País Vasco

La insistencia de determinados medios de comunicación, en especial de El País, en destacar como fundamental el índice de participación en las elecciones gallegas no deja de ser sorprendente. Un somero repaso a las últimas cuatro convocatorias (1993, 1997, 2001 y 2005) deja en evidencia dicho argumento. En todas ellas se superó la barrera del 60 % y en tres obtuvo el PP la mayoría absoluta. De hecho, en 1993 y 2005 la participación fue prácticamente idéntica, y el PP obtuvo en la primera 11 escaños de ventaja sobre el bipartito (PSOE-BNG) y en la segunda perdió el gobierno.

Actualización (22:15): con el 91,81 % de los votos escrutados, el PP obtendría la mayoría absoluta. ¿Saben cuál ha sido la participación? Nada menos que el 70,35 %, 6 puntos más que en 2005.

En cuanto al País Vasco, los datos son también concluyentes: la abstención no es factor decisivo. El PNV ha sido capaz de formar gobierno con índices de participación que van del 59,69 (1994) al 78,97 % (2001).

Actualización (22:12): el sitio del gobierno vasco donde teóricamente deberíamos poder ver el avance del escrutinio no funciona.

Dejemos una cuestión clara: ningún estudio sobre la abstención es fiable. Al final, lo que cuenta es el número de papeletas válidas en las urnas. Ellas son las que quitan y ponen gobiernos.

Un último apunte: no comprendo por qué, por ejemplo, se ponen tantas trabas a la publicación de encuestas y se permiten artículos como los de El País (Galicia, País Vasco) el mismo día de las elecciones en el sentido de que la abstención pueda favorecer a uno u a otro. Hoy, jornada electoral, los medios no deberían "opinar" sino limitarse a informar. Otros, como El Mundo (Galicia, País Vasco), se anduvieron con menos remilgos y proclamaron sus preferencias hace varios días.

La controversia sobre la coexistencia en España de diversas lenguas parte, a priori, de una dificultad nada desdeñable. Castellanos, aragoneses y, en general, aquellos colectivos carentes de una segunda lengua natural, plantean normalmente la problemática en términos instrumentales o funcionales. Para los nacionalistas, sin embargo, la lengua - no en su dimensión instrumental, sino en su significado simbólico - se presenta como uno de los atributos de la identidad nacional y, por lo tanto, su análisis se enmarca en una dimensión totalmente distinta. A lo que debemos añadir los distintos papeles que la lengua juega en cada uno de los nacionalismos españoles.

Para el nacionalismo vasco, por ejemplo, el hecho lingüístico es fundamental: es por su lengua como un vasco se define a sí mismo autodesignándose euskaldún, cuyo término significa "que posee" (-dun -n) el "euskera" o lengua vasca (euskal-); de la misma suerte que Euskalerría, "País Vasco", se descompone en euskal + herri, "país", es decir "país de la lengua vasca". Pero a diferencia de Cataluña donde el individuo - sea cual fuere su procedencia - se socializa mediante el aprendizaje del idioma, en el País Vasco se da más importancia a la lengua como elemento diferenciador y excluyente. He aquí una forma, sin desperdicio alguno, de expresar comparativamente con Cataluña la inextricable estructura de lengua y raza que constituye la nación vasca; su autor es Sabino de Arana:

"La política catalana, por ejemplo, consiste en atraer a sí a los demás españoles; la bizcaína, vgr., en rechazar de sí a los españoles como extranjeros. En Cataluña a todo elemento procedente del resto de España lo catalanizan, y les place a sus naturales que hasta los municipales aragoneses y castellanos de Barcelona hablen catalán. Aquí padecemos mucho cuando vemos la firma de un Pérez al pie de unos versos euskéricos, oímos hablar nuestra lengua a un cochero riojano, a un liencero pasiego o a un gitano, a al leer la lista de marineros náufragos de Bizcaya tropezamos con un apellido maketo. Los catalanes quisieran que no sólo ellos, sino también todos los demás españoles establecidos en su región hablasen catalán; para nosotros sería la ruina el que los maketos residentes en nuestro territorio hablases euskera. ¿Por qué? Porque la pureza de raza es, como la lengua, uno de los fundamentos del lema bizcaíno, y mientras la lengua, siempre que haya una buena gramática y un buen diccionario, puede restaurarse aunque nadie la hable, la raza, en cambio, no puede resucitarse una vez perdida" (Bizkaitarra, II, número 16, 31 de octubre de 1894).

Tampoco encontramos en Cataluña, Valencia o Galicia la mitificación y reificación de la lengua como en el caso vasco. Así, Larramendi, resumiendo todos los argumentos míticos sobre el euskera, dirá en 1728, con toda seriedad, que es una lengua divina, angelical: “Si los theólogos y otros supíerades el bascuenze, concluiríades al instante que el bascuenze es la locución angélica, y que para hablar a los ángeles en su lengua es necesario hablarles en bascuenze”. También dirá que es la lengua mas perfecta; que por ser divina, es una de las lenguas matrices de la humanidad. Y finalmente, que es una lengua pura e intacta a través de los siglos: “[…] el bascuenze inaccesible a la novedad y alteración, y libre de impresiones bastardas, ha conservado tan intacta su antigua pureza y hermosura, que si el primer poblador de España, sea tubal o sea tarsis, oyera hoy hablar a los guipuzcoanos, los entendería sin diccionario y sin intérprete, a menos que hubiese olvidado su propia lengua”. [Manuel de Larramendi (1690-1766), El Imposible Vencido, Arte de la lengua Bascongada (Salamanca, 1729), citado por A. TOVAR, Mitología e ideología sobre la lengua vasca (Madrid, Alianza, 1980), pág. 71-72 y 87].

El mismo razonamiento podemos encontrarlo hoy en los “Antecedentes Históricos” en versión del PNV: “Las características que distinguen a los vascos comenzaron a desarrollarse en el mismo lugar que actualmente habitan, las vertientes norte y sur de los Pirineos occidentales. Fue un resultado de la adaptación del hombre de Cro-Magnon en esta zona a los grandes cambios ambientales que se produjeron tras el final de la última glaciación, hace aproximadamente diez mil años. El Pueblo Vasco, conformado como tal desde entonces, con su propia cultura e idioma, el euskera, posiblemente el más antiguo de Europa, ha logrado sobrevivir manteniendo su propia identidad. Viendo a lo largo de milenios aparecer y desaparecer otras culturas, reinos e imperios que la pusieron en peligro. Celtas, iberos, romanos, bárbaros, árabes, fueron escribiendo sus líneas en las páginas de una historia que raramente se ocupaba de los "persistentes" vascos”.

La lengua catalana, sin embargo, reorientó su poder significante en la identidad de otra manera. Históricamente no fue el elemento-que-da-el ser, sino uno de los rasgos centrales del mismo. Por esta razón no suponía un obstáculo insalvable para los inmigrantes, sino que representaba la definición de un espacio lingüístico donde tenían cabida todos los que lograban asumir el catalán como instrumento de comunicación. Todo ello sin menoscabo de su importancia: “La lengua es el pueblo […] el pensamiento de una nación es lo que la caracteriza y retrata […] De entre todos los vínculos sociales, aparte de la religión, la lengua es el que enlaza más estrechamente.” (Tomás i Bages, Joseph: La tradició catalana, Barcelona, Edicions 62, 1982; primera edición de 1924). Pero esta tendencia integradora ha sufrido en los últimos años un cambio notable para transformarse también en un elemento separador justificado históricamente por la imposición castellana de un idioma "ajeno" a Cataluña. De nuevo, el papel de víctima tan querido por los nacionalistas a los que no les importa tergiversar la historia en beneficio propio.

En definitiva, los nacionalistas miden la lengua no tanto por su contenido instrumental, sino por la capacidad simbólica de representar las aspiraciones colectivas, es decir, la identidad nacional. Y en esta diferenciación en torno a las dimensiones del lenguaje, es donde se hunden las raíces del problema lingüístico español. Difícil solución por cuanto afecta a la vida cotidiana de muchas personas que no saben, o no quieren adoptar una segunda lengua como la catalana o la vasca que, entre otros argumentos, les resulta extraña y poco útil o simplemente no sienten el nacionalismo lingüístico. Si a ello le añadimos el uso de denuncias, controles lingüisticossubterfugios legalesla última sentencia conocida abunda en ello— para imponer el idioma catalán, el resultado es el menosprecio más absoluto a la libertad individual y a los derechos civiles. Una prueba más de las "bondades" nacionalistas.

  • Urquijo, M.: La memoria negada: la encrucijada de la vía institucional en el caso del Gobierno Vasco y las víctimas del franquismo. El artículo se inicia con una reflexión sobre la doble negación de la memoria del antifranquismo y las limitaciones de las actuaciones de compensación a las víctimas del franquismo realizadas por los poderes públicos. A continuación se centra en el análisis de la falta de una política de memoria en el País Vasco y la manifiesta incapacidad demostrada por el Gobierno Vasco en la política de compensaciones.
  • Matilde Eiroa San Francisco, M.: Represión, restricción, manipulación: estrategias para la ordenación de la sociedad y del Estado. La política de exterminio y el objetivo que persiguió se sustentaban en la firme intención de los militares sublevados el 18 de julio de 1936 de acabar con los disidentes de la ideología ultra conservadora que pretendían imponer, disidentes que hacían peligrar sus privilegios y sus haciendas. En estas páginas trataremos de demostrar que Franco y los grupos que apoyaron al Régimen, diseñaron un conjunto de acciones encadenadas en el tiempo y en la temática que, analizadas en su totalidad, conforman una gran estrategia de dominación que rigió la sociedad y el Estado.
Hispania Nova: revista de Historia Contemporánea

No acabo de entender la necesidad de este nuevo auto ya que en 2003, el Tribunal Supremo dictó un auto por el que se ilegalizaba los partidos políticos Herri Batasuna, Euskal Herritarrok y Batasuna, y les ordenaba el cese de todas sus actividades.

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El Juzgado Central de Instrucción nº 5 (Madrid) dictó ayer un auto en relación al sumario 35/02 M (Integración en organización terrorista) por el que se acuerda lo siguiente:

  1. SUSPENDER por un período máximo de otros DOS AÑOS, a partir de la fecha de esta resolución todas las actividades orgánicas, públicas, privadas e institucionales en todos y cada uno de los ámbitos y organismos públicos, fundaciones, asociaciones, sociedades y organismos similares de HERRI BATASUNA - EUSKAL HERRITARROK -BATASUNA, aún cuando carezca de personalidad jurídica, razón por la cual no se extiende a otros ámbitos como en el auto de suspensión de fecha 26 de agosto de 2.002, con éste u otro nombre que puediera adoptar. Así, y sin perjuicio de lo que posteriormente se expondra sobre el alcance de la suspensión, se prohíbe la celebración del Congreso de Batasuna proyectado en el Bilbao Exhibition Center de Baracaldo (Vizcaya) para el próximo día 21 de enero de 2.006, e independientemente de donde pueda celebrarse.
  2. Respecto de las actividades que se suspenden a la formación HB-EH-BATASUNA y cualquier sucedáneo que intente sustituirla o que ya lo haya hecho, debiendo hacerse constar así en el procedimiento, la medida fijada en el número 1 de esta parte dispositiva, se concreta en los siguientes puntos:
    a) Suspensión de la capacidad de participar como partido, organización o grupo en cualquier actividad o ámbito nacional o internacional, público o privado o institucional, ello independientemente de su ilegalización al amparo de la Ley de Partidos Políticos, ya que en este contexto siempre pudiera colegirse un fraude de ley.
    b) Suspensión de la capacidad de convocar manifestaciones, concentraciones, caravanas o cualquier acto público o de asistir a los mismos. A tal efecto comuníquese a la Consejería del Interior del Gobierno Vasco, y Comandancia de la Guardia Civil de Navarra y Jefatura Superior de Policía de Pamplona (Navarra) con el fin de que adopte todas las medidas legales necesarias para hacer efectiva esta medida que es ejecutiva desde el día de la fecha.
    c) Suspensión de la capacidad para efectuar cualquier tipo de actividades propangandísticas, instalación de signos, utilización de espacios, elementos identificativos al grupo o partido cuya actividad se suspende. A tal efecto se hace, con el mismo alcance la comunicación de letra b) a la Consejería de Interior de Gobierno Vasco, y a la Comandancia de la Guardia Civil y Jefatura Superior de Policía de Navarra.
  3. ACORDAR, por un período máximo de otros DOS AÑOS, a partir de la fecha de ésta resolución, la clausura de las sedes siguientes y que deben imputarse a HB/EH/BATASUNA, aún cuando al día de la fecha adolezca de personalidad jurídica:
    · San Sebastián, calle Portuetxe nº 39, piso 2º, oficina 2.
    · Bilbao, calle Pedro Egaña nº 17, piso 4º, departamento 4.
    · Pamplona, calle Marcelo Celayeta nº 35, bajo.
    requiriéndose a la Consejería de Interior del Gobierno Vasco para que, por quien corresponda, se den las ordenes oportunas a la Ertzaintza para que garantice la integridad de la medida, y a la Dirección de la Guardia Civil respecto de Navarra, y prevengan cualquier alteración de la paz pública.
  4. En cuanto a los locales, establecimientos, sedes y centros que no se citan, pero que existan, se concreta la medida expuesta en los siguientes extremos:
    a) Requerir al Servicio de Información de la Guardia Civil, a la Unidad Central de Inteligencia de la Comisaría General de Información de la Policía Nacional y a la Policía Autonoma Vasca (Ertzaintza), para que identifiquen las sedes, locales, centros o cualesquiera otros inmuebles o sitios de los que se aproveche directa o indirectamente, la formación cuya actividad se suspende cautelarmente, y de los que naturalmente no puede ser titular al adolecer actualmente de personalidad jurídica de conformidad a la Sentencia de fecha 27 de marzo de 2.003, dictada por la Sala art. 61 LOPJ T.S.
    b) Precintar los locales, sedes, establecimientos o sitios, que use HB-EH-BATASUNA, con éste u otro nombre, requiriéndose a la Consejería de Interior del Gobierno Vasco para que, por quien corresponda, se den las ordenes oportunas a la Ertzaintza para que garantice la integridad de la medida, y a la Dirección General de la Guardia Civil respecto de Navarra, y prvengan cualquier alteración de la paz pública.
    c) Comunicar al representante procesal en la causa de la formación cuyas actividades se suspenden, adoleciendo de personalidad jurídica no poder realizarse en su representante legal, la advertencia de que el quebranto de la clausura y precintos, será responsabilidad de los respectivos responsables de las sedes, parándoles, en su caso, los perjuicios a que hubiere lugar en derecho.
  5. Cancelar las páginas Web u otros servicios que pudieran tener contratados HB-EH-BATASUNA en INTERNET. A tal efecto comuníquese al Servicio de Información de la Guardia Civil y a la UCI para su investigación y descubrimiento.
  6. Comunicación a los diferentes medios de prensa escrita, radio y Televisión de la suspensión de actividades de la formación HB – EH – BATASUNA a efectos de que conozcan formalmente la misma, y que esta se extienda a la utilización como tal grupo o asociación a espacios publicitarios.
  7. Cúrsese oficio al Servicio de Información de la Guardia Civil, Ertzaintza y a la UCI para que presenten ante este Juzgado, y con carácter mensual informe que aporte datos sobre el cumplimiento de la presente resolución.
  8. No obstante, y en lo que se refiere al Congreso de Batasuna, proyectado para el próximo día 21 de enero de 2.006, ofíciese al Servicio de Información de la Guardia Civil, UCI y Consejería de Interior del Gobierno Vasco, las primeras en relación a Navarra, y la segunda a la Comunidad Autónoma del País Vasco, informen, a la mayor brevedad posible, sobre si el mismo ha sido celebrado o no, lugar, razones por las que no se ha impedido caso de materializarse, y cuya localización definitiva debemos entender factible al existir la previsión de asistencia de un determinado número de personas. Si bien, la actuación tendente a evitar la celebración del citado congreso, siempre que se trate de la Comunidad Autónoma del País Vasco, compete a la Consejería de Interior, la investigación e información sobre los extremos indicados, deberá desarrollarse por el conjunto de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. La anterior investigación deviene relevante toda vez que cualquier actuación tendente a auxiliar su celebración pudiera ser constitutiva de un delito de colaboración con organización terrorista, bien un delito de omisión del deber de impedir delitos, bien de desobediencia.
    Ofíciese a la Consejería de Interior del Gobierno Vasco al objeto de que informe a los representantes legales del Bilbao Exhibition Center se abstengan de ponerlo a disposición de los convocantes, necesariamente por persona intermedia al adolecer HB/EH/BATASUNA de personalidad jurídica y con la advertencia de poder incurrir en cualquiera de los delitos descritos en el párrafo que antecede.
  9. La notificación de la resolución al representante procesal en la causa de HB-EH-BATASUNA, careciendo de representación legal por no gozar de personalidad jurídica, servirá de requerimiento en forma, respecto de lo dispuesto en la parte dispositiva.

De la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en la causa que se juzgaba a los miembros de la Mesa del Parlamento vasco en la pasada legislatura —por negarse a disolver el grupo de Sozialista Abertzaleak (SA) en la Cámara vasca, como había ordenado el Supremo—, me preocupa especialmente la negativa del Tribunal a entrar en la cuestión de fondo. Según se recoge en la sentencia, dicha Sala «carece de jurisdicción para valorar si hubo o no conducta delictiva, una vez acreditado que los imputados actuaron gozando del privilegio de la inviolabilidad parlamentaria». Nos encontramos en un terreno sumamente resbaladizo donde, a la vista de lo publicado en distintos medios, se confunden y se mezclan dos conceptos diferentes pero complementarios: la inviolabilidad y la inmunidad.

La inviolabilidad «es un privilegio de naturaleza sustantiva que garantiza la irresponsabilidad jurídica de los parlamentarios por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones, entendiendo por tales aquellas que realicen en actos parlamentarios y en el seno de cualquiera de las actuaciones de las Cortes Generales o, por excepción, en actos parlamentarios exteriores a la vida de las Cámaras siendo finalidad específica del privilegio asegurar a través de la libertad de expresión de los parlamentarios, la libre formación de la voluntad del órgano legislativo al que pertenezcan (STC 9/1990)». Por su parte, el artículo 13 del Reglamento del Parlamento Vasco señala lo siguiente: «los Parlamentarios gozarán, aún después de haber cesado en su mandato, de inviolabilidad por las opiniones, actuaciones y votos emitidos en el ejercicio de su cargo».

La inmunidad, en cambio, «es una prerrogativa de naturaleza formal que protege la libertad personal de los representantes populares contra detenciones y procesos judiciales que puedan desembocar en privación de libertad, evitando que, por manipulaciones políticas, se impida al parlamentario asistir a las reuniones de las Cámaras y, a consecuencia de ello, se altere indebidamente su composición y funcionamiento (STC 90/1985).»

En este caso, el Tribunal ha entendido que, de las dos prerrogativas, se ha de aplicar la de inviolabilidad «pues las conductas imputadas encajan en el ámbito legal mencionado...» en detrimento de la postura de la parte acusadora que defendía la aplicación del artículo 118 de la Constitución (Es obligado cumplir las sentencias y demás resoluciones firmes de los Jueces y Tribunales, así como prestar la colaboración requerida por éstos en el curso del proceso y en la ejecución de lo resuelto).

Con todo mi respeto al mencionado Tribunal, pero con idéntica firmeza, creo sinceramente que ha confundido «inviolabilidad» con «impunidad». La inviolabilidad proporciona absoluta libertad al parlamentario para expresarse y defender cualquier proyecto político sin temor a ser por ello juzgado. Puede clamar públicamente o alentar incluso una proposición no de ley en contra de una sentencia pero, si se trata de ejecutarla, ya no caben las «opiniones políticas» y mucho menos someter a votación la resolución firme de un Tribunal. En este caso, el parlamentario se encuentra por completo en un ámbito ajeno al ejercicio de sus funciones, y su inexcusable obligación es la de colaborar con la Justicia. ¿Se imaginan ustedes que todas las sentencias tuvieran que contar con el beneplácito del correspondiente parlamento? Yo no, y por eso lamento que el Tribunal no haya valorado si hubo o no conducta delictiva.

Durísimo alegato de Rosa Díez, eurodiputada socialista, contra el nacionalismo radical vasco en general y el PNV en particular: La dignidad y el poder. Especialmente clarificador del "problema vasco" son los siete ejemplos que cita, todos ellos evidentes para cualquier observador medianamente perspicaz. Termina con una advertencia a los suyos: «Y espero que los dirigentes de mi partido no hayan olvidado las palabras que Pilar Ruiz le dirigió a Patxi López el día que se cumplía el segundo aniversario de su hijo Joseba Pagazaurtundúa: Cuando tengas que tomar decisiones, pon en un lado de la balanza lo más importante: la vida, pero también la dignidad. En el otro lado pon entonces el poder y el interés del partido. Y sabrás si tu decisión es correcta o no. No te olvides de que quien pacta con los traidores se convierte en un traidor». Pensando así, no es de extrañar que Rosa Díez fuera convenientemente purgada y enviada al parlamento europeo.

La reunión del Presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, con el Lehendakari en funciones, Juan José Ibarretxe, ha debido ser algo insulsa a la vista del comunicado que uno y otro han realizado. El interés de Zapatero por dialogar incluso con quien se salta las más elementales reglas del juego es encomiable, pero dos horas dan mucho de sí y la negativa de ambos a conceder una rueda de prensa tras la reunión nos lleva irremediablemente a la sospecha. Mantener cierta discreción cuando se busca una solución negociada con ETA es comprensible y lógica pero aquí hablamos de dos líderes políticos tratando de alcanzar acuerdos políticos tras unas elecciones. ¿O no? A lo mejor estamos equivocados e Ibarretxe ha acudido como mediador entre la banda asesina y el Estado. Al final, flaco favor le hacemos a la democracia con estos tejemanejes a la sombra que, además, sólo sirven para que el PP elabore y difunda la teoría conspirativa que más le agrade y convenga. Esta breve reflexión me lleva, creyendo que la ley debe pesar por igual sobre todas las personas, a la cuestión de si en el País Vasco no acabará triunfando el despotismo pues, de forma cada vez más notoria, tanto Ibarretxe como ETA-Batasuna confunden la ley con su santa voluntad: «El despotismo significa un estado de cosas en que ha desaparecido la ley y donde la voluntad particular como tal, de un monarca o de una multitud, cuenta como ley o, más bien asume el papel de la ley. Es precisamente el hecho de que todo en el estado está fijo y seguro lo que constituye un baluarte contra el capricho y la opinión dogmática» (Hegel: Fiolosofía del derecho, secciones 278, nota; 270, adición).

La actualidad sigue marcada por las elecciones vascas y los pronósticos acerca de la futura composición del gobierno. Nadie pone en duda, sin embargo, que Ibarretxe repetirá cargo pero aún no sabemos qué estrategia seguirán los partidos constitucionalistas (PSOE y PP). En 2001, el Ibarretxe fue el único candidato y por ello no era necesario el apoyo de ningún otro grupo para ser investido en segunda vuelta aunque, finalmente, IU acabara apoyándole. Ahora la situación ha cambiado porque PSOE-PP superan en escaños a PNV-IU y podrían incluso presentar un candidato consensuado. En todo caso, y esto es lo más lamentable, poco importan las cábalas que podamos hacer: la cámara vasca bailará, de aquí en adelante, al son de la música que toque el PCTV, es decir de Batasuna-ETA. De momento, esta formación política ya ha admitido públicamente que su objetivo es garantizar la presencia de Batasuna en la Cámara vasca. Y para refrendarlo ya está Ibarretxe: telefoneó al líder del partido ilegalizado (Otegui) mucho antes que a las representantes del legal PCVT.

No, no me olvido: cabe otra posibilidad, a saber, una componenda entre PSOE y PNV. De momento, José Blanco, secretario de organización del PSOE, ha dicho que "tenderá la mano" a Ibarretxe "para superar la crispación" en Euskadi. Si Ibarretxe se olvidara de su plan independentista, tal acuerdo sería probablemente satisfactorio al disponer  PSOE-PNV de una holgada mayoría en la cámara vasca, pero es muy dudoso que el "plan estrella" del PNV se encierre en el baúl de los recuerdos. No obstante, siempre cabe rebautizar dicho plan, maquillarlo convenientemente y presentarlo a la sociedad vasca y a la española como panacea para la 'cuestión vasca'. Se admiten apuestas.

Resumen resultados electorles: NUMERO DE VOTOS (100% escrutado)
CENSO PNV-EA PSE-EE PP PCTV EB-IU ARA. U.AL. OTROS N/B ABST
2005 1.761.235 463.873 272.429 208.795 150.188 64.931 28.001 4.132 9.274 12.981 546.631
2001 1.813.356 604.222 253.195 326.933 (1) 78.862 7.738 17.727 381.360
DIFER. -52.121 - 140.349 + 19.234 - 118.745 - 13.931 +1.536 -4.746 + 165.271
ESCAÑOS
2005 29 18 15 9 3 1 0
2001 33 13 19 (1) 3
DIFER. -4 +5 -4 0
Datos facilitados por el gobierno vasco.
(1) En las elecciones autonómicas de 2001, HB obtuvo 143.319 votos y 7 escaños.

Los grandes perdedores de estas elecciones son, sin duda alguna, el PNV y el PP que pierden 140.349 votos (un 23,23% menos en relación al número de votos obtenidos en 2001) y 118.745 votos (un 36,32% menos en relación al número de votos obtenidos en 2001) respectivamente. Sin embargo, estos votos perdidos no han ido a parar mayoritariamente a otros partidos, sino que más bien han engrosado la bolsa de la abstención. Por otra parte, el PSOE se ha visto beneficiado por la menor participación y así, de 15 escaños pasa a 19 aún cuando el número de votos obtenidos es sólo ligeramente superior al alcanzado en 2001 (la diferencia es de 19.234 votos, un 7,6% más respecto a los votos obtenidos en 2001).
El futuro. Hacer pronósticos en política siempre es difícil pero me arriesgaré aún a costa de equivocarme: el PNV formará gobierno en minoría y apelará al PCTV cuando la ocasión lo requiera. Descarto por completo una colación PSOE-PP. La solución en los próximos días.

Entre los detenidos en la última operación policial contra ETA, se encuentra Juan Antonio Madariaga Erezuma, portavoz de Senideak en Vizcaya. Esta organización ha recibido subvenciones del gobierno vasco porque sus fines, según el PNV, eran meramente humanitarios: facilitar las visitas a los familiares de los presos etarras. Hasta aquí, nada que objetar porque, entre otras cosas, los padres, amigos, hijos ... no son responsables de los actos de los detenidos. Ahora bien, una vez descubierta la relación de Senideak con ETA yo esperaba una rectificación del PNV. Pues bien, tras las declaraciones de Anasagasti compruebo que no sólo no han rectificado sino que, además, justifican dichas ayudas. Y pregunto: ¿Es ético subvencionar organizaciones sabiendo que parte del dinero entregado será utilizado para asesinar?. La respuesta debe ser firme y clara: NO. Una vez más el PNV quiere estar en misa y, al mismo tiempo, repicar las campanas