En lo relativo al Concierto económico vasco, el PNV ha conseguido colocar en el debate de los últimos días una palabra equívoca y una expresión incorrecta, aunque tenemos que reconocer que resultan efectivas, mediáticas y contagiosas a la hora de abordar la reforma legislativa para establecer y declarar la consideración con rango de ley (fuerza de ley en teoría ya tienen) de las normas forales que regulen el régimen fiscal y tributario de Álava, Vizcaya y Guipúzcoa.
Desde el actual lehendakari, Patxi López, y su Gobierno hasta una buena parte de los portavoces de los partidos en Vitoria o en Madrid, pasando por cualquiera de los columnistas y comentaristas políticos y económicos, han adoptado, con el denominado «blindaje del Concierto», una expresión, al margen de impropia, errónea y distorsionadora política y jurídicamente.
Los enemigos del Concierto económico han encontrado también una palabra y expresión satisfactorias para sus diatribas y sus ignorantes discursos anti, que les aleja de una realidad histórica y constitucional que pretenden desarmar. Han percibido oportunamente en «el blindaje» una expresión más cercana a lo bélico que a lo político que les surte de mucha argumentación tan fácil como injusta.
Es decir, el verbo «blindar» les gusta tanto a los nacionalistas vascos como a los enemigos del Concierto, y ello da, sin duda, mucho que pensar. Además, los defensores del régimen foral, de la lealtad constitucional y del rigor jurídico, también nos hemos introducido con poca prudencia en las citadas verbalizaciones que debíamos haber descartado desde el primer día, concretando y valorando con exactitud la auténtica virtualidad de las modificaciones normativas que se pretenden, no para blindar nada, sino para dar equilibrio normativo a una realidad jurídica española que se caracteriza por el desamparo jurídico y la indefinición.
Según el diccionario de la Real Academia Española, «blindar» se define como «proteger exteriormente con diversos materiales, especialmente con planchas metálicas, las cosas y los lugares contra los efectos de las balas, el fuego, etcétera». También se define como «poner en un contrato laboral alguna cláusula que garantice una indemnización muy superior a la normal en caso de rescisión anticipada de aquél». Ni lo uno ni lo otro queremos los que promovemos la equiparación normativa del Concierto con el conjunto de las normas tributarias del Estado.
El nacionalismo sí que quiere convertir sus deseos en compartimentos invulnerables por el Estado constitucional y sí que pretende dar estanqueidad y aislamiento extremo a sus ensoñaciones. También pretende en el trámite presupuestario, actualmente en las Cortes, que el Gobierno de Zapatero lo convierta más en una indemnización desmesurada que en una reforma legislativa lógica que ha de preservar la fuerza de ley de las normas forales fiscales y tributarias. El incorrecto «blindaje» ha conformado, pues, un discurso agresivo para el nacionalismo y descolocador para el resto.
Pero hay que recordar que en diciembre de 2005 y en febrero de 2006 el PNV se negó en el Parlamento vasco a aprobar sendas proposiciones de ley de las Juntas Generales de Álava y del Grupo Parlamentario Popular respectivamente en las que se pedía la modificación de la Ley de Territorios Históricos para posibilitar en el ámbito del concepto normativo vasco que las normas forales tuvieran un tratamiento y un rango formal de ley en la materia referida al régimen tributario foral.
Las proposiciones de ley de las Juntas de Álava y del PP pretendían que el artículo 6.2 de la Ley de Territorios Históricos se modificase para que donde dice «en todo caso, la facultad de dictar normas con rango de ley corresponde en exclusiva al Parlamento vasco», dijese «la facultad de dictar normas con rango de ley corresponde al Parlamento vasco; corresponde asimismo a las Juntas Generales de los Territorios Históricos en aquellas materias en las que el Estatuto de Autonomía o las leyes les atribuyan competencia exclusiva, entre otras las del régimen tributario foral». Y a esto se opuso el PNV. ¿No les interesaba «blindar» el Concierto en la Ley de Territorios Históricos?
Es decir, cuando en el Parlamento vasco se ha pretendido reformar esta ley para conseguir el mismo objetivo que la iniciativa presentada ante las Cortes Generales para la modificación de las leyes orgánicas del Tribunal Constitucional y del Poder Judicial, el PNV se ha negado. Es decir, en su terminología inadecuada, los nacionalistas se han opuesto a dar un paso en su denominado «blindaje del Concierto» si era modificando una LTH que pide a gritos un repaso a fondo para dar fortaleza al sistema foral de nuestros Territorios Históricos.
En cualquier caso, y a pesar de las incoherencias nacionalistas y de los duros e injustos ataques que recibe nuestro sistema fiscal de un entorno mal informado, está claro que la racionalidad normativa y el equilibrio institucional del sistema tributario español, constituido por cinco haciendas -la del Estado, las tres vascas y la navarra-, indican que todas las normas que en España regulen los impuestos y la organización tributaria tengan el mismo rango, la misma defensa o los mismos métodos de impugnación, es decir, como las leyes y ante el Tribunal Constitucional.
En ningún caso, pues, «blindar» es la palabra ni las expresión correcta ni el fondo del asunto. Lo que hay que hacer, y ello se pretende con la iniciativa legislativa del Parlamento vasco ante las Cortes Generales, es equilibrar una situación que perjudica jurídicamente y políticamente a las normas forales. Se trata de llenar de contenido un vacío normativo en España que no puede descalificarse con simplificaciones ni con la escenificación de inexistentes agravios. Tampoco el estridente megáfono de Sabin Etxea ha ayudado nada, sobre todo porque los nacionalistas cogen el altavoz cuando ven que se puede montar la bronca y, por el contrario, cuando tienen que hacer un trabajo posible internamente, como el que mencionaba antes sobre la reforma de la LTH, se esconden y eluden sus responsabilidades.
EN HONOR a la memoria histórica (reciente), el Gobierno que más y mejor ha desarrollado los Conciertos económicos de Álava, Vizcaya y Guipúzcoa ha sido el de Aznar. Su ministro de Economía y Hacienda, Rodrigo Rato, fue capaz en la Ley de 2002 de hacer que el Concierto no fuese algo sometido a un vencimiento temporal, sino que fuese un instrumento legal de carácter indefinido y, también, contempló una ampliación de la capacidad normativa foral sin precedentes. No fue un «blindaje»; fue un acertado desarrollo democrático.
De la misma manera, ahora se pretende completar ese desarrollo con el revestimiento jurídico que falta, el rango de ley de la norma foral tributaria, algo que no puede considerarse «blindaje», porque en el Estado de Derecho nunca una norma, por muy ley que sea, es invulnerable, inamovible o inimpugnable como lo sería si estuviera objetivamente blindada. Ni siquiera lo está la Constitución, que puede ser sometida a modificación como ya lo ha sido y, sin duda, lo será en el futuro.
Si «blindar» no es la palabra, la oposición a la iniciativa que hoy se toma en consideración en el Congreso de los Diputados para la reforma de las Leyes orgánicas del Poder Judicial y del Tribunal Constitucional tampoco puede ser una actitud coherente con los pronunciamientos parlamentarios anteriores. Hay que dar corrección a la norma jurídica; y si eso no es «blindar», a eso, tampoco, se puede oponer nadie.
Carmelo Barrio, diputado del Parlamento vasco y ex secretario general del Partido Popular del País Vasco.