Clara Viana Ballester

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Plantea el título de este artículo una pregunta cuya respuesta lógica en un sistema jurídico, social y político regido por el principio de igualdad ante la ley, debería ser, a priori, sencilla y directa. Si todos somos iguales ante la ley y todos podemos ser juzgados, la conclusión del silogismo es evidente: sí, el rey emérito puede ser juzgado. La cuestión es: ante quién, desde cuándo y por qué hechos.

¿Ante quién puede ser juzgado?

Desde 2014, nuestro sistema de distribución de competencias jurisdiccionales prevé, en el artículo 55 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que el rey que hubiere abdicado puede ser juzgado ante la Sala Civil y Penal del Tribunal Supremo, que conocerá de las acciones civiles y penales que se dirijan contra su persona.…  Seguir leyendo »