'Egunkaria', cuatro años ya

Se acaban de cumplir cuatro años desde que un auto emitido por la Audiencia Nacional ordenara clausurar el diario 'Egunkaria'. Las acusaciones vertidas desde instancias judiciales para justificar semejante medida eran ciertamente graves, pero siempre basadas en indicios, tal y como ha reconocido recientemente la Fiscalía de la Audiencia Nacional. Aquellos indicios, no sabemos si tras larga y ardua instrucción, se han quedado en eso mismo, en meros indicios, y dicha Fiscalía ha solicitado a la Sala de lo Penal el sobreseimiento de esta causa. Cuatro años para un viaje de investigación a ninguna parte, cuatro años para no decir nada. Ni siquiera el reconocimiento de un error inmenso e irreversible: ordenar cerrar un diario es muy grave en democracia ya que atenta contra la libertad de expresión y de información, específicamente protegidas en la Constitución y que algunas actuaciones judiciales claramente han infringido.

Es decir -y disculpen las referencias textuales pero es que vienen al caso-, en el capítulo II de la Constitución, cuyo título es 'Derechos y Libertades', se encuentra el artículo 20, en el cual se reconocen y protegen los derechos a expresarse libremente, a informar y a ser informados. También queda recogido en este apartado que el ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa. Es más, el punto 5 dice que sólo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial. Queda claramente excluida una medida que, en tiempos ya bien pasados, sí que tuvo hueco en el ordenamiento jurídico de este país: la clausura de periódicos. Y decimos claramente excluida porque tal y como avaló en su día el prestigioso catedrático de Derecho Penal Enrique Gimbernat, si la Constitución entra a regular lo menor (secuestro de ejemplares de una publicación), no es coherente que deje al arbitrio del legislador lo mayor (clausura de un medio de comunicación). Así pues, si nos ajustamos a la letra de la Constitución, no sólo se excluye la clausura de un periódico por parte de un juez instructor de manera previa a la celebración del juicio correspondiente, sino que ni tan siquiera a través de una sentencia judicial podría acordarse el cierre de un periódico, con la salvedad de que se declare el estado de sitio y/o excepción, que me temo que no fue así, afortunadamente.

Hace casi nueve años el juez Baltasar Garzón cerró el diario 'Egin'. Pasaron cinco años, con el local precintado, la rotativa oxidada, los trabajadores dispersos en diferentes empresas y actividades... y entonces emite otro auto que permite reabrir el diario siempre y cuando la empresa resuelva unos asuntos pendientes con la Tesorería de la Seguridad Social. ¿Por eso lo mandó cerrar el juez? ¿Por un quítame esas pajas financieras? ¿Dónde quedaron esas imputaciones de relación con banda armada? ¿Se puede acusar, clausurar, mandar al garete una empresa y a sus trabajadores para posteriormente declarar que ya es posible abrirlo, que no ha pasado nada? ¿No es esto una condena sin sentencia, sin juicio? ¿Dónde quedan las garantías procesales, la presunción de inocencia, en definitiva, esa justicia garantista de la que hacemos gala?

Otro tanto está ocurriendo con 'Euskaldunon Egunkaria'. Ya dijimos en su momento que aquel cierre podía conllevar los mismos errores e instamos a una actuación inmediata, clara y diáfana, pero sobre todo presurosa, sin dilaciones indebidas, por el lógico perjuicio a tantas personas. Pero ha transcurrido tanto tiempo... el daño ya está hecho, aquellos posibles indicios fueron suficientes, al parecer, y se tomaron medidas excepcionales que ahora se tornan inconsistentes. Aquí ha habido un error grave y unas consecuencias que habrá que afrontar. Además, sobrevino otra vez la sombra de los malos tratos y hasta torturas infligidas a algunos detenidos. ¿Se ha investigado actuación tan grave? Claro que el anterior presidente del Gobierno llegó a declarar: «¿Qué se creían, que no nos íbamos a atrever?», como una clara demostración de esa injerencia entre los poderes ejecutivo y judicial que nunca debiera darse y que, sin embargo, tanto estamos padeciendo.

Desde Gesto por la Paz apostamos firmemente por la defensa de los derechos y libertades fundamentales, aunque somos conscientes de que en muchas ocasiones algunas personas y colectivos hacen uso de la libertad de expresión para fomentar el odio, la discriminación o la amenaza. Esto nos preocupa enormemente, ya que hay quienes continúan haciendo propaganda de una banda armada y se sigue alimentando la violencia, y nos preocupa también por el enorme dolor que algunas manifestaciones a favor de la violencia causan entre las víctimas. Pero, a pesar de todo, creemos en la universalidad de los derechos humanos y en la igualdad de los ciudadanos ante la ley, independientemente del aprecio o rechazo ético que nos merezcan sus actuaciones. Está claro que si hay indicios objetivos de delito los jueces deben actuar, pero deben ajustarse al ordenamiento jurídico e impartir justicia. Dentro de una democracia no todo vale, hay unas reglas de juego que hay que respetar, de lo contrario el propio Estado de Derecho dejará de serlo y los derechos y libertades de todas las personas, inocentes y culpables, quedarán desprotegidas. Triste victoria de ETA sería que esto sucediera. De seguir por este camino, nos podemos encontrar frente a la paradoja de que los propios poderes del Estado democrático de Derecho se conviertan en detractores del mismo. Conviene que no lo olvidemos. Una última pregunta dejamos en el aire: ¿Es admisible toda esta actuación judicial contra 'Egunkaria' en un Estado democrático?

Abián Laespada, Gesto por la Paz.