Catalunya, Escocia y la UE

El proceso político “Catalunya, nou Estat d’Europa” entra ahora en una nueva fase. La primera fase del proceso, la fase del independentismo, caracterizada por el liderazgo de organizaciones de la sociedad civil catalana (Òmnium, ANC, movimiento de las consultas, etcétera) acabará con las elecciones al Parlament del 25-N. El inicio de esta fase fue la manifestación-respuesta (julio 2010) a la sentencia del Constitucional español sobre el Estatut, un texto muy modesto que había sido ratificado en referéndum por los ciudadanos de Catalunya. Como muestran diferentes estudios, el crecimiento del independentismo en estos 28 meses ha sido constante, hasta llegar a la expresión inequívoca de la masiva manifestación del Onze de Setembre pasado.

A partir del 25-N entraremos en la fase de la independencia, liderada por las instituciones del país (Govern y Parlament) y por los partidos políticos. Podemos distinguir dos etapas en esta segunda fase. La primera comprende el periodo entre las elecciones al Parlament y la celebración del referéndum/consulta. La segunda etapa, caso de una victoria del sí, será la que irá desde el referéndum hasta la formalización del nuevo Estado. Las tareas que desarrollar en las dos etapas son diferentes, y no hay que confundir los objetivos y las estrategias respectivas. Uno de los aspectos sobre los que hay actualmente más confusión es el de la vinculación o no de Catalunya a la Unión Europea, caso de que los ciudadanos optemos por un sí en el referéndum. Podemos ver cómo se considera este punto en el caso de Escocia-Reino Unido. Esquematicémoslo a partir de las dos etapas mencionadas.

Etapa elecciones-referéndum. Parece bastante claro que la UE no tiene una posición fijada sobre procesos “de ampliación interna”. También está claro que los casos escocés y catalán están protagonizados por ciudadanos europeos (que lo son desde hace 40 años en el caso de Escocia y 26 en el de Catalunya). Sin embargo, hay un claro contraste en dos aspectos básicos. Por una parte, los ciudadanos escoceses tienen garantizado legalmente el derecho de pronunciarse en un referéndum democrático, previsto para otoño del 2014, sobre si prefieren seguir dentro del Reino Unido o bien constituir un nuevo Estado. Por el contrario, los ciudadanos de Catalunya parten de un marco constitucional que impide el ejercicio de este derecho. Previsiblemente, por tanto, en este caso la consulta tendrá que hacerse a partir de un marco legal internacional. Por otra parte, mientras las encuestas indican que la mayoría de los ciudadanos escoceses son partidarios de seguir en el Reino Unido, en Catalunya resulta factible que una mayoría de ciudadanos apoye la constitución de un Estado propio. Lo que tienen unos les falta a los otros.

Resulta flagrante el contraste entre las culturas políticas británica y española en términos de democracia, modernidad, derechos y respecto al pluralismo interno. Mientras los escoceses prepararán el referéndum en los próximos dos años y debatirán los pros y contras de cada posición, en Catalunya la principal tarea será asegurar la realización de la consulta, dada la hostilidad del marco constitucional español. Un objetivo básico del próximo Gobierno de la Generalitat será asegurar que el referéndum se haga, y con todas las garantías procedimentales y legales que lo legitimen internacionalmente. Para este objetivo contará con muchas complicidades de la ciudadanía y de la sociedad civil. Durante toda esta etapa tanto los ciudadanos escoceses como los catalanes seguirán siendo ciudadanos de la Unión Europea.

Etapa referéndum-proclamación formal del nuevo Estado. En el caso escocés, el proceso posreferéndum está descrito en detalle por diferentes informes (véase el firmado por Graham Avery, experto en temas europeos; sesión 2012-13, HC 643, accesible en la home page del Parlamento británico; ¡repito, no del Parlamento escocés sino británico!). De modo contundente se establece la irracionalidad y falta de realismo que supondría que Escocia quedara fuera de la UE para volver a ser admitida poco después. Se da por descontado que se establecería un procedimiento simplificado, tras el referéndum, para el acceso de Escocia como nuevo miembro de la UE (también se hizo un procedimiento simplificado, y muy rápido, en el caso de la Alemania unificada). Es un procedimiento muy diferente al del acceso de nuevos miembros a la UE. Escocia, se dice, no es Turquía. Hay derechos de ciudadanía europea que tienen que ser respetados. Cualquier otra cosa sería contradictoria con los valores de la Unión. Las modificaciones que introducir en los tratados serían mínimas (número de eurodiputados, votos en el Consejo).

Este procedimiento se haría en paralelo a la negociación entre los gobiernos de Londres y Edimburgo sobre los términos concretos de la separación. En esta segunda etapa transitoria se apunta que se podrían adoptar fórmulas de participación de Escocia en la UE, como tener voz sin voto en el Consejo, representación en las conferencias intergubernamentales, delegado en la Comisión, etcétera. Así, al final de esa etapa, se produciría simultáneamente la proclamación formal de la independencia y el acceso de pleno derecho a la UE.

Desprendido del referéndum, el caso de Catalunya se podría regular con un procedimiento similar. Por eso he propuesto que el referéndum en Catalunya se haga el mismo día que el de Escocia. Sería el día del referéndum Scot-Cat. Así, el proceso se europeizaría automáticamente. Y la respuesta prevista de la Unión Europea tendría que ser similar en los dos casos.

Ferran Requejo, catedrático de Ciencia Política en la UPF.

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