Ángel J. Sánchez Navarro

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Como es bien sabido, existe una importante polémica jurídica y política acerca de si las conductas atribuidas a los líderes políticos y sociales catalanes que se encuentran actualmente encarcelados y huidos constituyen o no un delito de rebelión. Un delito definido por el artículo 472 del Código Penal, según el cual "son reos del delito de rebelión los que se alzaren violenta y públicamente para" conseguir alguno de los fines que allí se indican, entre los cuales cabe destacar ahora los de "derogar, suspender o modificar total o parcialmente la Constitución" (apartado 1º) o "declarar la independencia de una parte del territorio nacional" (ap.…  Seguir leyendo »