Ante el Supremo

El jueves se vivió en el Tribunal Supremo una situación que, en mi opinión, casa poco con el autopregonado garantista Estado de derecho en España. Centrémonos en la pieza judicial. Una resolución judicial ha de hablar por sí misma: lo que calla o debiera decir es irrelevante para analizar lo que dice.

El auto del Supremo tiene tres ejes esenciales. El primero, un intento fallido de justificar la rebelión (y de paso la sedición, dada su práctica identidad legal en materia comisiva). ¿Por qué fallido? Porque no aporta un solo hecho que revele alzamiento ni violencia.

Se alude al credo independentista, especialmente de Carme Forcadell, que viene de lejos, de muy lejos, y que ha urdido, junto con otros, un plan secesionista. Ello olvida que el independentismo es legal, y los medios pacíficos para llevarlo a cabo, también. No estamos, como ha reiterado precisamente el Tribunal Constitucional, en una democracia militante: en la Constitución española todo se puede cambiar, la unidad de España incluida.

Para plasmar su ideario ha concurrido a las urnas y ha resultado electa, extremo que el auto pasa por alto. ¿Calificar de rebelde a Forcadell –y a los que piensan y actúan como ella-- es equiparable a Primo de Rivera, Galán y García Hernández, Franco y su dictadura o Tejero (solo en el siglo XX)?

En segundo término, la violencia, desvirtuando la expresa voluntad del legislador penal de 1995, se justifica en un velado y futurible clima de intimidación, consistente también en hacer uso de fuerza incruenta (sic) en el futuro. ¿Alguien ha oído o visto algo de esto?

El tercer elemento llamativo y en absoluto motivado en la resolución es la diferencia de trato entre Forcadell y el resto de miembros de la Mesa del Parlament. Que las fianzas, o incluso visto el pasado no independentista –tema, al parecer capital, esencial- de uno de los miembros, sean diversas puede admitirse. Lo que no está justificado es que a la presidenta se le imponga una fianza de 150.000 euros para eludir la prisión, a pagar al momento, y a otros cuatro miembros de la Mesa 25.000 euros a abonar en siete días. ¿Por qué dar más facilidades a quienes se obliga a menos que a quien se obliga a más? Según lo veo, porque, desoyendo la doctrina y al propio Supremo y al Constitucional, se ha convertido la prisión provisional en una pena, cuando es una medida cautelar excepcionalísima.

Por razones que cada cual podrá explicarse, era imperativo enviar a Forcadell a prisión, siquiera una noche. No es que nadie lleve encima 150.000 euros, es que está prohibido hacerlo sin costosas medidas de seguridad; es que a medianoche ni se puede disponer de ese dinero y ni la cuenta de consignaciones para el Tribunal Supremo parecía estar operativa.

La noche del jueves revivimos, quienes algún trienio tenemos, las multas de orden público impuestas gubernativamente: o se pagaba en Jefatura, o a la cárcel hasta abonarla quien pudiera o quisiera.

No parece, en fin, pese al alivio de las situaciones personales, un auto modélico, salvo para acreditar un uso inadecuado de las normas penales y procesales.

Joan J. Queralt, Catedrático de Derecho Penal de la UB.

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