Eduardo Santos

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El pasado día 3 de enero se publicó la Ley Orgánica 1/2025 de medidas en materia de eficiencia en el Servicio Público de Justicia, un marco normativo largamente trabajado que introduce cambios sustanciales en la organización de un servicio público tradicionalmente marcado por una pesada inercia. El objetivo de la ley es ambicioso y solo el tiempo podrá decir si será o no un instrumento útil para mejorar nuestro sistema judicial, percibido por la ciudadanía —no sin motivos— como arcaico, colapsado e ineficaz.

Entre los ambiciosos cambios introducidos por la ley debemos aplaudir la inclusión, por primera vez, de la justicia restaurativa en la Ley de Enjuiciamiento Criminal mediante una disposición adicional que permite que, en procedimientos penales, las partes accedan a programas restaurativos que puedan posibilitar el encuentro, siempre que se respeten los derechos de las víctimas y se garantice la voluntariedad de su participación.…  Seguir leyendo »

La verdad se erige como una de las necesidades más importantes de la persona que ha sufrido un delito extremadamente grave. No se agota en lo descrito como hechos probados en la sentencia de condena al culpable, pero gracias a esta se permite establecer el reconocimiento formal y público del crimen, así como etiquetar jurídica y socialmente a cada partícipe. Es el tiempo de la necesaria justicia formal.

La paz necesita, además, otra verdad más totalizadora, personal, emocional y profunda, expresada ante la víctima por un actor concreto: el terrorista causante de sufrimiento injusto e inútil. La coincidencia de víctima y terrorista en el mismo espacio no es sencilla, pero existe un método: encuentros y diálogos restaurativos o, expresado sintéticamente, en la denominación convencionalmente admitida, mediación autor-víctima.…  Seguir leyendo »