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Cuando los redactores de la Constitución de 1978 tuvieron que ubicar la institución del Ministerio Fiscal en el texto se enfrentaron a un importante problema. Algunos eran partidarios de incluirlo en el Título referente al Gobierno, y, en concreto, dentro del Ministerio del Interior o del Ministerio de Justicia. Otros creían que lo más lógico era hacerlo dentro del apartado del Título de las Cortes Generales o regularlo como la institución del Defensor del Pueblo. Pero, al final, la postura mayoritaria se decantó por incorporarlo dentro del Título VI referente al Poder Judicial. Y así se reguló en el artículo 124 de la Constitución, señalando que el Ministerio Fiscal tiene como misión "promover la acción de la Justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la Ley, de oficio o a petición de los interesados, así como velar por la independencia de los Tribunales y procurar ante éstos la satisfacción del interés social".…  Seguir leyendo »

Nadie sabe que la mayoría de los domingos vengo a mi despacho a trabajar. Para mí, es el mejor día para hacerlo. No hay llamadas. No hay cuestiones urgentes a resolver. No hay letrados con los que reunirse. No hay ciudadanos a los que atender. No hay más que silencio. Simplemente un agradecido silencio.

Aparco el coche y saco una pequeña maleta llena de expedientes. Lo de la maleta es ya anecdótico entre los compañeros. ¡Cuántas veces habremos bromeado con que los vecinos menos prudentes nos hayan preguntado si somos pilotos o viajamos sin parar! Personalmente, mi maleta es clara metáfora de lo que significa "el peso de la ley".…  Seguir leyendo »