De la memoria a la concordia

Los sobresaltos en la política exterior del Gobierno vienen sucediéndose con una cadencia anómala: retraso operativo en el caso de los españoles retenidos en Chad, desconcierto en la Cumbre Iberoamericana y ahora ante el desafío de Chaves de «congelar» las relaciones con España, cierto papel de comparsa de España en la Unión Europea, falta de previsión sobre la reacción de Marruecos ante la visita de los Reyes a Ceuta y Melilla, descarte a las primeras de cambio del general Sanz Roldán como candidato a la presidencia del Comité Militar de la OTAN, la persistencia de la hostilidad del antes amigo americano, etcétera.

En este contexto, ¿qué pasa con ese aspecto clave de la Política exterior que son las relaciones con la Santa Sede? Los últimos acontecimientos en Roma -beatificaciones y nombramientos de cardenales españoles- parecen apuntar a un deshielo. Para entenderlo, conviene repasar lo acaecido. En España, las relaciones entre el Estado y las iglesias no siempre han sido fáciles. Es natural, ya que entre lo espiritual y lo temporal hay muchas veces una delgada línea roja, y allí donde existen fronteras borrosas suelen darse conflictos.

Sin embargo, durante el Gobierno de Rodríguez Zapatero -por lo menos durante sus tres primeros años- esos conflictos se han multiplicado excesivamente. Con todos mis respetos, me parece que la posición del líder socialista frente a las iglesias (no sólo la católica) ha tenido etapas en que se asemejaba a los utópicos franceses del siglo XIX. Mientras el mundo -incluida Europa- evoluciona hacia posiciones de mayor valoración del hecho religioso, Zapatero parece recorrer un camino hacia atrás. En estos años ha dado la impresión de querer volver a meter a Jonás en el vientre de la ballena. Es decir, relegar sutilmente la religión a las catacumbas sociales. Le ocurrió lo que a Bill Clinton en los primeros meses en la Presidencia. Su inexperiencia le condujo a actuaciones precipitadas de las que en sus memorias se arrepiente. Muchos norteamericanos -confiesa- le achacaron que «era un radical encubierto, al que le habían arrancado su máscara de moderación». Probablemente, en su reciente visita a Zapatero en La Moncloa, Clinton le habrá aconsejado mesura a la vista de su propia experiencia.

Esta actitud de Zapatero ha producido reacciones enérgicas por parte de los católicos españoles. Cuando diversas organizaciones familiares y sociales se lanzaron a la calle en defensa de la familia y de la libertad de educación, era la natural reacción cívica de quienes veían derechos fundamentales amenazados por leyes del Gobierno. Entre los millones de ciudadanos presentes en esas manifestaciones populares se encontraban algunas autoridades eclesiásticas. Nada del otro mundo, si se tiene en cuenta que familia y educación son dos símbolos de la defensa de libertades esenciales que la Iglesia entiende como no negociables. Tampoco puede extrañar que ante leyes como las del matrimonio entre personas del mismo sexo algunos jueces y secretarios de juzgado plantearan objeción de conciencia, negándose a celebrar o asistir a esos matrimonios.

En áreas geográficas muy diversas, las colisiones graves entre conciencia y ley originan legítimas reacciones de resistencia que muchas veces desembocan en objeciones de conciencia, recurso jurídico globalizado y asumido por juristas de todo el espectro jurídico. Esto explica también la eclosión de objeciones de conciencia en padres de familia descontentos con una asignatura obligatoria impuesta por el Gobierno: Educación para la Ciudadanía. Junto a contenidos razonables, el problema de conciencia ha surgido con otros contenidos de esa asignatura contrarios a las convicciones morales de los padres. No hay que rasgarse las vestiduras, si se piensa que dos recientes sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (ambas de este año 2007) acaban de dar la razón a demandas de padres objetores contra asignaturas obligatorias impuestas por Noruega y Turquía, contrarias a convicciones filosóficas o religiosas de dichos padres. Es natural que en España se produzcan reacciones similares.

Tales reacciones fueron descritas por la Sociología de uno u otro signo, como «de apertura» a valores esenciales de la dignidad humana. En este sentido, la pasada beatificación de casi medio millar de mártires católicos del siglo XX contribuyó, paradójicamente, más a suavizar tensiones que a acentuarlas. Por parte de la Iglesia católica se advirtió un exquisito cuidado de que los mártires beatificados no fueran utilizados como arma arrojadiza (ya sea ideológica, política o histórica) contra nadie. Por eso Benedicto XVI utilizó las palabras «misericordia, reconciliación y convivencia pacífica» para exhortar a los asistentes a la ceremonia de beatificación. Por su parte, el Gobierno envió una nutrida representación, encabezada por el ministro Moratinos, que llegó a calificar de «histórica» esa beatificación. Efectivamente, es una historia que conecta con la llamada Ley de Memoria Histórica, que acaba de debatirse en el Pleno del Congreso de los Diputados y está en trámite parlamentario en el Senado.

La coincidencia del acto de beatificación en Roma con el inicio del debate aludido fue fortuita. Sin embargo, pudiera ocurrir que esta ley remueva conflictos que los españoles habíamos cerrado en la transición de la dictadura a la democracia. No obstante, la prudencia de algún partido nacionalista, la receptividad del partido en el poder y la flexibilidad del mayor partido de la oposición, han suavizado esas heridas. Inicialmente, en el Proyecto de Ley enviado por el Gobierno socialista a las Cortes, estas lesiones eran más patentes, al no incluir expresamente el reconocimiento de los derechos de quienes habían padecido persecución o violencia por razones religiosas durante la Guerra Civil española.

No obstante, por presión de CiU, el Gobierno accedió a incluir también a los perseguidos por «razones religiosas». Acto de distensión que permitió, por ejemplo, que los mártires que acaban de ser beatificados también puedan tener derecho a obtener «una Declaración de reparación y reconocimiento personal», de la que habla el artículo 2 del Proyecto de Ley. De ahí el clima de entendimiento y cordialidad en que se desarrolló la ceremonia entre autoridades eclesiásticas y la representación española. Clima que parece estabilizarse por la última modificación hecha en el Congreso al aprobarse la Ley de Memoria Histórica en relación con las placas conmemorativas de la Guerra Civil.

Una enmienda transaccional -también impulsada por CiU- exonera de la obligación de retirar esas placas en los supuestos en que concurran también razones «artístico-religiosas protegidas por la ley». Un capotazo final que aminora futuros conflictos entre Iglesia y Estado. Es evidente que el Gobierno desea ofertar otra muestra del deshielo preelectoral con la asistencia de la vicepresidenta De la Vega a la investidura de los tres nuevos cardenales españoles. Los discursos intercambiados en la Embajada española también parecen moverse en esa dirección.

Sin embargo, y volviendo al Proyecto de Ley aprobado por el Parlamento, la discriminación persiste en algún aspecto. Me refiero a la declaración de nulidad de los juicios sumarísimos en el ámbito de la jurisdicción militar franquista de la inmediata posguerra. Tal declaración individual de nulidad sólo se puede obtener a través de un recurso extraordinario de revisión ante el Tribunal Supremo, que requiere la natural documentación previa. Pero así como en la España franquista las injusticias que cometieron sus órganos judiciales quedaron al menos documentadas en los juicios sumarísimos o Consejos de Guerra, no puede decirse lo mismo de la otra zona. En la llamada zona roja, además de las documentadas condenas sumarísimas dictadas por los llamados Tribunales Populares, se cometieron asesinatos y tropelías al margen de toda intervención judicial y militar. Difícilmente, pues, podrán obtener la declaración de nulidad de su condena los familiares de estos damnificados o asesinados, que precisamente lo fueron sin procedimiento ni sentencia previa.

En realidad, vista desde una perspectiva jurídica, la Ley de Memoria Histórica no parece necesaria. Ya la legislación anterior reconocía la situación de las víctimas de la Guerra Civil. Así, la Ley 5/79, de 18 de septiembre, establecía las compensaciones económicas a recibir. Para la modificación de las mismas, habría bastado un simple decreto de actualización. En cuanto a la condena del franquismo, ya el Real Decreto 1891/04, de 10 de septiembre, creó una comisión con ese objetivo, adscrita al Ministerio de la Presidencia a través de su Subsecretaría, y presidida por la vicepresidenta primera del Gobierno. También la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa hizo una condena en similares términos, cuyo texto fue aprobado el 17 de marzo de 2006 en París. Por último, en lo relativo a la derogación de las leyes franquistas, la Disposición Derogatoria de la Constitución del 78 se encarga de privar de efectos a cuanta legislación se oponga al texto constitucional.

En relación con la legislación que directa o indirectamente se refiere a la Iglesia, una cuestión que viene planteándose intermitentemente en España es la conveniencia -según algunos sectores radicales del Partido Socialista- de la sustitución o supresión de los acuerdos vigentes en España entre la Santa Sede y el Estado. La razón que suelen aducir es la de «adecuar los Acuerdos a la Constitución», en el caso de simple revisión, o bien el sometimiento de la Iglesia Católica a la legislación común, en caso de denuncia de los Acuerdos.

Esta posición no parece razonable. Por un lado, la firma de los Acuerdos (1979) fue posterior a la aprobación de la Constitución de 1978. Por otro, las dos veces en que el Tribunal Constitucional español ha debido pronunciarse sobre cuestiones directamente relacionadas con los Acuerdos (control de los profesores de religión en las escuelas por parte de las iglesias y constitucionalidad del cuerpo de sacerdotes que atienden a las Fuerzas Armadas) ha decidido a favor de su constitucionalidad. Y respecto al sometimiento a la legislación común, en alguna ocasión he calificado esta postura de «anacrónica». Hoy vivimos en todos los ámbitos sociales un autentico revival de leyes especiales. Que el hecho religioso tenga la suya es una muestra de sentido común y jurídico.

Pero si esas posturas no son razonables desde el punto de vista jurídico, tampoco lo son desde la perspectiva política. Tanto el Estado como la Iglesia han buscado formas imaginativas para que, sin iniciar un proceso oficial de revisión de los Acuerdos, de hecho se alteren algunos contenidos. Eso ha ocurrido, por ejemplo, con el sistema de financiación de la Iglesia católica, que acaba de sustituir un sistema mixto de asignación tributaria y dotación estatal por otro exclusivamente tributario. Este es el buen camino. Posiciones de intransigencia política y jurídica probablemente crearían una grave crisis en las relaciones Estado-Iglesia que, si tienen hoy altibajos, ambas partes desean mantener. Se ha demostrado en los intentos por parte de todos de llevar la memoria por caminos de concordia.

Rafael Navarro-Valls, catedrático de la Universidad Complutense y coautor del libro Estado y Religión. Textos para una reflexión crítica.