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LA INSTITUCION LIBRE DE ENSEÑANZA |
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| Hay, en el estudio del ser-Dios
una característica que va a ser la que predomine en la elaboración de las
diferentes disciplinas que el Sistema produce: el concepto de organismo. El ser, Dios, es orgánico; es decir, contiene en sí, por un lado, la unidad de la esencia y, por otro, la pluralidad de formas: lo uno y lo múltiple al mismo tiempo. Esto, trasladado por analogía al ser finito, traduce una serie de relaciones entre los cuatro grandes apartados: Ser Esencial, Espíritu, Naturaleza y Humanidad, que hemos visto antes. Para el esbozo de los presupuestos filosóficos del krausismo nos interesa aquí el tipo de relaciones que, dentro de la noción de organismo, dan lugar a las ciencias particulares de la Moral, el Derecho y la Filosofía de la Historia. El primer problema que se plantea en la noción de organismo es el de la libertad. Pudiera parecer que el ser finito, el hombre, está ligado por una voluntad superior para realizar el bien, sin posibilidad de elección. Sanz del Río descubre una falacia en el planteamiento común del principio de la libertad. Si se admite que Dios es el bien, hay que señalar adecuadamente que esta afirmación puede llevar a un equívoco: pensar que Dios es el bien supremo al que debe aspirar el hombre. Y, sin embargo, lo que en definitiva quiere decir es que el Ser-Dios hace y vive el bien por su propia voluntad y desde la eternidad. Se anulan así dos falsos juicios: por un lado, la pretensión de que Dios, caprichosamente, interfiera en las vidas humanas para proporcionarles bienes o males. Esto sería enjuiciar la voluntad de Dios de hacer el bien desde unas categorías temporales, a las que no está sujeto. Por otro lado, también se pretende deshacer el equívoco de considerar a Dios como un bien superior al que el hombre debe optar cuando no existe esta relación de superior e inferior, sino un único bien hacia el que se dirige tanto la voluntad de Dios como la del ser finito. Aquí se entiende la frase del krausismo haz el bien por el bien mismo, de raíz netamente kantiana, que es lo que otorga al sistema su grandeza moral. La segunda ciencia particular, o ciencia del Derecho, nace de la noción de condicionalidad. Se trata de la relación de coexistencia que rige inseparablemente a todos los seres, y por la cual se determinan recíprocamente unos a otros. Dios, en su calidad de ser infinito, es absolutamente justo y el Derecho está fundado en esa justicia, que necesariamente debe expresarse en un conjunto de condiciones con las que la Humanidad pueda libremente cumplir y realizar su destino racional. Cuando un conjunto de personas se reúne para realizar ese Derecho, están constituyendo un Estado. Pero no se trata simplemente de una relación exterior, que limite las libertades de los individuos en beneficio de los intereses comunes. Más bien se trata de una relación interior, que potencia las libertades legítimas, permitiendo a cada individuo ejercitar su propia libertad e insistiendo en su libre desarrollo. A través de él se potenciarán las diferentes instituciones y, por medio de la libertad de enseñanza, de la libertad de asociación, de la libertad de comercio, etcétera, se irá constituyendo (no sin tropiezos y dificultades, pero sí inexorablemente, porque la razón humana siempre hallará el camino adecuado para su consecución) el «Estado cosmopolita» de que hablaba Kant, y que Sanz del Río define como el fin a conseguir por la Humanidad. |
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