Julio Banacloche

Este archivo solo abarca los artículos del autor incorporados a este sitio a partir del 1 de septiembre de 2006. Para fechas anteriores realice una búsqueda entrecomillando su nombre.

Hace unos días el Tribunal Constitucional portugués se ha pronunciado sobre la Ley de Eutanasia del país vecino, aprobada el 29 de enero pasado, apuntando aspectos que vulnerarían su norma constitucional. Ha tardado, por tanto, poco más de un mes en resolver la petición del presidente de la República. Por su parte, el Tribunal Supremo de Estados Unidos rechazó a los cuatro días la solicitud del fiscal general de Texas pidiendo que se anulara el voto por correo en algunos Estados. La celeridad en dar respuesta a ambas reclamaciones contrasta sobremanera con lo que sucede en relación con nuestro Tribunal Constitucional.…  Seguir leyendo »

Hablar de un estado de alarma que se prolongará durante seis meses es una contradicción en sus propios términos. El estado de alarma, por su misma configuración constitucional, ha de ser breve y limitado, al menos en el tiempo. Según el art. 116.2 CE, debe durar un plazo máximo de 15 días, y cabe prorrogar «dicho plazo» –no un plazo de mayor duración– con la autorización del Congreso. Es decir, que en ningún caso se puede prorrogar por más días de esos 15, y en buena lógica no permitiría encadenar una prórroga tras otra. Esto se deduce claramente de lo dispuesto para el estado de excepción (art.…  Seguir leyendo »

La sentencia dictada el pasado 19 de diciembre por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) resolviendo la consulta formulada por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo acerca del momento en que un eurodiputado adquiere la inmunidad, y de cómo compatibilizar una medida cautelar de prisión por delito grave con la posibilidad de acudir a las sesiones del Parlamento europeo, ha disparado unas expectativas entre los partidos separatistas y sus terminales jurídicas y mediáticas sobre las posibilidades de una libertad inmediata de Junqueras y Puigdemont que, en mi opinión, no se corresponden ni con el contenido de la propia resolución, ni con la normativa europea y española que debe aplicarse a partir de ahora.…  Seguir leyendo »

Exhumatio non petita...

Es difícil pensar en un procedimiento administrativo que pueda ser ideado, tramitado y resuelto con un mayor nivel de improvisación, torpeza y precipitación, como el seguido para la exhumación del general Franco. El Gobierno, siempre que puede, le echa la culpa del retraso en la adopción de dicha medida a la resistencia "numantina" de la familia del anterior Jefe del Estado, pero lo cierto es que todo lo que está sucediendo es de la sola y exclusiva responsabilidad gubernativa: primero, por no prever que lo acaecido podría llegar a producirse (como así ha sido); y segundo, por intentar solventar los problemas que iban surgiendo con ocurrencias que han originado a su vez nuevos inconvenientes, algunos de muy difícil solución.…  Seguir leyendo »

Uno de los principales problemas que se plantean en aquellas sociedades que han sufrido un régimen dictatorial y avanzan hacia un sistema democrático es el de cómo afrontar el tratamiento jurídico-penal de las personas que han cometido graves delitos durante los años previos al cambio de modelo político. Estas personas suelen ser, por un lado, algunas autoridades o miembros de las Fuerzas de Seguridad del Estado, que abusan de su posición y cometen delitos contra la vida, la libertad, la integridad física y moral; y, por otro, activistas de la oposición (o paramilitares pro Gobierno) que, para el logro de sus objetivos, recurren a atentados, secuestros, extorsiones y daños contra las personas y bienes.…  Seguir leyendo »

EL TC ha dictado una sentencia que declara conforme al texto constitucional la reforma del artículo 92 LOTC (Ley Orgánica del Tribunal Constitucional), cuya aprobación fue objeto de polémica, especialmente en los sectores nacionalistas. En ella se permitía al propio TC acordar medidas dirigidas a asegurar el cumplimiento de sus resoluciones, como la suspensión de funciones a la autoridad o cargo público que las incumpliera hasta que se verificara lo acordado, o la solicitud de colaboración al Gobierno en la ejecución de lo decidido. El principal motivo esgrimido en el recurso presentado por el Gobierno vasco para afirmar la inconstitucionalidad de la norma era que, a su parecer, con ella se alteraban el sistema de justicia y el equilibrio de poderes contenidos en el texto constitucional, al permitir al TC adoptar medidas de naturaleza política disfrazadas de actuaciones de ejecución.…  Seguir leyendo »

Con el habitual desprecio a la ley que suele caracterizar sus actuaciones en relación con Batasuna y ETA, el Gobierno ha vuelto a perpetrar un gravísimo fraude de ley al conceder al asesino De Juana Chaos el segundo grado penitenciario, con el fin de que así pueda acceder en breve a una situación de semilibertad no prevista por nuestra legislación.

A fin de que sea valorado como merece, hay que resaltar que el Gobierno ha evitado conscientemente acudir al sistema de la libertad condicional, que se puede otorgar a los penados clasificados en tercer grado, para impedir así la correspondiente tramitación de un expediente y la necesaria decisión del Juez Central de Vigilancia Penitenciaria sobre el cumplimiento de los requisitos que permiten acceder a dicho grado, entre ellos el rechazo del terrorismo y la expresa petición de perdón a las víctimas.…  Seguir leyendo »