
Imperio de la ley, justicia y convicciones morales
En un acuerdo de 19 de mayo de 2011 (349/2011), la Junta Electoral Central (JEC) estableció que ni en la jornada de reflexión ni en la jornada de votación electoral podían autorizarse reuniones o manifestaciones públicas dirigidas a influir sobre los electores, según lo previsto en la legislación electoral. Entre los miembros firmantes del acuerdo de la JEC estaban dos que posteriormente fueron magistrados e incluso presidentes del Tribunal Constitucional, que siempre mantuvieron el mismo criterio.
Hace apenas siete meses, el pasado 4 de junio, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid dictó una sentencia en que, con ocasión de las elecciones al Parlamento Europeo del 9-J autorizó que el 8 y el 9 de junio (jornadas de reflexión y de votación) pudieran celebrarse reuniones a apenas 50 metros de la sede del PSOE en Madrid y en la misma esquina, precisamente, de la calle de Ferraz con Marqués de Urquijo en que se habían producido desde noviembre de 2023, durante varias semanas, actos violentos contra dicho partido y contra su secretario general (incluso quemar y apalear un muñeco que lo representaba) con ocasión de la ley de amnistía y de la investidura y con agresiones a las fuerzas de orden público.… Seguir leyendo »