Sábado, 10 de septiembre de 2005

Nicolás Sánchez Durá es profesor del departamento de Metafísica y Teoría del Conocimiento de la Universitat de València (EL PAIS, 10/09/05).

Cada vez que el terrorismo islámico logra un atentado, son notorias las dos estirpes a las que pertenecen las distintas declaraciones políticas: una afirma que no debe atenderse a las causas del terror, que el terrorismo no tiene justificación y debe combatirse militarmente hasta vencerlo; la otra, sin negar que tenga justificación moral alguna, afirma que, además de la acción judicial y policial, debe tenerse en cuenta las causas de que encuentre simpatizantes y apoyos. A menudo los primeros utilizan un término filosófico que los segundos no frecuentan: dicen que son "nihilistas".…  Seguir leyendo »

Fernando Reinares es catedrático de Ciencia Política en la Universidad Rey Juan Carlos, investigador principal de terrorismo internacional en el Real Instituto Elcano y asesor para asuntos de política antiterrorista del ministro del Interior (EL PAIS, 10/09/05).

Cuatro años después del 11 de septiembre, los numerosos atentados perpetrados desde entonces en cada vez más países y regiones del mundo son un buen exponente del potencial de amedrentadora letalidad que conservan los grupos y organizaciones implicados en las redes del actual terrorismo internacional. Eso es indudablemente cierto. Ahí están los episodios de Bali, Casablanca, Estambul, Madrid o Londres, por mencionar sólo algunos de entre los más notorios y mejor conocidos.…  Seguir leyendo »

Por J. A. González Casanova, miembro del Consejo Consultivo desde 1981 hasta 2001 (EL PAIS, 10/09/05):

El dictamen aprobado mayoritariamente sobre el proyecto de reforma estatutaria se inicia con un sólido resumen doctrinal del sistema constitucional autonómico vigente, que sirve de guía para un entendimiento correcto de los criterios básicos que justifican sus conclusiones sobre el grado de conformidad de dicha reforma a la Constitución; condición previa ésta para hacer posible el pacto político al que obliga el propio procedimiento de su aprobación en las Cortes.

La finalidad del dictamen no ha sido otra que pertrechar a la delegación catalana de razones que impidan un rechazo, no político, sino jurídico-constitucional y, por tanto, plenamente justificado e indiscutible.…  Seguir leyendo »