Derecho contra delirio

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha confirmado, tras un maratón jurídico con etapas en el Supremo y el Constitucional españoles, que la ilegalización de los satélites de ETA es adecuada desde los criterios jurídicos más exigentes. Las sentencias acortan la distancia entre la realidad que percibe el sentido común y la fantástica que viven quienes encuentran explicaciones a crímenes odiosos y aceptan el voto de sus partidarios. Con el fallo del TEDH, que 'no es final porque sea infalible, pero es infalible porque es final', resulta aún menos racional esperar que la opinión internacional sea sensible a las narraciones de una historia inventada, delirantemente proyectada hacia el futuro, pero basada en un presente de terrorismo muy real.

El Tribunal sigue un método cuidadoso. Empieza por explicar el alcance de los derechos afectados, se pregunta luego si las acciones del Estado demandado estaban predeterminadas por la ley, si eran necesarias en una sociedad democrática para mantener la seguridad pública, el orden jurídico y los derechos de los demás, si había una necesidad social imperiosa de adoptarlas y si han sido proporcionadas. Prohibir un partido es un posibilidad restringida a casos excepcionales, de amenaza real, de formaciones políticas que provoquen la violencia o persigan fines que conserven la apariencia de una democracia, pero la vacíen de contenido privando de derechos o protección a una parte de los ciudadanos.

Valorando los comportamientos de los partidos ilegalizados y las manifestaciones de sus dirigentes, el TEDH concluye que sus fines ofrecen en conjunto la imagen clara de un modelo de sociedad netamente contrario al de una sociedad democrática: instrumentos en la estrategia de ETA, alimentan un clima de confrontación social -un clásico del totalitarismo para destruir la confianza de la sociedad, la propia posibilidad de un gobierno democrático- y completan políticamente la acción terrorista. Los partidarios de Batasuna y sus defensores en el proceso dicen que la prohibición demuestra la baja calidad de la democracia española. Claro, cabe preguntarse qué calidad tiene una democracia cuyos empresarios y concejales, periodistas y jueces, profesores y militantes democráticos tienen que llevar escolta, arrodillarse ante sus coches por si hay una bomba, interpretar pintadas y campañas por si están 'señalados' y tienen que emigrar o jugarse la vida.

La amenaza no es una exageración, los terroristas han asesinado a ingenieros y guardias civiles, a militares y gente que hacía la compra, a sus hijos cuando les acompañaban o dormían en su casa. La sentencia quizá ayude a los amodorrados entre el 'qué horror los crímenes y qué bien los votos' a preguntarse qué sería de ellos en un Estado libre asociado como el de Irlanda en los años 20, regido por pistoleros de ETA o sus portavoces de peinado a tazón y pendiente; a decidir si prefieren la ilusión de una independencia tecno-folclorista o la realidad de una autonomía privilegiada en un país decente que no tiene ganas, medios ni posibilidades de oprimirles.

Las sentencias son una alegría para quienes saben que la democracia debe defenderse con el Derecho: lo que hace España de manera ejemplar desde hace muchos años, con un consenso social enorme. Son un reconocimiento al trabajo de abogados del Estado, fiscales y jueces, a la policía judicial, al Supremo y el Constitucional, que usan la técnica y el modo de razonar del Tribunal Europeo. Es un homenaje al juez Lidón, a Carmen Tagle, a Tomás y Valiente, a los cientos de guardias civiles y policías (también autonómicos) asesinados, héroes -dicen bien la viuda y el hermano del inspector Puelles- de un país que se enfrenta al terrorismo sin haber perdido la cabeza antes ni después del 11 de Septiembre de 2001.

La Ley de Partidos tiene muchos padres, es fruto de un trabajo conjunto que honra al PP y al PSOE. Las sentencias respaldan su colaboración para un Gobierno vasco que se ocupe de lo importante, en la forma actual o en una coalición que nada impide: el ámbito autonómico existe para eso. Los abuelos de la ley son alemanes: la Ley Fundamental germana declara inconstitucionales los partidos que por sus fines o por el comportamiento de sus miembros tiendan a desvirtuar o eliminar el ordenamiento constitucional democrático o a poner en peligro la existencia de la República; su Tribunal Constitucional prohibió en 1952 el Partido Socialista del Reich, nazi, y en 1956 el KPD, comunista, pero no el neonazi NPD en 2002 porque el caso no estaba bien fundado. La ley española, su aplicación por el Supremo y el Constitucional y las sentencias del Tribunal Europeo forman un código negativo de conducta política, de lo que no se puede hacer, de lo que no vale.

La sociedad europea ha aprendido mucho del siglo XX, sabe que debe conciliar la libertad y el pluralismo con la protección de los derechos fundamentales y la propia democracia. Alemania mantiene un sistema educativo atento y crítico, prohíbe actitudes que conduzcan a la deshumanización de los otros, a la violencia social, al nazismo otra vez. En Berlín, los desfiles de los nazis dieron paso primero a manifestaciones de libertad: las de 1953 contra el totalitarismo de la DDR, las que en los 60 cambiaron el silencio sobre el pasado por una democracia exigente, las que hicieron caer el Muro en 1989. Hoy se manifiestan los partidarios de la música tecno, los militantes de la diversidad sexual, los apolíneos corredores ciclistas y de maratón... Las sentencias del Tribunal Europeo quizá ayuden a que las sombrías procesiones de los que las ven como una catástrofe den paso a maratones de atrevido colorido y txapelas de diseño, sin enemigos inventados, sin creer que sea posible cualquier medio para alejarlos de las propias fantasías. Camus nos enseñó que el germen de la peste nunca desaparece del todo, que los héroes son quienes cumplen con su deber y lo combaten cuando rebrota. Qué gran materia para una educación ciudadana.

Diego Íñiguez