¿Qué hacer con Caín?

Por Javier Otaola, abogado y escritor (EL CORREO DIGITAL, 10/11/06):

Lo digo con miedo y vergüenza: yo le di clases a Iñaki de Juana Chaos, cuando era alumno aspirante de la primera promoción de la Ertzaintza. ¿Mi asignatura era precisamente Constitución española y Estatuto de Autonomía! A la vista de lo sucedido es evidente que fracasé como profesor, ya que no pude inculcar en mi alumno ni el menor vislumbre de la humanidad que destila nuestra Constitución ni tampoco un mínimo entendimiento de lo que significa la convivencia democrática, lo que el maestro John Rawls llama el pacto de 'amistad civil', sobre el que se funda toda sociedad civilizada.

Luego se adveró que su presencia en la Ertzaintza no era sino una táctica de infiltración de la organización terrorista y, descubierto, huyó a paradero desconocido dando comienzo a una carrera criminal especialmente activa, hasta que finalmente fue detenido por los agentes de la ley, juzgado y condenado por sus crímenes.

Antes de extinguirse su condena y mientras aguardaba su excarcelación, Iñaki de Juana Chaos acreditó su contumacia terrorista lanzando algunas amenazas - altamente creíbles- y haciendo gala de una lealtad inquebrantable al pacto de odio que le llevó al crimen y finalmente a prisión.

La última sentencia recaída contra él -12 años de cárcel- no lo ha sido por sus abominables crímenes, como engañosamente vocean algunos 'savonarolas' episcopales -25 asesinatos- sino por un nuevo delito de amenazas cometido mientras cumplía condena por aquellos crímenes. En términos proporcionales resulta finalmente que va a ser penado más severamente por las amenazas de muerte proferidas que por las muertes realmente ejecutadas, quizá para compensar la relativa lenidad con la que fue condenado según la ley penal anteriormente vigente.

En el mito de Caín y Abel (Génesis 4) se intenta explicar poéticamente el origen de la violencia. Caín mata a su hermano para autoabsolutizarse, para convertirse en lo único que hay, para negar el ser del otro. La violencia nace, según este mito, precisamente como autoafirmación excluyente. Ése ha sido el propósito de los terroristas, negar a todos los demás el derecho a existir, a sentir, a opinar, y poder así someter a la sociedad a su mortífera voluntad. Los terroristas, a pesar de todas sus baladronadas, han llegado a la conclusión de que a pesar de todo su odio y de toda la violencia desplegada no pueden negar la existencia del otro, de todos los otros que con sus convicciones y su mera existencia niegan la realidad de sus ficciones ideológicas, y han entendido que para hacer valer sus pretensiones tendrán que buscar otros caminos.

¿Y ahora qué hacemos con Caín?

La imagen y el caso de Iñaki de Juana Chaos es especialmente significativo por lo cruel y desagradable del personaje, que encarna perfectamente el rostro más odioso de la violencia cainita que hemos venido padeciendo durante todos estos años de plomo.

Pero la cuestión es: ¿Qué hacer con Caín?

Para el pensamiento jurídico-penal contemporáneo ha quedado superada, al menos en los países europeos, la idea de la justicia bíblica del 'ojo por ojo y diente por diente'. Aunque no faltan predicadores hertzianos a los que se les adivina la nostalgia por la majestad de la pena de muerte al estilo sureño-americano.

La pena, en contra de lo que piensan el común de los ciudadanos, no tiene ya una función retributiva o vindicativa. No se ingresa en prisión a un reo para que pague con su sufrimiento el sufrimiento causado a la víctima. La cárcel no es entonces un purgatorio donde el reo expía su culpa. No se castiga al reo para dar satisfacción a la víctima y saciar así la comprensible sed de venganza de ésta o de la sociedad. La Constitución española ha consagrado en su artículo 25. 2 una concepción más humanista del castigo: «Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no podrán consistir en trabajos forzados».

Sin embargo, a pesar de que la Carta Magna no lo dice expresamente, esa finalidad reeducadora convive con otras de menor rango normativo que forman parte esencial e implícita de la pena: la intimidación y la disuasión del eventual delincuente, y además la neutralización del reo para que no pueda dañar de nuevo a la sociedad. Son muchas las voces que, entre los juristas y criminalistas, se levantan declarando el fracaso del sistema carcelario y su escasa capacidad reeducativa, sobre todo con cierto tipo de delitos compulsivos -violación- o casos como el de De Juana Chaos o los islamistas, en los que el crimen tiene una motivación ideológico-política inasequible al arrepentimiento, frente a lo cual y según su propia lógica, sólo se podría responder con una 'cadena perpetua pero condicional', semejante a la que existe por ejemplo en Gran Bretaña.

Pero no son menos las voces que señalan que la reeducación no puede convertirse en la única finalidad de la pena, ya que no se puede olvidar la ineludible necesidad de cumplir también los objetivos de prevención especial y general que la defensa social exige.

La Ley penitenciaria española ha configurado una serie de instituciones y medidas que introducen alternativas al sistema puramente carcelario: son las que se llaman 'non-custodial alternatives', que permiten, bajo la responsabilidad del juez de vigilancia penitenciaria, conceder permisos temporales para que, una vez que el reo ha cumplido una determinada parte de la pena, se vaya habituando paulatinamente a su reencuentro con la libertad. Esta fórmula tiene el apoyo de los especialistas y expertos en criminología, pero me temo que no goza de la comprensión de un gran sector de la población anclado en una concepción tradicional y puramente vindicativa de la pena. En este sentido parece evidente que la ley va por delante de la conciencia social de tipo medio.

Mi conclusión es que tanto los especialistas como el sentido común de la ciudadanía pueden convenir en que, si, por un lado, no se puede renunciar al esfuerzo de rehabilitar, haciendo todo lo posible para que la cárcel no sea una escuela de marginación y odio, debe quedar también claro que es primordial que la pena no pierda su doble carácter clásico de disuasión y custodia para la evitación de nuevos delitos. Queda claro que la idea del castigo no es una constante, sino que ha variado, en sus formas, sus fundamentos ideológicos e incluso en su propia finalidad.

La 'sharia' musulmana sigue propugnado las penas de mutilación y aún se aplica la de muerte en países occidentales. Sin embargo existe un gran consenso sobre la necesidad de rebasar la mutilación y superar la pena capital, como fervor de penalidad impropio del nivel de desarrollo político e institucional de nuestro tiempo.

Una última consideración me parece pertinente. No puede perderse de vista que, en definitiva, si creemos en la libertad del ser humano, tenemos que creer también en la posibilidad de que éste opte por 'el mal' y esa opción no puede trivializarse simplemente con consideraciones de 'terapia social', medicalizando el derecho, y hurtando la necesaria responsabilidad que debe derivar de toda libertad.

Los anales de la criminalidad están llenos de ejemplos que demuestran la irrevocable opción por el mal hecha por algunas personas: el doctor Petit (27 asesinatos, 1897-1946); el mitómano Mesrine, que llegó a escribir desde la carcel un 'best seller' ('El instinto de la muerte', 1936-1979), Jack el destripador (1988), Peter Kurten, 'El vampiro de Düsseldorf', 1883-1931), José A. Rodríguez Vega, el asesino violador de ancianas (1986); y todo esto sin contar a los grandes criminales de guerra, o políticos: Himmler, Beria, Mengele, Pol-Pot, Abimael Guzmán...

Todo esto me hace pensar que, a pesar de la inevitable crítica que podemos y debemos hacer al sistema carcelario, será dificil encontrar una alternativa completa al mismo, como la que proponen los abolicionistas, salvo que queramos caer en el más contraproducente de los angelismos. No hay nada más eficaz para excitar a nuestros demonios cainitas que negarnos a aceptar que en todos los seres humanos puede aparecer, en un instante, esa terrible elección por el mal.

Esto es, la permanente condición humana de la que a pesar de todo no podemos renegar. La verdadera filantropía, de la que hablaba Machado, no tiene por qué engañarnos sobre lo que el ser humano es.