CGPJ: entre todos lo mataron

Llevo muchos años manteniendo que el problema de la democracia española es el desmesurado peso de los partidos en el entramado institucional. Si no se entiende este problema de fondo, no se entiende nada. Las formaciones políticas, lógicamente, tienen su papel importante, así lo reconoce la Constitución española en su artículo 6, pero la democracia no es partitocracia, aunque algunos lo intentan denodadamente. Los partidos no pueden, ni deben, estar metidos en todo: poder judicial, medios de comunicación, poder corrector (Tribunal Constitucional), consejos escolares, etcétera. Es triste tener que repetir en España todos los días que la democracia es esencialmente separación y control entre los diferentes poderes del Estado.

Respecto del penúltimo lamentable asalto al Poder judicial, a continuación, hablaré de él, viene a ser una consecuencia lógica de la deriva, si no pudrimiento, del sistema o procedimiento que se puso en funcionamiento en 1985 al reformar la muy sensata Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) de 1980 (Gobierno de UCD).

En el respeto al Poder judicial, y especialmente a su independencia, ningún partido político ha jugado limpio todos estos años, con la honrosa excepción de Ciudadanos; el único que ha trabajado con rigor y seriedad por su independencia, respetando, también el único, las pautas democráticas marcadas por Europa: ahí está el Diario de Sesiones del Congreso de los Diputados (DSCD, nº 85 de 24 de octubre de 2017, p. 18; nº 633 de 24 de octubre de 2018, p. 2 y nº 161 de 30 de octubre de 2018, p. 70). Dicho esto, vamos con los datos.

El PSOE es el principal responsable e impulsor del sistema de elección y composición del CGPJ desde 1985 hasta hoy. Fue el grupo parlamentario socialista, con la colaboración de Euskadiko Ezquerra (la conocida enmienda Bandrés) el que lo cambió respecto del modelo marcado por el art. 122 CE y desarrollado por el Gobierno de UCD en 1980. A partir de 1985, todos los vocales (20 es su número) pasan a ser elegidos por el Parlamento –una barbaridad democrática–; antes solo eran ocho, pues los jueces elegían a los otros 12. Y así ha sido desde entonces hasta hoy, principalmente porque así lo han querido PSOE y PP –los dos únicos partidos en el Gobierno estos años–, que no han tenido el más mínimo problema en invadir el órgano de gobierno de los jueces.

El principal argumento esgrimido por el PSOE se puede sintetizar en las siguientes palabras de marzo de 2011 de Francisco Caamaño, ministro de Justicia con el presidente Zapatero, en relación con una interpelación de UPyD: «Las Cortes son las únicas que pueden aportar la mayor legitimidad democrática dentro de un sistema parlamentario»; o, dicho con otras palabras, «en un Estado democrático nada tiene más legitimidad que el Parlamento». También hay otro argumento utilizado por el PSOE que el ministro resumió en los siguientes términos: «Dejar el CGPJ sólo en manos de los profesionales de la Justicia es un modelo de sufragio censitario con carácter gremial». Luego veremos qué opina la democracia europea al respecto, pero ambos argumentos no son compartidos por ningún órgano especializado del viejo continente.

A diferencia del grupo parlamentario socialista, el popular ha mantenido una postura más dual entre la teoría y la práctica, en el sentido de que nunca ha defendido el sistema que impuso la mayoría aplastante del PSOE en 1985. No olvidemos que el PP fue el impulsor del recurso de inconstitucionalidad por vulneración del artículo 122 CE. Además, en una gran parte de sus programas electorales y pactos en el Congreso de los Diputados –con Ciudadanos–, ha defendido una vuelta al sistema de 1980, más respetuoso con el texto constitucional de 1978.

Sin embargo, la realidad de su actuar parlamentario dista mucho de sus planteamientos teóricos. Desde 1985 hasta hoy, ha disfrutado de dos mayorías absolutas –Gobierno de Aznar entre 2000 y 2004, y Gobierno de Rajoy de 2011 a 2015– en las que podía haber realizado estos cambios y no lo hizo. Igualmente, ha votado en contra de las diferentes iniciativas en el Congreso de los Diputados que proponían un sistema similar o parecido al de 1980. En el fondo, el beneficio de repartirse con el PSOE el control del órgano de gobierno del poder judicial, pesó más que sus planteamientos teóricos.

Después de hacer un poco de necesaria memoria, vamos a la actualidad de la renovación de los vocales, cuyo mandato venció hace dos años. Si miramos atentamente, es más de lo mismo: la ya desatada batalla por el control del Poder judicial –a la que Podemos se suma con entusiasmo– en la que, lógicamente, pierden la Justicia y todos los españoles. Lamentable es que el PP no respete el artículo 122.3 CE cuando expresamente dice que los vocales serán «nombrados por el Rey por un periodo de cinco años». Parece poco discutible que cinco años no son siete. Pero igualmente lamentable es que la proposición de ley presentada hace pocos días por el PSOE/Podemos para reformar por vía de urgencia nada menos que la LOPJ, obviando para materia tan importante los informes de órganos consultivos y del propio CGPJ, se intente también vulnerar el artículo 122.2 CE que indica como funciones del CGPJ las siguientes materias: nombramientos, ascensos, inspección y régimen disciplinario. La reforma afectaría concretamente a la capacidad para realizar nuevos nombramientos.

La clave es que los árboles nos dejen ver el bosque; y resulta clarísimo que entre todos se están cargando la independencia del Poder judicial, que es el corazón de nuestro sistema democrático.

Son muchos los países democráticos que tienen los denominados Consejos de la Magistratura o de la Judicatura; en España, Consejo General del Poder Judicial. Son el órgano de gobierno de dicho Poder. En la mayor parte de los países, desde luego todos los de consolidada tradición democrática, en la elección de los miembros se sigue un sistema mixto: elección por los propios jueces y magistrados y elección por el Parlamento. Es sin duda el sistema más sensato y prudente, se evita tanto un posible corporativismo judicial como la siempre indeseable politización. Hay pues un equilibrio aconsejable y democráticamente saludable. Y así fue en España durante los Gobiernos de UCD y con el primer CGPJ (1980-1985). El sistema mixto de elección lo siguen Francia, Italia, Portugal, Bélgica y Grecia, por citar solo nuestro entorno más cercano. La realidad, esto hay que saberlo, es que somos una rareza en el ámbito de los países democráticos.

Dentro del ámbito del Consejo de Europa –que nace en 1949 para la defensa de los sistemas democráticos–, tristemente vulneramos todo tipo de recomendaciones, resoluciones o acuerdos. No quiero aburrir al lector, pero los datos son importantes para conocer nuestro bajísimo nivel democrático en materia de despolitización del gobierno de los jueces. Vulneramos:

1.– Recomendación CM/Rec(2010) 12 del Comité de Ministros a los Estados Miembros sobre los jueces: independencia, eficiencia y responsabilidades de 17 de noviembre de 2010, apartado 27.

2.– Los Informes desde el año 2014 del Grupo de Estados contra la Corrupción del Consejo de Europa (GRECO).

3.– La Carta Magna de los jueces europeos de 2010, apartado 13.

4.– Guía de la Red Europea de Consejos del Poder Judicial, apartado tercero, de la Red Europea de Consejos del Poder judicial (RECJ).

5.– Informe sobre la independencia del sistema judicial de la Comisión de Venecia (nace en 1990, jugó un gran papel en la elaboración de las constituciones de las democracias nacientes del Centro y el Este de Europa), especialmente su Parte I: la independencia de los jueces, punto 32.

Me preocupa enormemente lo que está pasando en España en esta última década. Parece que la democracia en Europa va por un lado y el Partido Popular /PSOE por otro. La dinámica de análisis político bipolar: izquierda/derecha, PSOE/PP como único argumento de razonamiento político, me parece mortal, casi enfermizo. Nos impide ver la realidad. Hay que obligar a estos dos partidos a cumplir con su deber democrático. Quieran o no, tienen que cambiar la elección de los 20 vocales del CGPJ y dejar de tomarnos el pelo como han hecho en todos estos años. Igualmente, respecto de la renovación de los mismos, si son cinco años conforme a la LOPJ, hay que respetarlo, sin más.

David Ortega es catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Rey Juan Carlos.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *