Internet

Miembros del 369 Regimiento de Infantería, probablemente durante su despliegue en Francia durante la Primera Guerra Mundial, 1918
Miembros del 369 Regimiento de Infantería, probablemente durante su despliegue en Francia durante la Primera Guerra Mundial, 1918

La New York Public Library comenzó el año pasado a publicar en Internet miles de imágenes de documentos, fotografiarías, cuadros, etc... y lo mejor de todo es que muchas de ellas son de dominio público (Siglos XI al XX).

Contamos con dos herramientas para la búsqueda: Search Digital Collections (al hacer clic en el cuadro de búsqueda podremos marcar "Search only public domain materials") y Visual search tool (una búsqueda visual bastante original).

Estafar a los estafadoresTodos nosotros hemos recibido correos electrónicos en los que se nos pide una contraseña, un número de cuenta, actualizar nuestros datos personales,.... ¡peligro! Son los llamados scammers (estafadores). La mayoría de los clientes de correo detectan esos intentos como fraudulentos y los envían a la carpeta de spam (correo basura). No obstante, se han perfeccionado tanto que algunos superan todas las barreras y se cuelan hasta nosotros.

Hasta ahora, la única opción para el usuario era borrar el correo y olvidarse. No cabe denuncia; tampoco podemos decirles cuatro palabras; nada de nada... hasta ahora. La organización Netsafe, que vela por la seguridad en la Red, acaba de lanzar Re:Scam, una aplicación gratuita que se encarga de contraatacar e intentar volver loco al estafador. El funcionamiento es muy sencillo: basta reenviar el correo sospechoso a me@rescam.org. Comprobado que se trata de un intento de estafa, Re:Scam activa su bot y éste lanza el ataque que consiste básicamente en hacerle creer al atacante que hemos caído en sus redes. Mediante la inteligencia artificial, la máquina intentará desquiciar al estafador (una persona de carne y hueso) y hacerle perder el máximo tiempo posible. El usuario no tendrá conocimiento del cruce de correos pero al menos habrá puesto su grano de arena contra la estafa en Internet.

Repasando las últimas noticias me encuentro con una sorpresa mayúscula: Megaupload ha sido cerrado por el FBI y varios de sus directivos arrestados. La denuncia fue interpuesta en Eastern District of Virginia y el hecho de que algunos servidores de la mencionada empresa estén en Ashburn (Virginia) ha dado cobertura legal a la intervención del FBI.

Se les acusa de violar los derechos de propiedad intelectual. No hay duda de que Megaupload es el más popular entre los sitios de intercambio de archivos (música, películas, etc) pero no es menos cierto que ha sido muy alabado por el sector audiovisual por la rapidez con la que atendía a sus demandas ya que borraba los contenidos en cuanto tenía conocimiento de alguna infracción.

Por otra parte, Megaupload almacena también millones de GB en documentos que nada tienen que ver con el motivo del cierre. De hecho, se usa para guardar documentos personales o para que algún amigo pueda descargarse contenidos legales que "pesan" demasiado como para mandarlos por correo.

La medida adoptada es a todas luces desproporcionada y afecta a cientos de millones que personas que no han cometido delito alguno y que ahora comprueban atónitos que no pueden acceder a sus documentos.

Un sitio en Internet ha sido cerrado y no ha sido necesario un juicio. Esta es la pavorosa realidad. La cuenta atrás para Internet ha llegado a Occidente.

Nota en relación a la Ley Sinde: la primera medida a tomar en cuanto se ponga en marcha no puede ser otra sino denunciar a todos los buscadores, incluyendo a Google. Todos ellos enlazan contenidos protegidos por las leyes de propiedad intelectual y obtienen pingües beneficios por ello. ¿No es eso lo que persigue la mencionada Ley?

El pasado 15 de febrero, la llamada "Ley Sinde" fue aprobada en el Congreso. Así votaron y así lo justificaron:

Uxue Barkos Berruezos (Nafarroa Bai): en contra.

Rosa María Díez González (Unión Progreso y Democracia): nuestro voto es negativo, primero, porque criminaliza un comportamiento ampliamente extendido en Internet, que es el intercambio de archivos, a pesar de que los jueces han reiterado que su uso sin ánimo de lucro no constituye un delito. Segundo, porque hurta a los jueces la potestad para el cierre de las páginas web. Tercero, porque atenta contra la neutralidad de la red. Cuarto, porque censura la tecnología, en lugar de promoverla. Quinto, porque se considera ineficaz para resolver el problema por el que ha sido promulgada: la retribución de los autores por el disfrute de sus obras en Internet. Bueno, que les ha servido de disculpa para perseguir actos que no son delictivos, en vez de promover, como dije, las tecnologías en la red. Y, por último, porque denota presiones de gobiernos extranjeros para la defensa de sus propios intereses.

Ana María Oramas González-Moro (Coalición Canaria): en contra.

Francisco Xesús Jorquera Caselas  (Bloque Nacionalista Gallego): Asimismo, manifestamos nuestra discrepancia con la disposición final cuadragésimo cuarta, conocida como ley Sinde. Quiero enfatizar que el BNG está decididamente a favor de una protección más efectiva de la propiedad intelectual. La industria cultural gallega se sustenta en un tejido de pequeñas y medianas empresas, especialmente vulnerables a la piratería y a la conculcación de los derechos de autor, pero discrepamos de la forma elegida, y en democracia, señorías, las formas son muy importantes. En vez de abordarse una reforma serena de la Ley de Propiedad Intelectual, precedida de un proceso de diálogo entre los distintos grupos parlamentarios y agentes implicados, se ha optado por una reforma exprés en el marco de una ley con otro objeto, cuyo resultado no ha contentado a nadie. Por mucho que se hayan introducido mejoras en el Senado, no se reúnen aún las garantías jurídicas necesarias cuando hay derechos fundamentales que pueden verse afectados y consideramos anómalo que se cree un órgano administrativo para dirimir conflictos entre particulares atribuyéndole además funciones impropias de un órgano de estas características, por mucho que se haya reforzado la tutela judicial. Por estas razones también votaremos en contra de esta enmienda.

Esquerra Republicana-Izquierda Unida-Iniciativa per Catalunya Verds

  • María Nuria Buenaventura Puig: Somos conscientes de la necesidad de defender el libre acceso a la cultura, así como los derechos de autor. Entendemos las potencialidades y dificultades del nuevo escenario que han ido creando las tecnologías de la información, pero reivindicamos el diálogo, la serenidad y el consenso para encontrar las mejores soluciones y exigimos al Gobierno una actitud ecuánime y rigurosa al abordarlas. No ha sido así en lo que hoy se nos plantea. Por todo esto, votaremos en contra.
  • Joan Tardà i Coma: Señorías, vamos a votar en contra de la ley Sinde. Como decía el presidente de la Academia de Cine, Internet es el presente, no el futuro, pero la ley Sinde es el pasado. No han querido encontrar un encaje entre Internet, negocio y propiedad intelectual; han optado por la represión. Es verdad que hay un avance entre la filosofía Corcuera de patada a las web y el redactado final que incorpora una cierta mejora en cuanto a la mayor tutela judicial, pero no nos engañamos, la ley Sinde responde exclusivamente a los intereses de los lobbies americanos y de las operadoras, las cuales seguirán ingresando grandes fortunas a costa del ciudadano que paga muy caro el uso de Internet. El Grupo Parlamentario Socialista, Convergència i Unió y el Grupo Parlamentario Popular han representado un sainete y han desaprovechado una oportunidad para encarar de una vez por todas el problema de cómo adecuar el mismo concepto de propiedad intelectual y de derecho de autor a la era de la digitalización. De hecho, ustedes saben que la subcomisión en el año 2009 ya concluyó que era básico afrontar la modificación integral de la Ley de Propiedad Intelectual. No lo han querido hacer y hoy queda en el aire todo lo que tiene que ver con las operadoras, el límite del dominio público, la transparencia y la gestión de las entidades de gestión, el copyleft, las obras huérfanas y un largo etcétera de problemas por resolver y que no tienen solución. Ustedes han introducido un escenario en el que, como en el juego entre el gato y el ratón, creen que se pueden poner puertas al campo, a la digitalización, y esto no se va a resolver.

Sánchez i Llibre (Convergència i Unió): Nos parece muy positiva también la enmienda transaccional presentada por el Grupo Parlamentario Socialista y el Grupo Parlamentario Popular, suscrita también por nuestro grupo parlamentario, relativa al cierre de las páginas web que vulneren los derechos de propiedad intelectual, ya que creemos que mejora sustancialmente el modelo inicial según las siguientes consideraciones. Primero, porque entendemos que estas nuevas enmiendas aseguran mayores garantías jurisdiccionales en el procedimiento de la sección segunda de la comisión de la propiedad intelectual, al establecer la necesaria intervención y autorización judicial en dos momentos, el inicial, para identificar al responsable del servicio de la sociedad de la información que esté realizando la conducta presuntamente vulneradora de los derechos de la propiedad intelectual; y en un segundo momento, señorías, cuando se tenga que ejecutar el cierre de la página web en cuestión. Este cierre, señorías, no se podrá llevar a cabo por la comisión de la propiedad intelectual sin la previa autorización judicial, que valorará la posible afectación de los derechos y libertades garantizados en la Constitución, y este es para nosotros un hecho relevante. En segundo lugar, es importante destacar que no va en contra de los usuarios. Repito, este acuerdo no va en contra de los usuarios, como sucede, señorías, en otros países de nuestro entorno, sino que únicamente se aplicarán medidas contra el prestador del servicio de la sociedad de la información que esté lucrándose o produciendo un daño patrimonial por esa vulneración de derechos de la propiedad intelectual. Por tanto, queda aquí también reflejada nuestra postura y cuál va a ser la posición de nuestro grupo parlamentario votando favorablemente...

Nadal Belda (Partido Popular): a favor (ni una sola mención a la "Ley Sinde").

Gastón Menal (PSOE): a favor (ni una sola mención a la "Ley Sinde").

********************

Escribía en el título "punto y seguido" porque la guerra no ha acabado. La primera batalla ha finalizado pero aún quedas dos más: la redacción del reglamento y la respuesta de los jueces.

Respecto a la primera no cabe duda de que la industria audiovisual saldrá de nuevo ganadora. Ya se encargará de ello González-Sinde, que por algo la auparon al ministerio de Cultura. De hecho, estoy seguro de que ese reglamento ya está redactado y solo esperan a que se modifique la Ley Orgánica del Poder Judicial (paso necesario para que funcione el tinglado) para presentarlo en sociedad.

Los jueces tendrán la última palabra. Dado que no podrán valorar si se vulneran o no los derechos de propiedad intelectual (recuerden que no entran en el fondo del asunto y no cierran el sitio), bastaría con que un juez planteara una cuestión de constitucionalidad para detener todos los procesos de la misma naturaleza.

La solución final ya está de camino: el PP y el PSOE han pactado que el cierre de un sitio en Internet lo decidirán cinco personas: el Subsecretario del Ministerio de Cultura o persona en la que éste delegue, un vocal del Ministerio de Cultura, un vocal del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, un vocal del Ministerio de Economía y Hacienda y un vocal del Ministerio de la Presidencia. Los jueces no decidirán sobre el cierre de los mismos, es decir, que no entrarán a valorar si el sitio en cuestión vulnera la ley en relación a la propiedad intelectual.

La única garantía judicial, tan en boca de unos y otros, es la que ofrece la Justicia. Sólo a ella le debería competer el cierre de un sitio en Internet. Pero no, aquí, en este país, los tics franquistas afloran en cuanto se les lleva la contraria.

Pero aún queda lo mejor: esos cinco sujetos investidos de poder por el mismísimo Dios podrán  interrumpir la prestación de un servicio de la sociedad de la información que vulnere derechos de propiedad intelectual o retirar los contenidos que vulneren los citados derechos siempre que el prestador, directa o indirectamente, actúe con ánimo de lucro o haya causado o sea susceptible de causar un daño patrimonial.

En esta frase se esconde la hipocresía de quienes, para defender un derecho (propiedad intelectual), se erigen en juez y parte. Señores del PP y PSOE: el ánimo de lucro ya está contemplado en el Código Penal (art. 270): "Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de 12 a 24 meses quien, con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, distribuya o comunique públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, o su transformación, interpretación o ejecución artística fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada a través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios."

¿Por qué entonces es necesaria una comisión para juzgar un hecho ya contemplado en el Código Penal? Porque así podrán cerrar cualquier sitio por el mero hecho de enlazar a contenidos audiovisuales que vulneren derechos de propiedad intelectual. Esta es la batalla: enlazar no debe ni puede ser delito. Eso, señores míos, es censura.

Lean, lean: pacto del PP y PSOE sobre la Ley Sinde.

Me olvidaba: con la ley en la mano, deberíamos cerrar todos los buscadores y, pensándolo bien, voy a ponerme en contacto con la Asociación de Internautas para promover una denuncia contra aquéllos. Tal vez así se den cuenta (los políticos) de hasta dónde llega su estulticia.

Hace unos años recogí de La Vanguardia un artículo en el que aparecía el nombre y apellidos de un abogado que, al parecer, estaba metido en asuntos turbios. De hecho, había sido condenado en primera instancia —no recuerdo el motivo exacto— aunque la sentencia no era firme por aquél entonces. Al cabo de cierto tiempo recibí una llamada de un familiar cercano de dicho abogado y me pidió que borrara el artículo. Según me informó, y yo mismo pude constatar, el artículo de marras alojado en mi sitio aparecía en primer lugar al teclear los apellidos del susodicho en Google.

Mi primera reacción fue la de rechazar su propuesta. Yo no era el autor del artículo y éste había sido publicado en La Vanguardia, y entendía que debía dirigir su reclamación a dicho periódico. Si aquí accedían, no tendría ningún reparo en hacer lo mismo. Días más tarde, otro familiar, más cercano que el primero, volvió a pedirme lo mismo, es decir, que borrara el artículo. Le prometí meditar sobre ello y al cabo de poco decidí sustituir el nombre y apellidos por las iniciales.

Las razones fueron:

  • El abogado no era un personaje público y su pecado tampoco fue noticia de primera plana.
  • No se alteraba en modo alguno el fondo del artículo.

Por supuesto, nunca se me pasó por la cabeza pedirle que se dirigiera a Google o a otros buscadores pues éstos no son sino los mensajeros.

¿Por qué les cuento esta historia? Porque hoy he leído en El Mundo una noticia relacionada con el "derecho al olvido" y el "derecho a enlazar". La historia es la siguiente: una mujer presenta ante la Agencia Española de Protección de Datos una reclamación contra Google Spain, S.L. por no haber sido debidamente atendida su derecho de cancelación. El "delito" de Google no fue otro que el de indexar dos Diarios Oficiales de la Generalitat de Valencia donde aparecían datos personales de la reclamante.

¿Imaginan ustedes la resolución? Pues sí, la peor de las imaginables, es decir, condenar el mero hecho de indexar y enlazar. Aquí tienen la resolución. Lo peligroso es el precedente: hoy se prohíbe enlazar a documentos oficiales que contengan datos personales, mañana....

Eso sí, ustedes no dejen de votar en las próximas elecciones. Tal vez consigan que cambie el collar pero el perro seguirá siendo el mismo. Lean, por ejemplo, la postura del PP respecto a la Ley Sinde.

Actualización, 19/01/11: vista en la Audiencia Nacional. El Estado, a través de su abogado, alega que el buscador tiene responsabilidad. La censura a un paso de volver a ser un hecho en España.

Por qué descargo películasHasta la llegada de las televisiones con soporte para reproducir contenidos en alta definición nunca me había planteado la posibilidad de descargar una película. Mientras tanto, me conformaba con disponer de Canal Plus que me permitía no solo ver películas y documentales sino también su grabación y conservación en cintas de vídeo. Pero un día decidí que era hora de saltar a la alta definición y pregunté por el iPlus, aparato que permitía visionar los canales HD. Mi sorpresa fue mayúscula cuando pregunté si se podían extraer contenidos del disco duro que incorporaba dicho aparato, pues la respuesta fue que no, que el puerto USB estaba inhabilitado. Al parecer, los responsables de Canal Plus no entendían que pretendiera guardar documentales o películas e incluso me llegaron a decir "¡Ah! ¡usted quiere piratear!". No solo me negaban el derecho a la copia privada sino que además me insultaban. Como ya imaginarán, la decisión fue darme de baja.

El siguiente paso fue buscar una sistema legal que me permitiera ver una película en streaming o descargar una copia digital. Pues bien, tal posibilidad no existe en España. Rebuscando en la Red me encuentro con que el problema no radica en la falta de iniciativas sino en la obcecación por parte de los lobbies en impedir modelos de negocio de ese tipo.

Acto final: la solución pasó finalmente por comprar un reproductor multimedia, instalar JDownloader y proceder a descargar películas y documentales desde sitios como vagos o todohdtv.

Apéndice: lo vergonzoso no es descargar sino intentar vender un producto en un soporte físico que nadie quiere a precios escandalosos y pretender que todos pasemos por el aro.

Resolver el problema no pasa por el cierre administrativo de sitios en Internet sino por la aplicación rigurosa del Código Penal y el cierre judicial cuando se demuestre el ánimo de lucro.

********************

Actualización (30/12/10; 12:00): Parece que la estupidez no entiende de fronteras. Resulta que las ventas de revistas digitales para el iPad se han desplomado en EEUU. Y no me extraña: el precio de un solo número es de 4 dólares; la suscripción anual (12 números) de la revista impresa cuesta 10 dólares. ¿Se creerán que los consumidores somos tontos? Al parecer, así es.

File-Sharing and CopyrightSi las mentiras dañan cualquier tipo de negociación, aún más las medias verdades. Desde el Gobierno, por ejemplo, se ha llegado a decir que si la regulación sobre las descargas no salía adelante, "desaparecería la mitad de la cultura". Afirmaciones como ésa caben en boca de las empresas audiovisuales, capaces de recurrir a todo con el fin de no perder un negocio obsoleto, pero en un responsable político es, cuando menos, vergonzoso.

Podemos encontrar en la Red numerosos estudios sobre la influencia de las descargas en la venta y producción audiovisual, pero la mayoría de ellos están "fabricados" por alguna de las partes interesadas en la cuestión. Por ello he dedicado tiempo a buscar alguno al que pudiéramos aplicarle la etiqueta "independiente", y creo que lo he encontrado: File-Sharing and Copyright, una investigación realizada por Felix Oberholzer-Gee (Harvard Business School) y Koleman Strumpf (University of Kansas School of Business).

********************

Nota: el Gobierno ha decidido digitalizar los catálogos de las exposiciones realizadas en todos los museos públicos y ponerlos a disposición de todos los internautas de forma gratuita.

No hay nada como el humor para contestar a quienes, como Bardem,  creen que todo vale en democracia. El fin no justifica los medios.

Vídeo-respuesta al artículo de Bardem

¡No al cierre administrativo de sitios en Internet!

No estamos en contra de la regulación de la propiedad intelectual, pero en un Estado de Derecho no cabe la censura. En lugar de reformar la ley han decidido cambiar el procedimiento de forma que sea una comisión —juez y parte— la que ordene el cierre de un sitio en Internet porque la Justicia, una y otra vez, ha dictado que enlazar no es un delito. Que nadie se lleve a engaño: las leyes, una vez aprobadas, perduran el tiempo y nada nos dice que pasado mañana un "Berlusconi" utilice dicho procedimiento para algo más que cerrar páginas de enlaces.

Fuente: J.R. Mora
Fuente: J.R. Mora

Desde el Gobierno se insiste en que será la Justicia quien determine si finalmente se cierra un sitio en Internet. Pues bien, eso es rotundamente falso. Patadas al Estado de Derecho:

  1. Primera patada: la Comisión será juez y parte. Las discográficas, distribuidoras de cine etc, a través de las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual, estarán sentadas en dicha Comisión. Eso significa que juzgarán los mismos que denuncian.
  2. Segunda patada: alega el Gobierno que hay garantías porque se podrá recurrir. Falso: la jurisdicción Contencioso - Administrativa solo valorará si se han vulnerado los derechos fundamentales. En ningún caso entrará a considerar si el cierre es pertinente. O dicho de otro modo: el juez no cerrará sitios en Internet y tampoco el cierre en sí mismo podrá ser recurrido ante la Justicia.
    Corrijo: el cierre administrativo podrá ser recurrido ante los tribunales pero DESPUÉS de que ya haya sido clausurado el sitio. En todo caso, no hay alteración de lo fundamental: no serán los jueces sino una comisión la que ordene el cierre.
  3. Tercera patada: estamos ante un cierre administrativo de una actividad que, a diferencia de una farmacia, no necesita licencia para operar.
  4. Apéndice: según el Gobierno solo se cerrarán sitios con ánimo de lucro. Falso: la ley establece que se cerrarán sitios con ánimo de lucro, directo o indirecto, o que haya causado o sea susceptible de causar un daño patrimonial. Un sitio SIN ÁNIMO DE LUCRO que enlace a contenidos audiovisuales podrá ser cerrada sin ningún problema. Recuerdo que esta actividad, la de enlazar, no ha sido considerada ilegal por la Justicia.

En resumen: como al Ministerio de Cultura y a la industria audiovisual no le gustan las sentencias de la Justicia —todas ellas en su contra—, se inventan una Comisión para poder cerrar sitios en Internet. Pura y dura censura.

Actualización, 21/12/10 (22:25 h): 18 a favor, 20 en contra y 1 abstención. Las Ley Sinde rechazada.