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No me gusta que haya grupos de personas que se concentren para rezar delante de las clínicas que practican abortos, como no me parece bien que se escrachee a los políticos cuando salen de sus casas o que se grite "asesino" al torero que entra en la plaza. No tiene que ver con las causas que se promueven sino, como poco, con eso que con denominación un poco rancia se llama urbanidad y, más allá, con una empatía mínima hacia los derechos ajenos. Pero de ahí a enviar a la cárcel a los ciudadanos que así expresan y manifiestan sus opiniones políticas va todo un mundo, el que nos lleva a las fronteras de lo antidemocrático.…  Seguir leyendo »

La reforma penal del aborto

En su conferencia de prensa del pasado 27 de diciembre, el presidente del Gobierno, preguntado por un periodista, en relación con el Anteproyecto de Ley Orgánica de reforma del aborto, «¿qué le parecían las voces críticas internas que se están produciendo dentro del Partido Popular?», contestó: «Tengo que decir que este es un asunto que, a veces, produce el que haya posiciones diferentes en mi partido y también en otras fuerzas políticas».

En lo que sigue voy a tratar de exponer cuál es el fundamento de esas «posiciones diferentes» que, en lo esencial, pueden reducirse a dos: la posición de quienes estiman que el aborto debe ser prohibido penalmente -admitiendo, como mucho, su despenalización en casos extremos- y la de quienes consideran que la interrupción del embarazo provocada en las primeras semanas debe quedar al margen del Derecho penal.…  Seguir leyendo »

Lo primero que habría que consensuar es la necesidad misma de consenso, estrategia política con tan buena prensa como peligro para la lícita competencia de las alternativas en juego y para el legítimo desarrollo de la que tiene el apoyo mayoritario. Más que una panacea, el consenso es un potente antibiótico que debe ser administrado con cautela, solo cuando el tipo y la gravedad de la enfermedad lo requiera. Y la regulación penal de la interrupción voluntaria del embarazo lo requiere: en una sociedad democrática consolidada no puede ser que una determinada conducta salte de derecho a delito y viceversa cada ocho años, máxime cuando lejos de tratarse de un comportamiento excepcional en un área de convivencia muy específica se refiere a un entorno de decisión tan frecuente, personal y trascendente como es el embarazo, que afecta prioritariamente a un sector de la población determinado por su sexo y en el que manifiesta su interés la sociedad entera.…  Seguir leyendo »