Costes salariales y reforma del mercado laboral

En una recesión el empleo tiende a caer proporcionalmente más o menos que el PIB en la medida que aumenten o se contengan los costes salariales reales. Así, la intensa subida de los costes salariales reales de nuestro país en 2008 y 2009 (2,3% y 4% respectivamente), muy por encima de la media de la UE (0,1% y 1,1%), ha exacerbado la destrucción de empleo durante la crisis, de manera que la pérdida de puestos de trabajo por unidad de caída del PIB ha sido en nuestro país más de tres veces superior a la media europea.

El comportamiento marcadamente procíclico de los salarios reales (suben tanto más cuanto más cae el PIB) y la consecuentemente brutal caída del empleo que acontece en las fases recesivas de nuestra economía obedece esencialmente a tres elementos singulares del marco regulatorio de nuestro mercado de trabajo que alejan su funcionamiento del de los países con cifras de paro más civilizadas que las nuestras.

En primer lugar, a la estructura de la negociación colectiva, que impone subidas salariales prácticamente homogéneas a todas las empresas de un sector sujeto a la misma, con independencia de su tamaño y demás condiciones específicas. Así ocurre que empresas con elevados niveles de productividad o cuyos costes laborales representan una proporción relativamente pequeña de los costes totales en relación con la media del sector, y cuyo tamaño y relevancia les puede llevar a valorar en exceso la paz sindical, aceptan aumentos salariales que son letales para mantener el empleo en muchas de las restantes empresas del sector. Ésta es la causa última de que los sindicatos puedan imponer subidas de salarios nominales que, como mínimo, sean ex post iguales a la inflación en periodos de dura recesión económica y sin descontar de la inflación la parte debida a subidas del precio del petróleo o de los impuestos.

Éste es un problema que no se resuelve mediante cláusulas de descuelgue que son siempre limitadas, difíciles de activar y transitorias, sino mediante cláusulas de "cuelgue". Esto es, la legislación laboral debería reformarse de manera que cualquier acuerdo salarial entre sindicatos y empresas sea aplicable únicamente a las empresas que voluntariamente y ex profeso decidan adherirse al mismo.

En segundo lugar, está el problema de los desorbitados costes de despido de los trabajadores fijos, el grueso de nuestra fuerza de trabajo, que aumentan excesivamente los costes salariales inherentes a los inevitables ajustes de plantillas que se efectúan durante la crisis. Los elevados costes de despido merman las posibilidades de inversión de las empresas, restringen la movilidad de los trabajadores y suponen también altos costes de contratación que establecen una elevada barrera al empleo, reduciendo así la sensibilidad de los salarios al nivel de paro y a las condiciones generales de la economía.

En tercer lugar, el marco legislativo ofrece márgenes irrisorios, en comparación con los de otros países, a la flexibilidad de jornada, de las modalidades de trabajo y de la movilidad funcional y geográfica de los trabajadores, con lo que se bloquean los ajustes de los costes laborales por hora trabajada y se fomenta el ajuste vía destrucción de empleo.

La reacción habitual de los representantes sindicales y de otras voces que consideran más progresista aumentar el paro que instrumentar reformas que ante una recesión mermen el poder adquisitivo de los asalariados, consiste en despachar esas opiniones tildándolas de antisociales y "economicistas". Con estos calificativos, que habitualmente se aplican a cualquier propuesta que no concuerde con las suyas, se sugiere que los razonamientos son meramente teóricos y no están anclados en el mundo real, un mundo cuya verdadera configuración sólo ellos conocen y cuyas reglas de justicia les pertenecen. Acaso inadvertidamente, sin embargo, a veces responden a los planteamientos que demandan la contracción de los salarios reales con "economicismos" sui géneris. Por ejemplo, sostienen que una congelación o caída pronunciada del ritmo de aumento anual de los salarios nominales haría caer proporcionalmente el ritmo de aumento de los precios y por tanto no beneficiaría a las empresas.

Por otro lado, argumentan que una caída de los salarios reales reduciría el consumo privado y con ello dañaría la demanda de las empresas. Nótese que si el primer argumento fuera válido no deberían preocuparse por el segundo ya que, según ellos, la moderación de los salarios nominales no produciría caída alguna de los salarios reales.

Una congelación o caída significativa del ritmo de crecimiento de los salarios nominales no afectaría en absoluto al ritmo de avance del precio de los bienes comerciables, ya que dicho precio se determina en los mercados internacionales y sería decisiva para que las empresas que operan en estos mercados pudieran mejorar su competitividad sin reducciones drásticas del nivel de empleo. Incluso en las empresas que operan en los mercados de bienes no comerciables, la congelación o moderación de los salarios nominales no llevaría a bajadas proporcionales de sus precios, entre otras razones porque el comportamiento de estos precios depende de la política monetaria del BCE y porque los costes salariales no son los únicos costes variables relevantes para muchas empresas.

En cuanto al segundo argumento, las subidas o el mantenimiento del poder adquisitivo de los salarios sólo tienen un impacto neto positivo sobre el consumo privado y la demanda de las empresas en la medida que no generen desempleo, y acentúen con ello el temor a perder el puesto de trabajo, y en la medida que no erosionen las expectativas de beneficios y debiliten con ello la inversión privada. La exagerada caída del consumo de las familias en 2009, mucho más intensa de la justificada por la evolución de la renta disponible real, se debe en buena parte al temor a la pérdida de sus puestos de trabajo desatada por la intensa destrucción de empleo ocasionada en dicho año, destrucción que parcialmente es atribuible al aumento de los salarios reales en el periodo.

Aunque pueda resultar paradójico para algunos, cuanto más rígidos a la baja sean los salarios reales y mayor sea el peso del ajuste soportado por el nivel de empleo menores serán las posibilidades de crecimiento a medio plazo de los salarios reales. Esto es así porque un volumen muy elevado de paro antes o después ejerce una poderosa presión a la baja sobre los salarios reales. Pero, sobre todo, porque las subidas de los salarios reales en una recesión expulsan al paro a muchos trabajadores que pierden capital humano y productividad en proporción a la duración del desempleo y sólo se podrán recolocar percibiendo salarios que reflejen esta menor productividad. Los salarios reales que en cualquier economía se pueden pagar a un trabajador no dependen de lo que unos u otros consideren que deba ganar, sino de su productividad, esto es, de su capacidad de contribuir a la producción que la empresa pueda vender a precios de mercado.

La reforma del mercado de trabajo llegará ya tarde para evitar la pérdida de empleo y el paro masivo acumulados hasta el momento. Pero una reforma profunda es urgentemente necesaria para acelerar la recuperación del empleo por unidad del PIB y alentar la recuperación económica. Es imprescindible, por eso mismo, para reducir el déficit público y evitar daños irreparables a nuestro sistema financiero. Es, además, perentoria para recuperar la credibilidad de los mercados financieros internacionales, de los que nuestra economía depende más que casi cualquier otra, reduciendo así los costes de financiación de empresas y sector público y aliviando nuestra extremada vulnerabilidad a las tensiones que azotan hoy y seguirán azotando mañana a países con los que no nos queremos comparar.

José Luis Feito, presidente del Instituto de Estudios Económicos.