Dependencia

La reciente publicación de una resolución (2008/20452) de la Secretaría de Estado de Política Social, Familias y Atención a la Dependencia y a la Discapacidad en la que se establece el "copago" ha vuelto a poner en el candelero la Ley de Dependencia.

Con la mencionada resolución llegamos a un punto en el que ya no es posible cometer más errores: el primer artículo de la Ley se convierte en papel mojado y abre la puerta a 17 sistemas diferentes. El gobierno, en lugar de desarrollar la ley —reglamento—, ha optado por un mero acuerdo de intenciones —la resolución— lo que permitirá a cada CCAA aplicar a su gusto la Ley. El resultado es obvio: la igualdad en servicios, prestaciones, obligaciones (copago) desaparece. De hecho, ya existen diferencias importantes: según información proporcionada por Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, el derecho a la prestación económica se origina en distintos momentos. En algunas CCAA,s tal fecha se corresponde a la solicitud mientras que en otras es la correspondiente al dictamen.

Por otra parte, el Gobierno ha incumplido por segundo año consecutivo lo establecido en la Disposición final sexta, donde se establece que aquél "deberá informar a las Cortes anualmente de la ejecución de las previsiones contenidas en la presente Ley".

En tercer lugar, nos encontramos con la recurrente discusión acerca del cumplimiento por parte de las CCAA,s y creo que es hora de confeccionar un cuadro comparativo para aclarar esta cuestión de forma definitiva. Antes de presentar los datos una observación: por parte del ministerio se aduce el número total de solicitudes para justificar la "lista de espera" existente en algunas Comunidades gobernadas por el PSOE. El argumento no se sostiene por cuanto los equipos destinados a la valoración y dictamen son de nueva creación, y todas las CCAA,s partieron, por tanto, de la misma situación. Tendría sentido si el grueso de las solicitudes se hubieran realizado en el último mes pero no es así. El 1 de junio de este año se habían presentado el 84 % de aquéllas. Han tenido, por tanto, seis meses para preparar la infraestructura necesaria. No obstante, dejo el dato para que puedan valorarlo.

Más sobre la Dependencia

Documentación:

  • Datos estadísticos del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.
  • Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
  • Artículo 1 de la Ley 39/2006: «La presente Ley tiene por objeto regular las condiciones básicas que garanticen la igualdad en el ejercicio del derecho subjetivo de ciudadanía a la promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, en los términos establecidos en las leyes, mediante la creación de un Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, con la colaboración y participación de todas las administraciones Públicas y la garantía por la Administración General del Estado de un contenido mínimo común de derechos para todos los ciudadanos en cualquier parte del territorio del Estado español».
  • Resolución de 2 de diciembre de 2008 (Referencia: 2008/20452), de la Secretaría de Estado de Política Social, Familias y Atención a la Dependencia y a la Discapacidad, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, sobre determinación de la capacidad económica del beneficiario y sobre los criterios de participación de éste en las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.

El PSOE defiende a capa y espada un modelo de Estado que hace agua por los cuatro costados pero se aferran a él porque buena parte de sus posibilidades para continuar en el poder pasan por mantenerlo. Solo así se explica la deriva hacia un sistema confederal con el agravante de que solo algunas CCAA reciben los beneficios de tal sistema.

El asunto no sería tan grave si no fuera porque limita la acción del Estado en cuestiones tan básicas como las políticas sociales. Ha ocurrido, por ejemplo, con la excelente Ley de la Dependencia. Dos años después de su aprobación, 126.000 personas con discapacidad y mayores están pendientes de dictamen o valoración; los convenios con las CCAA —necesarios para su desarrollo efectivo— para el año 1.997 se firmaron el 24 de diciembre y este año aún no se han remitido cuando deberían haber entrado en vigor el 1 de enero; no se ha desarrollado el reglamento de copago; ...

«El fracaso en la aplicación de la Ley de Dependencia está evidenciando que nuestro modelo de Estado autonómico es incapaz de llevar a cabo una actuación política potente desde el Estado de común acuerdo con las comunidades autónomas cuando estas tienen competencias exclusivas en esa materia». No lo digo yo sino el diputado Campuzano i Canadés (CiU). Se puede decir más alto pero no más claro.

Hoy tenemos otro ejemplo en el mismo sentido. Otro de los proyectos estrella de Rodríguez Zapatero, la Unidad Militar de Emergencia, ha sido hundido por el Gobierno vasco y el Tribunal Supremo. Al margen de que se tratara de un capricho personal del presidente del Gobierno, la resolución del TS demuestra que el Estado se encuentra atado de pies y manos para impulsar políticas de alcance nacional.

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Actualización (23/11/08):

Según informa El País, la vicepresidenta primera, María Teresa Fernández de la Vega, ha asegurado que el Gobierno subsanará "con la mayor rapidez posible" el "defecto de forma" que ha llevado al Tribunal Supremo a anular el protocolo de actuación de la Unidad Militar de Emergencia (UME).

Curioso el caso: ahora saltarse la ley por puro capricho del nene es solo un "defecto de forma". No puedo creer que los servicios jurídicos no alertaran sobre la exigencia legal para la aprobación del protocolo de actuación de la UME de los informes de la Comisión Nacional de Protección Civil y del Consejo de Estado.