terminan de integrarse. En todo caso, no debemos esperar cambios importantes en la mentalidad de inmigrantes de primera generación que han llegado a España en edad adulta. Distinto es el caso de las siguientes  a las que la escuela y la convivencia diaria deberían facilitarles esa integración. Para ello basta una enseñanza laica y una educación basada en los principios democráticos que rigen en este país, aunque siempre encontraremos excepciones (que confirman la regla).

Me quedo con la respuesta del profesor al alumno:

“Entonces le dije, literalmente: Mira, muchacho, en primer lugar, tú no eres quién para decirme a mí de lo que puedo o no puedo hablar en clase. En segundo lugar, lo que tú comas, o coma este otro, a mí no me importa nada. En tercer lugar, la religión que tú profeses, profese éste o aquel otro, todavía me importa menos. En cuarto lugar, aquí sois 30 alumnos, y tú te debes adecuar a los 29 restantes y no los 29 restantes a ti. Y en quinto lugar, si no estás de acuerdo con las enseñanzas y conocimientos que se imparten en este centro siempre tienes la posibilidad de elegir y marcharte a otro centro”.

Fuente: Diario de Cádiz (Formato PDF).

Política/España , 14 Comentarios

dic 10 20

Mañana, salvo milagro de última hora, la llamada “Ley Sinde” se aprobará sin tan apenas debate y con la consideración de “ley menor”. Por si alguien todavía no es consciente de que la censura ha llegado a este país, puede leer lo escrito en febrero de este año al respecto. De todas formas, he encontrado una explicación menos árida, más completa e incluso con cierto sentido del humor: Sinde de qué vas.

Para más inri, ni siquiera sabemos el contenido exacto de la ley ya que al parecer se está negociando una supuesta enmienda transaccional. Mañana más.

Actualización, 21/12/10 (20:36): todo parece indicar que la Ley no va a contar con los apoyos suficientes para ser aprobada. De todas formas, queda aún el paso por el Senado, que no se producirá hasta enero, y el PSOE tendrá tiempo suficiente para negociar con CiU o el PP.

Fuente imagen: J.R. Mora.

Política/España , , 4 Comentarios

dic 10 08

Leo y no salgo de mi asombro: miles de afectados por la huelga salvaje de los controladores se querellarán contra éstos. No acaba aquí pues se pide para ellos penas de cárcel.

Solo espero que esos mismos afectados y el resto de ciudadanos interpongan otra denuncia contra el Gobierno por declarar el “Estado de Alarma” sin ningún tipo de base legal. En el Decreto se dice: «Al amparo de lo dispuesto en el artículo 4 apartado c. en relación con los apartados a) y d) de la L.O. 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio, se declara el estado de alarma con el fin de afrontar la situación de paralización del servicio público esencial del transporte aéreo».

Veamos lo que indica dicha Ley Orgánica en su artículo 4, apartado c: «Paralización de servicios públicos esenciales para la comunidad, [...], Y concurra alguna de las demás circunstancias o situaciones contenidas en este artículo».

Si aún sé leer en español, el apartado “c” establece dos condiciones y ambas deben cumplirse:

  1. paralización servicios públicos…
  2. concurrencia de al menos una de las circunstancias contenidas en el artículo

¿Y a qué otras circunstancias se agarró el Gobierno?

  1. Apartado a) Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud.
  2. Apartado d) Situaciones de desabastecimiento de productos de primera necesidad.

¿Dónde están las calamidades o las desgracias públicas equiparables a una inundación, incendio o accidentes de gran magnitud? En ninguna parte. Cualquier posible riesgo se neutralizó al cerrarse el espacio aéreo.

¿Se produjo desabastecimiento de productos de primera necesidad? En absoluto. Tampoco era previsible que sucediera.

¿Por qué entonces el Gobierno adujo las razones contempladas en los apartados c) y d)? Porque así se aseguraba la aplicación del artículo 12.dos que dice: «En los casos previstos en los apartados C) y D) del artículo cuarto el Gobierno podrá acordar la intervención de empresas o servicios, así como la movilización de su personal, con el fin de asegurar su funcionamiento. Será de aplicación al personal movilizado la normativa vigente sobre movilización que, en todo caso, será supletoria respecto de lo dispuesto en el presente artículo.»

En resumen: la declaración del Estado de Alarma se realizó sin base jurídica y se forzó la situación a través de la normativa sobre movilización para que los militares pudieran intervenir ya que la mera puesta en marcha de la alarma no les habilitaba a ello. Una normativa, por cierto, bastante confusa de la que no se deduce directamente que los civiles deban ponerse bajo el mando de militares en el caso que nos ocupa.

Este Gobierno, no solo nos lleva a la bancarrota, sino que además se salta la Ley cuando le da la real gana. Mientras tanto, el populacho pidiendo las cabezas de los controladores.

Actualización, 15/12/10: muy interesante el artículo de Pablo Lópiz Cantó, licenciado en Filosofía por la Universidad de Sevilla y Doctor por la Universidad de Zaragoza: Estado de Alarma.

Actualización, 16/12/10: Josep Ramoneda explica en El País por qué la prórroga es peligrosa y perniciosa de una forma llana: Normalizar la excepción.

Política/España , 51 Comentarios

Inicio Bitácora » Política » España » Página 2 de 40