Josep Maria Vilajosana

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La reciente sentencia del Tribunal Constitucional sobre la declaración soberanista del Parlamento catalán marca un punto de inflexión respecto a la interpretación jurídica del derecho a decidir. Por un lado, distingue el derecho a la autodeterminación del derecho a decidir. El primero, no cabe en la Constitución, pero el segundo admite una interpretación constitucional. Por otro lado, recuerda el cauce oportuno para dirimir un problema político en democracia: la negociación y el diálogo sin prejuicios. Como el propio Tribunal había dicho en otras ocasiones, la Constitución no consagra una democracia militante. Todo lo que ella contiene es susceptible de ser criticado y cuestionado siempre que se respeten los derechos fundamentales y el principio democrático.…  Seguir leyendo »