Defensa de la eutanasia

La profesora Ana María Marcos del Cano, buena y querida colega, publicó recientemente (EL MUNDO, 6 de abril de 2019) un artículo crítico con quienes pretenden legalizar la eutanasia y, en particular, con la proposición de ley presentada por el grupo socialista durante la última legislatura, que no llegó a ser tramitada. Los que se muestren partidarios de una ley de eutanasia, como es mi caso, harían bien en leerlo y en preguntarse si son capaces de desvirtuar los argumentos que engrana la profesora de la UNED. Es lo que voy a intentar aquí.

Cuidados paliativos y eutanasia

Para empezar, A. M. Marcos lleva toda la razón en una cosa: hemos de prestar mucha más atención a las personas dependientes y, en particular, a los cuidados paliativos. El cuidado de nuestros mayores es uno de los agujeros negros de nuestra comunidad: faltan residencias, falta personal, faltan ayudas a los cuidadores privados (casi siempre sus familiares más directos). No se puede aprobar una ley de dependencia que después quede en papel mojado ante la falta de financiación, o que discrimine a unos ciudadanos respecto de otros en función de la comunidad autónoma en la que residan. Es indecente que nos encontremos con tantas dificultades en el ocaso de nuestra vida, precisamente cuando más débiles somos, y también lo es que tantas personas (tantas mujeres, sobre todo) hayan de sacrificar los últimos buenos años de sus vidas para cuidar de los demás en condiciones muy precarias. En particular, los cuidados paliativos (hospitalarios o a domicilio) han de potenciarse mucho más, tanto más cuanto que cada vez será mayor el número de los que necesiten de ellos.

¿Hay tal cosa como una "buena muerte"?

Sin embargo, y aquí comienza mi discrepancia con A. M. Marcos, una cosa son los cuidados y otra es la eutanasia. La eutanasia no es una alternativa a los cuidados paliativos (o a los cuidados en general) sino una solución posible a un problema distinto: el de quienes desean la muerte en vez de seguir viviendo. La clave del asunto es precisamente esta: la de si es legítimo desear la muerte en determinadas circunstancias, la de si la muerte puede ser mejor que la vida. Y esto es independiente de la cuestión de los cuidados.

Pues bien, hay circunstancias en las que la muerte puede ser la mejor opción. No hemos de olvidar ese concepto tradicional de la "buena muerte", según el cual hay buenas y malas formas de morir, mejores y peores momentos. La regulación de la eutanasia debe tener ese objetivo: permitir que sea cada uno el que determine cuál es el mejor momento para morir, para que la suya sea, dentro de lo posible, una buena muerte. Por eso, no es cierto que un "derecho a morir" suponga contradicción alguna, porque morir puede ser una cosa buena. ¿Cuántas veces no hemos oído estas palabras en un funeral?: "Es lo mejor que le podía haber pasado". Y no es sólo una frase retórica, sino la expresión de una verdad evidente para muchos.

¿Situaciones terminales o también discapacidad crónica?

La eutanasia, y en esto tampoco estoy de acuerdo con A. M. Marcos, no ha de reservarse para las situaciones terminales. Precisamente por ser terminales, estas situaciones no son las más problemáticas, puesto que la muerte estará cerca en todo caso, sino aquellas de "grave discapacidad crónica", donde la persona ha perdido gran parte de su autonomía, o toda ella; donde, digámoslo claro, la persona ha dejado de ser la que era en buena medida. Qué duda cabe que en estas situaciones se nos revelan nuevas formas de relación con nuestros seres queridos, y acaso una verdad más honda: nuestra radical interdependencia, que debería abonar formas más solidarias de vida. Pero de aquí no se sigue que hayamos de renunciar a la eutanasia: desear la muerte de un ser querido puede ser la muestra más elevada del amor que le profesamos.

¿Qué es lo indigno?

Invocar la dignidad humana como freno a la eutanasia me parece un uso desorientado del concepto. La esencia de nuestra dignidad radica en nuestra libertad, o capacidad para decidir sobre los aspectos y momentos principales de nuestra vida, y el acto de morir es uno de los más relevantes. Lo que resulta indigno es el espectáculo de la degradación más allá de lo tolerable. La muerte que es el resultado de una decisión consciente y acorde con las circunstancias no es nunca un acto indigno, ni lo es ayudar a morir a quien así lo ha decidido.

Porque la eutanasia, en efecto, no destruye la autonomía, sino que supone la última instancia de su ejercicio, cuando éste todavía es posible, bien porque el enfermo esté en condiciones de decidir, o bien como ejecución de su voluntad previamente expresada en un testamento vital. Es cierto que estos documentos aún no se han generalizado, pero también lo es que una ley que regulara la eutanasia animaría a muchos a redactarlos, para que su muerte sea conforme a los principios que han regido el resto de su vida.

Permitir la eutanasia en determinados supuestos me parece tan razonable, tan compatible con nuestras convicciones más arraigadas, que no tengo dudas de que así sucederá más pronto que tarde. De nuevo, Ana María Marcos acierta en que esa nueva regulación sólo puede ser el resultado de un debate abierto, pausado y reflexivo. Sólo añadiré que se trata, también, de un debate urgente que no admite ya más demora.

Ricardo García Manrique es profesor titular de Filosofía del Derecho y miembro del Observatorio de Bioética y Derecho de la Universidad de Barcelona.

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