Al rector de la Universidad Camilo José Cela

Excmo. Señor Rector: su Universidad ha quedado señalada recientemente en varios medios de comunicación por diversas denuncias relativas a varias irregularidades, profusamente acreditadas, tanto de procedimiento como de plagio en el contenido de la tesis doctoral del hoy presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, aprobado cum laude en la Universidad Camilo José Cela (UCJC).

Sorprende extraordinariamente que, ante la relevancia de las denuncias y del personaje denunciado, no se haya procedido por parte de la Escuela de Doctorado de la UCJC a abrir una profunda investigación sobre las circunstancias concurrentes al caso, en aras de comprobar el estricto cumplimiento de todos los requisitos exigidos por la normativa vigente y garantizar que el doctorado concedido a Pedro Sánchez por la UCJC cumplió con todos los requisitos legales.

Sorprende aún más la inacción de la UCJC cuando esta misma semana se ha publicado que la Universidad de Barcelona (UB) ha decidido retirar, por plagio, el doctorado a un ex dirigente de CDC. Tras una denuncia de plagio, la UB abrió una investigación en la que, tras aportarse un informe de la Escuela de Doctorado de la Universidad que concluyó que hubo plagio, se tomó la decisión de retirar el doctorado al plagiario de la tesis. Así se consigue y conserva el prestigio de una universidad.

Su universidad, por el contrario, hizo constar en un comunicado del 12 de septiembre de 2018, el mismo día de la interpelación a Sánchez en el Congreso y, por tanto, sin mucho tiempo para investigar la cuestión que "la tesis doctoral de Pedro Sánchez cumple con la normativa vigente". Debo contradecirles al afirmar que la realidad de los hechos y la normativa vigente aplicable a la tesis doctoral de Pedro Sánchez no se compadecen con el comunicado de la Camilo José Cela.

La UCJC dispuso la selección de un tribunal totalmente inadecuado, sin la necesaria experiencia investigadora ni la debida competencia técnica sobre la tesis doctoral que iba a juzgar, sin la más mínima capacidad de control sobre su contenido para acreditar la originalidad y categoría del texto de la tesis.

En cuanto al posible plagio de la tesis, la empresa propietaria del software antiplagios PlagScan al que el propio Gobierno sometió el control de la tesis, tras revisarla nuevamente, ha concluido que el 21% de la tesis de Sánchez fue plagiada. ¡El 21% del total! Una diferencia abrumadora con las cuatro páginas plagiadas, que en el caso de la UB han sido suficientes para retirar su doctorado al plagiario. Pero, a su vez, la propia UCJC infringió la normativa en vigor al incumplir un requisito legal imprescindible, sin posible explicación para ello: "El archivo de la tesis en formato electrónico abierto", de su texto completo, no de una ficha del mismo, que permitiera cumplir la necesaria transparencia de la tesis doctoral aprobada.

Según la UCJC, Sánchez se matriculó en el curso de doctorado 2009/2010, cuando se regía por lo establecido en el RD 1393/2007. Sin embargo, Sánchez defendió su tesis el 26 de noviembre de 2012, casi dos años después de la entrada en vigor del RD 99/2011, de 28 de enero, que regula la normativa en vigor de los estudios de doctorado. Y en este punto se produce el conflicto que la Universidad Camilo José Cela ha pretendido tergiversar en su comunicado, en amparo del doctor Sánchez.

La UCJC recalcó en su comunicado que "en el caso que nos ocupa, el RD 1393/2007 no obliga a publicar las tesis completas digitalizadas" y añade que "una vez aprobada se puso a disposición del Ministerio de Educación la tesis doctoral en formato digital". Pero la UCJC incurre aquí en una sospechosa contradicción: si bien es cierto que el citado RD no obliga a publicar la tesis completa digitalizada, tampoco obliga a ponerla a disposición del Ministerio en formato digital y eso sí se hizo, aun cuando dicha obligación fue impuesta posteriormente por el RD 99/2011. ¿Por qué se cumplió lo segundo y no lo primero?

La universidad sabía o tenía que saber que la Disposición Transitoria primera del RD 99/2011 contiene una excepción a la norma general sobre su entrada en vigor: "En todo caso, el régimen relativo al tribunal, defensa y evaluación de la tesis doctoral previsto por el presente real decreto será aplicable a dichos estudiantes a partir de un año de su entrada en vigor". Y aquí empezamos a encontrar que en la tesis de Sánchez no se cumplió toda la normativa vigente.

Transcurrido un año de la entrada en vigor del RD 99/2011, es decir, desde enero de 2012, todos los doctorandos tenían que cumplir el artículo 14 del referido RD 99/2011, regulador de la "Evaluación y Defensa de la tesis doctoral". Y entre ellos Pedro Sánchez, que en dicha fecha todavía no había presentado su tesis doctoral, pues lo hizo en noviembre de 2012.

En concreto, el artículo 14.5 establece que "una vez aprobada la tesis doctoral la universidad se ocupará de su archivo en formato electrónico abierto en un repositorio institucional y remitirá en formato electrónico un ejemplar de la misma así como toda la información complementaria que fuera necesaria al Ministerio de Educación a los efectos oportunos".

En cumplimiento de dicho precepto, efectivamente, la UCJC remitió un ejemplar de la tesis en formato electrónico al Ministerio, tal como hizo constar en su comunicado del 12 de septiembre. Es, por tanto, evidente que la UCJC reconocía que dicho artículo era de aplicación a la tesis de Sánchez, ya que dicha obligación no se contenía en el previo RD 1393/2007. Pero, incomprensiblemente, la UCJC incumplió el otro requisito legal al no archivar la tesis en formato electrónico abierto, como exige dicho precepto, y solo custodió un ejemplar en papel, que, para más inri, inicialmente, requería para su exhibición la autorización del autor, quien así incumplía igualmente la ley.

Así pues, tanto la UCJC como Pedro Sánchez incumplieron, de común acuerdo, la obligación legal de publicar en formato electrónico abierto el texto completo de la tesis doctoral desde que fue aprobada, pues ni la universidad la publicó legalmente ni Pedro Sánchez requirió que se publicara conforme a la legislación en vigor, y sólo autorizó su publicación en Internet seis años después, el 14 de septiembre de 2018.

Todo lo anterior hace imprescindible, para salvaguardar el prestigio y la honorabilidad de la UCJC, y el respeto a la ley, que se abra sin dilación un procedimiento interno de investigación de la tesis de Pedro Sánchez por parte de la Escuela de Doctorado de la UCJC, con su protocolo específico para el control de las tesis doctorales de la forma análoga a lo realizado por la UB, de forma que, si se acreditasen tanto el plagio denunciado como las demás irregularidades alegadas, resultara procedente retirar el doctorado a Pedro Sánchez, en defensa de la legalidad y del prestigio de la universidad española.

Santiago Mora Velarde es notario.

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