Decencia y siniestralidad

Por Jaime Gil, Fiscal Coordinador de Siniestralidad Laboral de la Fiscalía del TSJ (EL PAÍS, 24/04/06):

El Director General de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), Julián Somavia, recordó hace poco que aunque en la última década el empleo mundial ha crecido el 25%, la mitad de los trabajadores del mundo son pobres y advirtió de que esta situación acabará afectando a todas las sociedades, porque los trabajadores de los países que carecen de empleo buscan salida en los más desarrollados. Los trabajadores del primer mundo sufren una degradación de sus condiciones laborales con el aumento de la precariedad. Preguntado por "recetas mundiales" contra esto, apuntó que la mayoría de los estados concentran sus esfuerzos en la estabilidad macroeconómica, olvidándose del empleo, pero no cualquiera, sino de la potenciación de políticas de empleo de calidad, de empleo "decente".

La palabra "decente" me hizo reflexionar: es una palabra que cada vez usamos menos, a la que se acude cada vez menos. Si examinamos su contenido, vemos que en materias como el empleo, debemos rescatarla para su utilización enfática. Según el Diccionario de la Real Academia Española, decente tiene una primera acepción equiparable a honesto, justo o debido, y, en otra, a digno, o que obra dignamente, de buena calidad o en cantidad suficiente.

La decencia en el empleo es un objeto que generará muchos beneficios sociales, la disminución de la alarmante siniestralidad laboral, que tristemente coloca a nuestro país a la cabeza de Europa, por un evidente incumplimiento de la legislación sobre prevención de riesgos laborales.

Muchos son los factores que influyen en esta alta siniestralidad. La sociedad, todos, tenemos que poner todas nuestras energías, para contradecir la, a veces, triste realidad de que el accidente laboral. Es, como dijo Ignacio Ramonet, en junio de 2.003 en un artículo de Le Monde Diplomatique titulado Mourir au travail "un impuesto de sangre que paga el trabajador al empresario" y lo decía porque en Francia en el 2003 murieron 780 trabajadores, cuando en España en 2004, murieron 955 y 990 en el 2005, lo cual nos sitúa a la cabeza, con Portugal, de los mayores índices de siniestralidad de la Unión Europea (6.728 accidentes de trabajo por cada 100.000 ocupados), cuando en el área Euro está en unos 4.000, aún muy lejos de los 1.204 de Irlanda o Suecia.

Inversamente proporcional a un trabajo decente está un trabajo precario, que hunde sus raíces en la proliferación de contratos temporales, empresas de trabajo temporal, trabajadores autónomos que trabajan en realidad para una única empresa a la que prestan sus servicios, trabajo a destajo y, sobre todo, las subcontratas. El fenómeno de las subcontratas está alcanzando en nuestro país y nuestra Comunidad, dimensiones tales que en obras en construcción, los trabajadores no saben ni para quién trabaja su compañero de al lado ni de quién es la obra. Ante esta realidad, la precariedad, la falta de formación e información del trabajador sobre su puesto de trabajo, su temporalidad y la falta de coordinación hacen el resto para que el accidente laboral se proyecte como una consecuencia natural del fenómeno indicado; la cadena de subcontratas puede llegar a catorce o quince empresas en la construcción.

Esperemos que los cambios legislativos anunciados sobre una Ley que limite la subcontratación a tres niveles y un aumento de las plantillas fijas, sean instrumentos idóneos para aumentar la seguridad laboral y se pueda terminar con realidades que calificaríamos de capitalismo salvaje en la construcción, con empresas con más de cien empleados de oficinas, pero sin un solo albañil en plantilla.

Por todo ello, no es decente, en muchas ocasiones, intentar trasladar la responsabilidad del accidente laboral al trabajador, sin analizar si la "auto-puesta" en peligro del operario es un acto libre y culpable del mismo o es una consecuencia coaccionada por la precariedad de su puesto de trabajo, pues en ocasiones es tanto o más lesivo para el trabajador al que se le han facilitado los equipos de protección individual o colectivos, que no se le proporcione la información precisa acerca de los riesgos existentes en el conjunto de la empresa y su concreto puesto de trabajo y una formación suficiente en relación a las medidas que se han adoptado o deban adoptarse a fin de protegerse frente a los mismos.

La posición del Ministerio Fiscal es clara, desde la creación con la Instrucción 1/2001 de 9 de Mayo de los Servicios de siniestralidad en las Fiscalías y se ha reforzado con la reciente creación y nombramiento de un Fiscal de Sala de Siniestralidad laboral, que coordinará a nivel nacional esta materia.

La sociedad española, como dijo recientemente el Fiscal General del Estado, debe conciliar el progreso con la seguridad en el trabajo. El Ministerio Fiscal está dispuesto a dedicar a ello su máximo esfuerzo y, añadiré, decentemente, "con honestidad, modestia y moderación".