Alemania, la euroorden y Puigdemont
Contra el auto del Oberlandesgericht (Tribunal Superior de Justicia (en lo que sigue: OLG) del Land Schleswig-Holstein (en lo que sigue: SH), de 12-7-2018, por el que se acuerda la entrega a España del ex president de la Generalitat Carles Puigdemont por un delito de malversación, pero no por uno de rebelión, tal como solicitaba también la Orden Europea de Detención y Entrega (OEDE), o euroorden, dictada por el Tribunal Supremo español (TS), hay que decir: en primer lugar, que está en abierta contradicción con el contenido del auto precedente del mismo OLG SH de 5-4-2018 (auto que ya comenté en un artículo publicado en EL MUNDO el 16-4 del presenta año); y, en segundo lugar, que el OLG SH, para llegar a la conclusión de que los hechos cometidos por Puigdemont no constituirían delito alguno en Alemania, y sin practicar diligencia alguna, modifica tales hechos tal como figuran -después de meses de investigación y de práctica de numerosas diligencias- en el auto de procesamiento del TS, inventándose otros que no tienen nada que ver con la realidad de lo acontecido en Cataluña en los últimos meses de 2017.… Seguir leyendo »