Jesús Zarzalejos Nieto

Este archivo solo abarca los artículos del autor incorporados a este sitio a partir del 1 de diciembre de 2006. Para fechas anteriores realice una búsqueda entrecomillando su nombre.

Exposición sin motivo para la amnistía

Tras leer la exposición de motivos de la denominada 'Proposición de Ley Orgánica de amnistía para la normalización institucional, política y social de Cataluña', me ha sido imposible no recordar al profesor Pablo de Lora, catedrático de Filosofía del Derecho en la Universidad Autónoma de Madrid, y su ensayo 'Los derechos en broma' (2023). Se lamenta el profesor De Lora sobre la mala praxis legislativa de los últimos tiempos, especialmente porque «las exposiciones de motivos que anteceden al articulado no son más que reservorios de manifiestos en los que volcar altisonantes compromisos ideológicos y normativos (de calidad variable)». Tomo prestada su acertada reflexión como umbral para las que siguen a continuación.…  Seguir leyendo »

Cuando el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) hizo pública su sentencia de 19 de diciembre de 2019, se produjeron reacciones extremas que convergían en señalar como grandes perdedores al magistrado Manuel Marchena y, con él, a la sala sentenciadora del juicio por el 1-O. Se dio por hecho que Oriol Junqueras saldría de prisión en pocos días, que su condena sería anulada y que los demás acusados y prófugos seguirían el mismo camino. Se habló de «ridículo», «revés» y «varapalo» para definir el estado en que quedaba la Sala Segunda del Tribunal Supremo tras la sentencia europea. Y, por supuesto, se habló del «error Marchena», en un ejercicio de personalización, tan hispano, que simplificaba mucho la calidad de las críticas y de los argumentos -además de obviar, para lo bueno y para lo malo, al resto del tribunal-, porque todo se reducía a demoler al personaje que sirve de chivo expiatorio.…  Seguir leyendo »

La sentencia que condena a cada uno de los miembros de «La Manada» a nueve años de prisión y a cinco de libertad vigilada (no se olvide esto último) no es fruto de un error del Código Penal, ni del sistema procesal. No responde a una patología que ha alterado el recto proceder de nuestros jueces. Esa sentencia es el resultado mismo sobre el que se asientan algunos de los fundamentos irrenunciables del Estado de Derecho y del funcionamiento de la Justicia: la independencia judicial y la valoración en conciencia de la prueba. La aplicación judicial de las leyes se ha construido sobre el principio de confianza en los jueces que, por ser independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley, tienen en exclusiva la función de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado.…  Seguir leyendo »

Desde hace unos años, la supresión de los aforamientos, dicho así, en bruto, se ha convertido en la propuesta prioritaria de algunos partidos para la lucha contra la corrupción. El mensaje no se detiene en una mínima acreditación de la supuesta relación de causalidad entre la existencia de tales aforamientos y las dificultades en perseguir y castigar a los corruptos. Tampoco consideran de interés sus autores la necesaria distinción entre aforamientos políticos y aforamientos profesionales (jueces, magistrados, policías). La idea fuerza de la propuesta es que el aforamiento es un privilegio intolerable que premia con la impunidad al cargo político. Como es lógico, una buena parte de la opinión pública recibe con satisfacción este discurso justiciero, que crea una repudiable apariencia de conspiración político-judicial.…  Seguir leyendo »

El acuerdo de Instituciones Penitenciarias que excarcela a José Ignacio de Juana Chaos es, en esencia, una decisión libre del Gobierno, basada en la oportunidad y la conveniencia políticas, que no viene obligada por la ley ni por decisiones judiciales y en la que se utilizan, a efectos puramente formales, facultades discrecionales propias de la normativa penitenciaria y una intervención testimonial del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria.

En efecto, lo que se ha concedido al ex miembro del «comando Madrid» es más una libertad condicional encubierta que un segundo o tercer grado, porque el etarra no tiene siquiera que pernoctar en prisión.…  Seguir leyendo »