Una amnistía sin fundamento jurídico
En la doctrina se discute hace años la compatibilidad de la amnistía con la Constitución. Quienes la niegan suelen esgrimir la prohibición expresa de los indultos generales, pero el argumento no es convincente, pues mientras el indulto supone el ejercicio del derecho de gracia por el Ejecutivo, la amnistía compete al legislador. Nuestro ordenamiento prohíbe al Gobierno perdonar con carácter general determinados delitos, porque tal proceder supone una intromisión en los ámbitos de los otros dos poderes. Si una ley se considera injusta es el legislador, no el Ejecutivo, el competente para derogarla, beneficiándose los condenados de la aplicación retroactiva. Pero puede suceder también que la ley penal no se considere injusta con carácter general, sino solo inconveniente de manera transitoria para la consecución de fines más importantes.… Seguir leyendo »