¿Debe pagar alguien que alquila en AirBnB los mismos impuestos que un hotel?

Empresas bien conocidas como Uber y AirBnb forman parte de lo que se ha denominado "economía colaborativa". Esto es, actividades económicas realizadas a través de una plataforma en línea que permite a otros acceder al uso (que no a la propiedad) de bienes o servicios.

En la economía colaborativa, las transacciones se caracterizan por involucrar a personas físicas (generalmente no participan empresas) y por no conllevar un cambio en la propiedad de activos (a diferencia de lo que sucede con el comercio en línea). Aunque el volumen de la economía colaborativa es aún relativamente pequeño, con ingresos globales estimados por PricewaterhouseCoopers (PwC) en 15.000 millones de dólares estadounidenses en 2014, su crecimiento ha sido exponencial. La misma consultora estima que este sector podría alcanzar los 335.000 millones de dólares en 2025.

Esta nueva forma de negocio ha generado mucho interés por su potencial para incrementar la eficiencia económica. Las plataformas que se utilizan reducen significativamente ciertas fallas de mercado y pueden aumentar los niveles de producción de una economía, al permitir un uso más intensivo de los bienes de capital y del trabajo.

La economía colaborativa supone un choque importante respecto a los modelos de negocio tradicionales, y por ello presenta retos importantes para la política y administración tributaria. Los principales desafíos tienen que ver con la equidad y la eficiencia, y especialmente con la igualdad en el tratamiento impositivo y a la facilidad de participación en el mercado.

Porque la política tributaria debe procurar que actividades e ingresos equivalentes sean gravados de manera similar, independientemente del modelo de negocio. Así se evita la aparición ventajas tributarias que distorsionen la asignación de recursos entre los distintos modelos de negocio.

Un buen ejemplo de tratamiento desigual se da actualmente en muchas ciudades del mundo en los mercados de servicios de alojamiento, como consecuencia de los impuestos al turismo. Así, mientras los hoteles deben pagar impuestos específicos sobre sus ingresos, los ingresos a través de la llamada economía colaborativa pueden no estar gravados, generando una ventaja para esta última.

En lo referente a la facilidad de participación en el mercado, es importante considerar que muchos oferentes en la economía colaborativa participan de manera esporádica y por periodos cortos de tiempo. En este tipo de negocios, si un oferente —por ejemplo, alguien que ofrezca su casa en AirBnB— está obligado a darse de alta en regímenes tributarios o cambiar de régimen, es posible que se desanime y no participe, afectando negativamente a la eficiencia económica.

En la relación laboral entre los oferentes de servicios y la plataforma colaborativa también surgen temas de eficiencia y equidad. Existe, por ejemplo, un debate sobre si los chóferes de Uber deben ser considerados empleados o trabajadores por cuenta propia.

Esto es importante, sobre todo para decidir si la plataforma está obligada a realizar contribuciones a la seguridad social, además de las retenciones fiscales que correspondan. Estas plataformas suelen argumentar que no son empleadores y que los conductores son autónomos que trabajan por cuenta propia. Sin embargo, a finales de 2016, un Tribunal de Empleo del Reino Unido determinó lo contrario en el caso de Uber. La decisión del tribunal, que ha sido apelada por la empresa, tuvo en cuenta que Uber entrevista y recluta trabajadores, instruye a los mismos sobre cómo hacer su trabajo y les obliga a cobrar una tarifa determinada.

Por último, la política tributaria debe buscar reducir la posibilidad de que plataformas ubicadas en el exterior erosionen la base tributaria, llevándose los beneficios a países con baja imposición a la renta corporativa o empresarial. Porque este fenómeno puede generar importantes pérdidas de ingresos. Por ejemplo, en España, AirBnB gestiona más de 35.000 viviendas en alquiler, pero pagó solo 81.000 euros en impuestos en 2015.

Además de estos retos para la política tributaria, hay otros en lo que se refiere a la administración y recaudación de impuestos. El principal, a corto plazo, es asegurarse que los oferentes declaren sus ingresos en la economía colaborativa y paguen los tributos correspondientes.

Para ello, varias administraciones tributarias han desarrollado estrategias para facilitar el cumplimiento de estas obligaciones fiscales. Algunas se han relacionado directamente con las plataformas para obtener información, o para lograr que estas actúen como agentes de retención o facilitadores del cumplimiento.

La ciudad de Ámsterdam, por ejemplo, llegó a un acuerdo con Airbnb para que esta retenga el impuesto al turismo. Francia, para facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias, requiere que las plataformas envíen anualmente a cada individuo que prestó servicios a través de ellas un resumen de los ingresos generados, indicándoles además cuánto deben pagar por los distintos impuestos aplicables. Estonia, por su parte, utiliza información de las plataformas de servicios de transporte para enviar a los contribuyentes formularios impositivos ya completos que les permiten pagar sus impuestos con el mínimo esfuerzo.

La llamada economía colaborativa tiene potencial para generar nuevas oportunidades de negocio, con beneficios tanto para los trabajadores como para los consumidores. Al mejorar la asignación de recursos, puede llevar a aumentos en la productividad. Las nuevas oportunidades de trabajo, los arreglos laborales flexibles y las nuevas fuentes de ingresos también pueden apoyar a crear el empleo y a reducir la pobreza y la informalidad.

Y precisamente dado ese potencial para el bienestar de los ciudadanos, es importante que los impuestos no se vuelvan un obstáculo para su desarrollo. Las autoridades relacionadas con la política y administración tributaria deben buscar simplificar el cumplimiento tributario en este sector, minimizando al mismo tiempo los efectos negativos sobre los modelos de negocio tradicionales.

Alejandro Rasteletti es especialista de la División de Gestión Fiscal del Banco Interamericano de Desarrollo (BID). Síguenos en el blog RecauDando Bienestar.

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