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Schleswig-Holstein: baile de máscaras

El nacimiento de la denominada euroorden, técnicamente Orden Europea de Detención y Entrega (ODE), deriva de las conclusiones del Consejo Europeo celebrado en Tampere en los días 15 y 16 de octubre de 1999 con la idea de desarrollar un espacio europeo de libertad y justicia para consolidar ese pilar imprescindible en la construcción europea, el de una justicia europea. La Decisión Marco del Consejo de 13 de junio de 2002, relativa a la euroorden y a los procedimientos de entrega entre Estados miembros, dejó claras las premisas de la construcción de ese espacio europeo de justicia al afirmar que esta suponía “la primera concreción en el ámbito del Derecho Penal del principio del reconocimiento mutuo que el Consejo Europeo ha calificado como piedra angular de la cooperación judicial”.…  Seguir leyendo »

Alemania, la euroorden y Puigdemont

Contra el auto del Oberlandesgericht (Tribunal Superior de Justicia (en lo que sigue: OLG) del Land Schleswig-Holstein (en lo que sigue: SH), de 12-7-2018, por el que se acuerda la entrega a España del ex president de la Generalitat Carles Puigdemont por un delito de malversación, pero no por uno de rebelión, tal como solicitaba también la Orden Europea de Detención y Entrega (OEDE), o euroorden, dictada por el Tribunal Supremo español (TS), hay que decir: en primer lugar, que está en abierta contradicción con el contenido del auto precedente del mismo OLG SH de 5-4-2018 (auto que ya comenté en un artículo publicado en EL MUNDO el 16-4 del presenta año); y, en segundo lugar, que el OLG SH, para llegar a la conclusión de que los hechos cometidos por Puigdemont no constituirían delito alguno en Alemania, y sin practicar diligencia alguna, modifica tales hechos tal como figuran -después de meses de investigación y de práctica de numerosas diligencias- en el auto de procesamiento del TS, inventándose otros que no tienen nada que ver con la realidad de lo acontecido en Cataluña en los últimos meses de 2017.…  Seguir leyendo »

La configuración de la Unión Europea como un espacio de libertad, seguridad y justicia exigió sustituir la extradición por un sistema simplificado y más eficaz de entrega de personas entre las autoridades judiciales de los Estados. La justificación de la decisión marco relativa a la orden de detención europea se apoyó en la consecución de un grado elevado de confianza, imprescindible en un espacio sin fronteras interiores. La euroorden ha resultado, desde su aprobación, un instrumento satisfactorio para materializar la cooperación judicial.

En España nadie había discutido la utilidad del mecanismo hasta el caso Puigdemont. Las críticas se han dirigido contra la actuación del tribunal alemán encargado de aprobar la ejecución de la orden.…  Seguir leyendo »

El catalán errante

Entre los juristas, la dogmática alemana ha sido tradicionalmente un referente. Sin embargo, también en Alemania hay malos, incluso, muy malos juristas. El mejor ejemplo es el Auto de 12 de julio de 2018, de la Sala Primera de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Schleswig Holstein.

Rudolf von Ihering (1818-1892), el gran jurista alemán, publicó un opúsculo titulado La lucha por el Derecho. Su tesis conclusiva fue "la lucha es el trabajo eterno del Derecho. Si es una verdad decir 'ganarás tu pan con el sudor de tu frente', no lo es menos añadir también que 'solamente luchando alcanzarás tu derecho'.…  Seguir leyendo »

Cuando escribo esto no he podido aún acceder a la resolución que ha concedido la euroorden contra el señor Puigdemont por malversación, denegándola por los otros hechos por los que ha sido procesado. He leído la nota de prensa, pero como no soy adivino voy a evitarme discutir o analizar argumentos que ignoro. Sin embargo, la reacción que la decisión ha provocado aconseja recordar algunas cuestiones generales.

¿Sirve para algo la euroorden? Asombra que haya que preguntarse esto, pero, puesto que el eurodiputado del Partido Popular, señor González Pons, ha reaccionado pidiendo al Gobierno español que suspenda la aplicación del acuerdo Schengen, y puesto que el portavoz, por Ciudadanos, en el Congreso de los Diputados, señor Girauta, ha afirmado que esta decisión supone un retroceso hacia un espacio de "impunidad europeo", voy a detenerme en dos o tres obviedades.…  Seguir leyendo »

La decisión del Tribunal alemán que autoriza la entrega del expresident de la Generalitat por malversación, pero la deniega por el de rebelión, ha desatado de inmediato la propaganda de unos o el desasosiego de otros.

Conviene mantener la calma. Empecemos por disipar la manipulación, pues el Tribunal de Schleswig-Holstein no ha absuelto a nadie de ningún delito ni ha hecho inviable la acusación del resto de los acusados, porque conforme al derecho de la Unión corresponde a los tribunales españoles juzgar esos hechos, y a los alemanes simplemente pronunciarse sobre la entrega de un prófugo conforme a ese mismo derecho.…  Seguir leyendo »

En España, la Ley sobre la Orden Europea de Detención y Entrega (Ley 3/2003, de 14 de marzo) fue derogada por la de Reconocimiento mutuo de Resoluciones penales en la Unión Europea, (Ley 23/2014, de 20 de noviembre). Mientras la primera constaba de 29 artículos, la vigente tiene nada menos que 200 y es sabido que la complejidad de las normas es deleite de leguleyos porque ofrece múltiples posibilidades de impugnación e incumplimiento.

Conviene contrastar las exposiciones de motivos de ambas normas. Mientras la de la primera hablaba de que se trataba, «de la creación de una verdadera comunidad de Derecho en la que se asegure la protección jurídica efectiva de los derechos ciudadanos y en la que la lesión de tales derechos cuente con la respuesta de un sistema judicial sin fronteras dentro de la Unión», la de la segunda lo hace de que «el principio de reconocimiento mutuo, basado en la confianza mutua entre los Estados miembros y consagrado en el Consejo Europeo de Tampere como la «piedra angular» de la cooperación judicial civil y penal en la Unión Europea, ha supuesto una auténtica revolución en las relaciones de cooperación entre los Estados miembros, al permitir que aquella resolución emitida por una autoridad judicial de un Estado miembro sea reconocida y ejecutada en otro Estado miembro, salvo cuando concurra alguno de los motivos que permita denegar su reconocimiento».…  Seguir leyendo »

Euroorden aquel país desconocido

Una materia notoriamente abstrusa e ignota, un país desconocido para una inmensa mayoría, ha pasado de golpe a la imaginería popular, siendo objeto de todo tipo de comentarios en bares y tertulias, con demostración, una vez más, de que todos los españoles escondemos dentro de nosotros un Carnelutti en potencia.

En esta tesitura, y frente a una intencionada campaña de desinformación que se realiza como parte de una estrategia de defensa, creo que resulta preciso aclarar una serie de cuestiones sobre la orden europea de detención y entrega remitida al Reino de Bélgica por la Audiencia Nacional frente a ex autoridades de una comunidad autónoma.…  Seguir leyendo »