Democracia

Una aproximación jurídico-política al gobierno abiertoLa Fundación "Manuel Giménez Abad" de Estudios Parlamentarios y del Estado Autonómico, dentro de su programa de actividades para el 2013, ha coorganizado con la Dirección General de Participación Ciudadana, Acción Exterior y Cooperación del Gobierno de Aragón, la II Jornada sobre calidad democrática, titulada "UNA APROXIMACIÓN JURÍDICO-POLÍTICA AL GOBIERNO ABIERTO".

Fecha: 18 de junio de 2013. Lugar de celebración: Palacio de la Aljafería, Zaragoza

Imprescindible inscripción previa gratuita hasta completar el aforo de la sala, la cual pueden realizar a través del Boletín de Inscripción de la página web www.fundacionmgimenezabad.es

PROGRAMA

MARTES, 18 DE JUNIO

  • 9:45 h. Inauguración.
  • 10:00 h. Sesión I. Transparencia y participación ciudadana.
    “Derechos y buen gobierno”. Guillermo Escobar Roca, profesor Titular de Derecho Constitucional, Universidad de Alcalá de Henares.
    “La promoción de la participación ciudadana en el Estado autonómico”. Josep Mª Castella Andreu, profesor titular de Derecho Constitucional, Universidad de Barcelona.
  • 11:00 h. Debate.
  • 12:00 h. Sesión II. Mesa Redonda: Actualidad y novedades legislativas.
    “La Ley de Gobierno Abierto de Extremadura”. Mª José Rubio Cortés, Secretaria General de la Consejería de Administración Pública del Gobierno de Extremadura.
    “El anteproyecto de Ley de Participación Ciudadana de Andalucía”. José Antonio Castro Pérez, Asesor de la Dirección General de Derechos de la Ciudadanía, Participación y Voluntariado de la Junta de Andalucía.
    “El anteproyecto de Ley de Transparencia de Andalucía”. Antonio Lozano Peña, Viceconsejero de la Presidencia e Igualdad de la Junta de Andalucía.
    “El anteproyecto de Ley de Transparencia y Gobierno Abierto de Castilla y León”. Marta López de la Cuesta, Directora General de Análisis y Planificación de la Consejería de Presidencia de la Junta de Castilla y León
  • 13:45 h. Debate.
  • 16:30 h. Sesión III. Reflexiones sobre el Gobierno Abierto.
    “¿Qué es el Gobierno abierto? La filosofía de un concepto en construcción”. Manuel Villoria Mendieta, Catedrático de Ciencia Política y de la Administración, Universidad Rey Juan Carlos, Madrid.
    “Estrategias e implementación del Gobierno abierto”. Rafael Rubio Núñez, Profesor Titular de Derecho Constitucional, Universidad Complutense de Madrid.
    “Gobierno Abierto: ¿más transparencia y más democracia?”. César Calderón, Director ejecutivo de Pensamiento Público CIPP.
  • 18:00 h. Debate.
  • 18:30 h. Clausura

Una izquierda totalitaria. Sondeo El País
Sondeo

Un sondeo de urgencia de Metroscopia para el periódico El País arroja unos resultados inimaginables en una democracia. A la primera pregunta sobre si un juez debería poder interceptar las conversaciones de un preso con su abogado si considera que lo que hablan va más allá del estricto derecho a la defensa, nada menos que el 65 % de los encuestados ha respondido que sí. Aún más grave: entre los que se llena la boca de palabras como "democracia", "derechos sociales" o "cuotas paritarias", es decir los votantes del PSOE, el porcentaje es del ¡ 81 % !

Si alguien necesita que le expliquen por qué el secreto de las comunicaciones entre acusado y abogado es la piedra angular del derecho de defensa, no hace falta que siga leyendo. Los siguientes argumentos van dirigidos a los demócratas y no a fascistas cuya idea de la justicia no es otra que la que se aplica en los regímenes totalitarios.

En primer lugar, la manipulación de Metroscopia es evidente y su finalidad es obvia, a saber, proporcionar al País leña con la que mantener el fuego donde quemar al Tribunal Supremo y elevar a Garzón al rango de héroe. La pregunta, tal y como está formulada, obvia un aspecto fundamental de las actuaciones del mencionado juez.

Según auto de fecha 19 de febrero de 2009, Garzón ordenó "la observación de las comunicaciones personales que mantengan los citados internos [los acusados] con los letrados que se encuentran personados en la causa u otros que mantengan entrevistas con ellos...”. Se desprende de ello, como bien recoge la sentencia, que "la grabación y escucha de las comunicaciones iba a incluir no solo las que realizaran con los letrados ya personados en la causa, a los que, salvo al letrado ya imputado José Antonio López Rubal, no se menciona individualizadamente, sino a todos los letrados, fueran quienes fueran, que eventualmente se personaran en el futuro como defensores de los internos. Es decir, que el acusado [Garzón] sabía que, dado el tenor de su acuerdo y la ausencia de disposiciones o instrucciones complementarias al mismo, en el caso de que los internos designaran nuevos letrados, las comunicaciones que mantuvieran con ellos serían intervenidas, aun cuando al momento de firmar la resolución su identidad fuera desconocida y, por lo tanto, no se pudieran conocer y valorar los indicios que, en su caso, existieran contra los mismos."

Reformulemos ahora la pregunta: ¿Cree que un juez debería poder ordenar que se graben las conversaciones que mantienen con su abogado alguien que está en prisión, sin que exista indicio alguno de que lo hablado vaya más allá del estricto derecho de la defensa?

El resto de las cuestiones van el misma dirección y no merece la pena comentarlas. No se dejen influir por ciertos medios de comunicación, lean la sentencia y después reflexionen. Un indicio: unanimidad en el fallo.

Una reflexión final: la baja calidad de nuestra democracia no deriva tanto de un sistema de partidos corrupto como de unos ciudadanos que se comporta como súbditos. Mañana hablaremos de la reforma del mercado laboral, una prueba más de la incapacidad de la sociedad para responder a los desmanes de los políticos.

Actualización 14/02/12:

A raíz de la sentencia por la que se condena al juez Garzón se vienen produciendo diversos comentarios acerca de casos semejantes con el fin de justificar la llamada "cacería a Garzón". Uno de los ejemplos más comentados se refiere al caso de Marta del Castillo ya que el juez instructor ordenó la "intervención, grabación y escucha de las comunicaciones que M.C.D, S.B.P y F.J.D.M. mantengan en los Centros Penitenciarios en que los mismos permanecen o permanezcan recluidos, tanto telefónicas como de locutorio" con el único propósito de descubrir el paradero de la víctima.

Primer elemento: las grabaciones de las conversaciones que mantienen los presos es una práctica legal aunque, como es obvio, deben existir argumentos de peso. Nótese que, a diferencia de las instrucciones dadas por Garzón, no se ordenó de forma específica que se intervinieran las conversaciones con sus abogados.

De hecho, el abogado de uno de los imputados intentó anular el auto del juez instructor pero su solicitud fue denegada: "… no acordó expresamente la intervención u observación de las conversaciones abogado-cliente por más que fueran también grabadas como consecuencia de no haber sido excluidas y no se desconoce que no sería utilizable contra los reos el contenido de esas comunicaciones con sus Abogados excepto en lo atinente al hallazgo o localización del cuerpo de la víctima".

Segundo elemento: principio acusatorio. Dado que el juez instructor del caso Marta del Castillo no fue acusado de prevaricación, mal se puede hablar de trato discriminatorio hacia el juez Garzón.

Garzón cruzó la línea cuando ordenó grabar las conversaciones abogado-defensor:

  1. sin especificar el alcance de dichas medidas
  2. incluyendo a cualesquiera abogado que se personara en la causa, es decir, sin mediar indicio alguno de delito.

El papel de la fiscalía: a pesar de todo lo escrito en muchos medios de comunicación, se opuso de forma rotunda cuando los acusados cambiaron de abogado. En el informe emitido por el Ministerio Fiscal se puede leer: "Por ello, el Fiscal no se opone a la prórroga de las intervenciones solicitadas por la UDEF si bien con expresa exclusión de las comunicaciones mantenidas con los letrados que representan a cada uno de los imputados y, en todo caso, con rigurosa salvaguarda del derecho de defensa." A pesar de ello, Garzón ordenó la prórroga de las grabaciones. Como se recoge en la sentencia, "Por lo tanto, y el acusado [Garzón] era consciente de ello, entre las comunicaciones que se iban a intervenir a los internos en el centro penitenciario, imputados respecto de los que había acordado la prisión provisional, se encontrarían, sin excepción alguna, las que mantuvieran con los letrados designados por cada uno de ellos para su defensa, contra los cuales no constaba indicio alguno de actividad criminal.

Si después de leer y comparar los datos que a continuación muestro, todavía hay quien pueda creer en la democracia española...

Con el 92,85 % de los votos escrutados:

Votos Escaños Votos por escaño
IU-LV 1.572.213 11 142.928
UPyD 1.076.090 5 215.218
CiU 957.643 16 59.852
EAJ-PNV 329.786 5 65.957
AMAIUR 328.304 7 46.900

Y lo más grave:

AMAIUR y PNV tendrán grupo propio porque han obtenido más de un 15 % en aquellas circunscripciones en las que han presentado candidaturas.

UpyD, con el tripe de votos que los dos partidos citados, no podrá tener grupo propio porque ni alcanza los 15 escaños, ni el el 5 % nacional y tampoco el 15 % en las circunscripciones donde se ha presentado.

CiU, con el mismo número de votos que UPyD, también tendrá grupo propio porque tiene 16 escaños.

Equo con 207.654 votos, es decir más que BNG (2 escaños), CC-NC-PNC (2 escaños) y COMPROMÍS-Q (1 escaño) y solo 41.000 menos que ERC (3 escaños), no ha obtenido ningún representante.

Termino la frase inicial: solo puedo decirle que reflexione. Lo de hoy no han sido unas elecciones democráticas sino un fraude.

Enlaces: resultados electorales 2011 :: resultados convocatorias anteriores.

Por la importancia de la noticia para quienes no tenemos ninguna intención de votar al PP o al PSOE, reproduzco la noticia aparecida hoy en El Mundo:

La dirección de Unión Progreso y Democracia (UPyD) decidió ayer recurrir ante el Tribunal Supremo (TS) su exclusión del debate celebrado anoche en TVE -al que fueron invitados representantes del PSOE, PP, CiU, PNV e IU-. La portavoz del partido, Rosa Díez, aseguró a este diario desde Málaga que esta decisión es «una auténtica vergüenza» y un «abuso de poder» por parte de la televisión pública y de la Junta Electoral Central (JEC). «Ya no saben qué hacer para taparnos la boca», denunció; «la Junta Electoral ha tomado una decisión injusta a sabiendas. ¿O es que tenemos que escuchar a Bildu y no a UPyD?»

La diputada añadió que esta decisión es «una inmoralidad política, una chapuza jurídica y un atentado contra la pluralidad y contra UPyD». Y por eso estudiará, incluso, pedir responsabilidades penales.

La cadena pública, al emitir el cara a cara del lunes entre Alfredo Pérez Rubalcaba y Mariano Rajoy, estaba obligada por una sentencia del propio Supremo (en respuesta a un recurso de IU) a emitir otro debate con las demás fuerzas políticas. Y el criterio que usó para no invitar a todos los partidos con representación en el Congreso (13 en total) fue llamar a «los partidos con grupo parlamentario propio». Sin embargo, cursó invitación a un grupo formado por tres partidos (ERC-IU-ICV) y no al Mixto, en el que están seis, incluido UPyD. Seguir leyendo ...

La anunciada reforma de la Constitución para incluir en ella una limitación del déficit es papel mojado. No debe, por tanto, preocuparnos lo más mínimo. Tampoco debe quitarnos el sueño si se convoca o no un referéndum. Para sustentar tales afirmaciones basta examinar la "calidad" de nuestra democracia. Aunque son varios los pilares, mencionaré tan solo dos: separación de poderes e imperio de la Ley.

Sobre el primero baste decir que el sistema electoral elimina de golpe la separación entre ejecutivo y legislativo hasta el punto que ambos se confunden. Los diputados y senadores, cual dóciles borregos, pulsan el botón indicado por su respectivo portavoz y aquí acaba para la gran mayoría su contribución como servidores públicos. En cuanto a la justicia, aún se vislumbraban rayos de esperanza en lontananza, pero la sentencia del Tribunal Constitucional que permitió la presentación de la coalición Bildu a las elecciones dejó bien claro que era el Gobierno quien dictaba la sentencia. Solo así puede entenderse que dicho Tribunal pasara de ser competente en el amparo de los derechos fundamentales a realizar una nueva valoración de las pruebas e invadiera de esta forma el campo propio del Tribunal Supremo. Adiós definitivo a la separación de poderes.

Nos queda aún el imperio de la Ley. Los servidores públicos deberían dar ejemplo, pero resulta que no hay día en el que los medios de comunicación no informen de autenticas tropelías. Lo peor de todo es que a los políticos les sale gratis incumplir la ley, y no me refiero sólo a los casos más graves de corrupción sino al día a día en la gestión de los recursos públicos. En Zaragoza, por ejemplo, la segunda fase del tranvía se comenzó sin el pertinente permiso de Patrimonio. Se adujo que era más importante comenzar las obras que respetar la ley. Sin duda, un buen ejemplo para los ciudadanos.

¿Qué importancia tiene entonces la reforma de la Constitución? Ninguna. El gobierno de turno la acatará o incumplirá en función de sus intereses, es decir, de cómo ganar las próximas elecciones. El colmo de la inocencia es pedir una reforma integral aprovechando la ocasión ¡Pobres ilusos! ¿acaso creen que somos islandeses?

Actualización (25/08/11 - 21:02): Ni siquiera papel mojado. Los socialistas han convencido a los populares de que la "cifra concreta de déficit no figure en la Constitución sino en una posterior ley orgánica" (El País). Los futuros gobiernos ni siquiera tendrán necesidad de incumplir la Constitución pues les bastará modificar la ley orgánica, un procedimiento más sencillo y menos costoso en términos políticos.

La Dirección General de Participación Ciudadana del Gobierno de Aragón, la Fundación "María Domínguez" y la Universidad de Zaragoza, en colaboración con la Fundación Manuel Giménez Abad, dentro de su programa de actividades para el 2011, han organizado las Jornadas sobre: "Nuevas fórmulas e instrumentos de participación ".

Fechas: 24 (tarde) y 25 de febrero de 2001 (mañana y tarde).
Lugar de celebración: Aula Magna de la Facultad de Derecho, Universidad de Zaragoza.
Inscripciones: pcortes@unizar.es
Reconocimiento de 1,5 CRÉDITOS de libre elección por la Universidad de Zaragoza.

Programa: Seguir leyendo ...

34 días de estado de alarma34 días en estado de alarma, una medida excepcional, y a nadie parece importarle. ¿Hemos vuelto al siglo XVII? Molière escribía por entonces "Aquí primero cuelgan a un hombre y luego lo juzgan".

La indiferencia, casi obscena, de la sociedad civil hacia los asuntos públicos deja el paso libre a tics totalitarios. En el futuro, algún intelectual recordará las palabras de Boris Pasternak: "Así que era necesario enseñar a la gente a no pensar y no formarse opiniones, obligarla a ver lo que no existía y sostener lo contrario de lo que resultaba obvio para todos". Lástima que para entonces ya será tarde...

¡12.393.787! Ese es el número de ciudadanos que han faltado a la cita con las urnas. Algo más de la mitad del los que han votado (22.000.927) han decidido abstenerse en la elección de sus representantes municipales y ningún político parece preocuparse por ello. Entre otras funciones, las elecciones cumplen un papel legitimador, revisten al gobernante de autoridad moral para llevar a cabo sus propuestas. Sin embargo, millones de ciudadanos —repita conmigo: millones...— ponen en entredicho dicha autoridad al ausentarse de un acto tan simbólico como el de la elecciones. Aunque la participación política de los ciudadanos no acaba en las elecciones, solo éstas contribuyen a plasmar en su pleno sentido la llamada democracia representativa. Que una parte muy importante del cuerpo electoral las rechace puede deberse a múltiples razones, tal vez difíciles de diagnosticar, pero ello no es óbice para no estudiar el fenómeno abstencionista, y tomar las medidas oportunas. La técnica del avestruz no les servirá a los políticos durante mucho tiempo más: al final su poder devendrá en ilegítimo, legal pero ilegítimo.

Datos elecciones municipales: /www.elecciones.mir.es/locales2007/

Artículos de opinión en la Revista de Prensa.

Aunque dedicaré un comentario más extenso a la cuestión de la participación ciudadana en política, quiero ahora agradecer a Domingo Buesa —candidato a la alcaldía de Zaragoza por el PP— y a Orlando Suárez la invitación a participar en las mesas vanguardistas; en concreto en la digital. Consisten básicamente en grupos de trabajo formados por personas ajenas en su mayoría al Partido Popular —en la digital sólo una es militante de dicho partido— con un objetivo bien definido, a saber, aportar ideas y propuestas concretas. Lo importante de esta iniciativa no es tanto que el candidato acepte o rechace una u otra solución, sino el hecho mismo de escuchar a los ciudadanos y tomar nota de sus sugerencias. Enlazo así con el título del comentario porque, dada la convulsa situación política actual, los ciudadanos tenemos el derecho, y también la obligación, de aprovechar los escasos canales participativos que proporcionan los partidos políticos a quienes no militamos en ellos. No les importe siquiera si no coinciden los respectivos colores ideológicos: participe y contribuya a mejorar la sociedad en la que vivimos con sus ideas y propuestas. Tal vez así podamos romper la endogamia que tan a menudo practica la clase política, y dar a conocer los verdaderos problemas del ciudadano de a pie. Bienvenida sea esta y cualquier otra iniciativa encaminada a ello.

El antecedente más importante de la «división de poderes» lo encontramos en Platón. Se trata del principio de la forma “mixta” de gobierno, «destinada a conseguir la armonía mediante un equilibrio de fuerzas o una combinación de diversos principios de diferente tendencia, de tal modo que esas diversas tendencias se contrapesen recíprocamente» [1]. Posteriormente, otros autores como Marsilio de Papua, Maquiavelo, Bodino y Locke trataron esta cuestión, y finalmente Montsequieu le dio su forma definitiva. Atribuyó la libertad que disfrutaba Inglaterra a la separación de los poderes legislativo, ejecutivo y judicial y a la existencia de frenos y contrapesos entre esos poderes, estableciendo así un dogma liberal que ha perdurado con ciertos matices hasta nuestros días. Como contrapartida, los jueces dejaron de intervenir en la función legislativa y en la acción del Ejecutivo, y el poder judicial quedó reducido a la jurisdicción. En la Constitución española ambos aspectos se recogen en el artículo 117 al proclamar la independencia de los Jueces y Magistrados por un lado, y limitar sus funciones, por otro. Seguir leyendo ...