Economía, ética e imperio de la ley

La economía ha tenido siempre mucho que ver con la moral y la ética. Partiendo de que la moral se ocupa de las acciones humanas en orden a su bondad o malicia y de que la ética se refiere al conjunto de normas morales que rigen la conducta humana, los problemas de los que se ocupan los economistas, en tanto se refieren a esa conducta, se encuentran también muy próximos al objeto de estas disciplinas.

La Historia así lo corrobora. Los economistas de los siglos XVI y XVII que integraron la Escuela de Salamanca delimitaron lo que debería considerarse un precio justo o lo que era justo pagar por el uso del capital o cómo los gobiernos podían alterar el precio de las cosas variando la cantidad de dinero en circulación. Francisco de Vitoria, Luis de Molina, Tomás de Mercado y casi todos los integrantes de este importante grupo eran clérigos preocupados por cuestiones éticas y morales. Tratando de responder a las cuestiones que se les planteaban en los confesionarios fue como acabaron formulando la teoría de la utilidad frente a la de los costes como base del precio justo, o la razón del pago de intereses por el uso del capital prestado -en contra del pensamiento medieval-, o la relación entre cantidad de dinero en circulación y nivel de precios.

Después, ya en el siglo XVIII, vendrían Adam Smith -profesor de ética y moral antes que economista-, quien subrayaría la importancia del propio interés como motor de la actividad económica, y Jeremy Bentham y Stuart Mill, quienes recuperarían la utilidad del individuo como concreción del propio interés subrayado por el anterior.

Si hoy tratásemos de juzgar la bondad o malicia en la actividad económica, tendríamos que recurrir al cumplimiento de dos criterios y a la forma en que se siguen determinadas reglas de conducta. Los criterios son el de justicia, entendida en el sentido que ha expuesto Rawls -es decir, como imparcialidad y no como igualdad- y el de eficiencia, que obliga a la búsqueda del máximo de bienestar (utilidad) para el mayor número posible de individuos. Ambos criterios culminan en la conocida regla de Pareto, que indica que una solución es la mejor posible dadas unas determinadas condiciones iniciales cuando, al abandonarla, alguien empeora en su situación de bienestar aunque otro u otros puedan mejorar. En estos criterios y en el completo conocimiento de las preferencias de oferentes y demandantes, reveladas a través de los precios, se fundamenta el mercado, que sigue siendo el mejor instrumento de asignación de recursos.

El mercado ha de responder también a ciertas reglas para funcionar adecuadamente. La primera y más evidente es que quienes actúan en el mismo han de moverse impulsados por su propio interés, como señalaba Smith. Además, han de actuar transparentemente en lo que se refiere a precios y cantidades, que han de ser conocidos públicamente sin necesidad de mayores esfuerzos y que no deben encubrir otras compensaciones ocultas. Además, esos participantes han de ser libres para entrar o salir del mercado, para definir cantidades y precios y para decidir voluntariamente la aceptación o rechazo de los mismos.

Pero el mercado necesita de un marco regulador adecuado. Éste, fundamentado en la coacción o fuerza de la ley, debe garantizar el derecho de propiedad, el cumplimiento no fraudulento de los contratos, el respeto a la libertad de las partes y la transparencia en precios y transacciones. Estas condiciones, garantizadas por el Estado, constituyen el ámbito exclusivo de su actuación en el mercado, sin ningún otro tipo de interferencia en su funcionamiento. Obviamente el Estado también puede asignar recursos directamente o alterear la distribución de la renta, lo que son tareas para la Hacienda Pública. Generalmente suele hacerlo cuando, por diferentes causas, el mercado no puede funcionar de manera eficiente.

Un problema distinto se plantea cuando quienes actúan en el mercado no son simples individuos sino entidades o corporaciones. Los individuos actúan libremente en los casos en que su conducta responde a su propia voluntad. Pero si se trata de sociedades o entidades, su voluntad se forma por órganos pluripersonales -juntas generales, consejos de administración o comisiones especiales- y se debe velar porque esos órganos reflejen la voluntad mayoritaria de los propietarios de la correspondiente entidad.

Sin embargo, una regulación legal minuciosa podría coartar en exceso la libertad de las entidades. Por ello suele recurrirse en estos casos a establecer criterios no obligatorios sobre la composición y el funcionamiento de tales órganos, que se articulan bajo la forma de códigos de buen gobierno corporativo. Éstos integran recomendaciones de voluntario cumplimiento, pero obligan a sus transgresores a explicar pública y detalladamente el porqué de su conducta. Al hacerse público el incumplimiento y sus razones, se facilita que el mercado castigue o premie a la entidad a través de sus cotizaciones.

Los códigos de buen gobierno son útiles pues mejoran la transparencia de las entidades y la formación de la voluntad de sus órganos de dirección, complementando así el necesario marco regulador compulsivo. Pero lo más importante para el funcionamiento eficiente de una economía no es que existan esos códigos sino, de una parte, el marco legal adecuado para que funcionen libremente los mercados y, de otra, un comportamiento del Estado que no interfiera en ese funcionamiento. Si el marco legal no es adecuado o si el poder público interviene más allá de lo exigido para garantizar su cumplimiento se comprometerá gravemente el crecimiento económico y los niveles de bienestar de los ciudadanos, por más que exista cualquier código de conducta. Hay que añadir que un sistema judicial que garantice ese cumplimiento resulta absolutamente imprescindible.

La opinión de los economistas a este respecto ha sido siempre muy clara. Adam Smith señalaba en 1776 que «poco más es necesario para llevar a una nación desde la mayor barbarie hasta el máximo grado de opulencia que la paz, los bajos impuestos y una tolerable administración de justicia; el resto llegará con el curso natural de las cosas». Hoy también los economistas opinamos que el imperio de la ley es básico para el desarrollo y el bienestar de las naciones. No es que los países más avanzados alcancen un mayor nivel respecto al imperio de la ley por ser desarrollados, sino que sin que la ley impere no es posible el desarrollo. Dicho de otro modo, el imperio de la ley es causa del desarrollo y no su consecuencia.

Tampoco los economistas olvidamos hoy los impuestos más reducidos a que se refería Smith, que, lógicamente, han de estar fundamentados en la capacidad económica de cada individuo como establece nuestra Constitución y no en criterios arbitrarios, pues justicia es también bienestar. Pagar un impuesto es perder no sólo la cantidad que se paga, sino también algo más de bienestar, al alterar ese pago las propias preferencias de los contribuyentes. Por eso hay que cuidar tanto el diseño de los impuestos como el destino de sus ingresos, recurriendo a ellos solamente cuando la utilidad del gasto que financian sea apreciablemente superior a la que pierden los ciudadanos al satisfacer los tributos.

Los economistas también sabemos que los estados son muy proclives al intervencionismo en los mercados y que adoptan, con más frecuencia de la deseada, medidas que afectan gravemente al bienestar de los individuos. En ocasiones, esas medidas responden sólo a la ignorancia de quienes diseñan las políticas, lo que les lleva a perseguir objetivos enfrentados al crecimiento de la riqueza. Pero, en muchas otras, la adopción de esas medidas es consecuencia pura y simple de la corrupción, que lamentablemente es un mal creciente en nuestras sociedades, o se derivan del instinto de supervivencia de los grupos políticos, que anteponen sus intereses electorales al bienestar general de los ciudadanos.

En cualquier caso, cuando las intervenciones públicas, directas o disfrazadas, afectan a los mercados, no sólo pierden quienes negocian en ellos sino todos los ciudadanos, pues reducen sustancialmente las posibilidades generales de crecimiento. De ahí que toda intervención pública en los mercados, más allá del sostenimiento de su marco regulador, sea muy negativa para la sociedad en su conjunto, aunque muchas veces ésta no quiera darse por enterada de hechos y situaciones que tan seriamente afectan a su bienestar. Algo que no debería olvidarse hoy en España.

Manuel Lagares, catedrático de Hacienda Pública y miembro del Consejo Editorial de EL MUNDO.