A las 20,30 de ayer, día 13, la Agencia EFE informaba de los resultados del Consejo extraordinario de ministros de Justicia e Interior de la UE y entre sus resoluciones destaca la propuesta de retención de datos de comunicaciones. En primer lugar es necesario aclarar que dicha propuesta no es nueva pues se viene tratando en el seno del Consejo de Ministros desde hace más de un año. En segundo lugar, el alcance de la propuesta no afecta al contenido de los e-mail o de las llamadas telefónicas. En concreto se trataría de guardar un registro durante determinado tiempo de la información relativa al usuario y el receptor, lugar de la conexión o aparato utilizado. Es decir, quién llama a quién, desde dónde lo hace y a través de qué medio.
El archivo en sí mismo bien pudiera conculcar la inviolabilidad de las comunicaciones aunque la cuestión es harto discutible. Pero si el acceso de la policía al mencionado registro no requiere una orden judicial previa, ya no cabe discusión alguna: la propuesta sería sencillamente ilegal y atentaría directamente contra nuestros derechos.
Menos problemática me parece la decisión francesa de suspender temporalmente la libre circulación de personas que prevé el acuerdo de Schegen. O no es preocupante si es realmente «temporal» ya que se trata de una medida que suele tomarse habitualmente con ocasión de grandes acontecimientos deportivos -v.g. Juegos Olímpicos- o políticos -v.g. cumbres del G-8-. Inglaterra no necesita dar esta paso porque, al igual que Irlanda, no firmó este acuerdo y tampoco afecta a los países recientemente integrados ya que sus fronteras internas no desaparecerán hasta el segundo semestre de 2007. No obstante, llama bastante la atención el hecho que sólo un país haya tomado esta determinación pues muestra la actual descoordinación de los países europeos integrados en el mencionado acuerdo y las discrepancias en el seno de la Unión Europea sobre la efectividad y oportunidad de las medidas antiterroristas a tomar en una situación de crisis como la actual.