El acuerdo y la investidura

Nuestros votos en las urnas no producen efectos inmediatos. Y no es una anomalía de los sistemas parlamentarios como el catalán. Para empezar, las distorsiones de la proporcionalitad de la representación generan una disparidad de valor entre los votos de diferentes circunscripciones: todo el mundo sabe que se necesitan más votos para ser elegido diputado en la demarcación de Barcelona que en la de Lleida. Y a esto, que es previsible, hay que añadir otros efectos que pueden ser más frustrantes. Cuando ninguna formación política logra la mayoría absoluta, nadie puede esperar que haya un programa electoral que se transforme sin modificaciones en el programa de gobierno. Quien aspire a ser investido, y no cuente de entrada con una mayoría suficiente para poder serlo, deberá proponer un programa de gobierno capaz de tener la mayoría de escaños indispensable. En otras palabras, la decisión de los representantes no siempre reproduce las expectativas de los electores.

En todo esto no hay nada de incompatible con la lógica del sistema parlamentario. Ahora bien, lo que acaba de pasar en Catalunya suscita muchas perplejidades, porque parece que no tenga en cuenta que lo que le da legitimidad es que representa la voluntad popular. La primera perplejidad es el desprecio por la voluntad de los electores, formal y supongo que involuntario, que manifestó Artur Mas. Dijo: «Hemos corregido lo que las urnas no nos dieron», y poco democráticos parecen los acuerdos parlamentarios que pretenden rectificar lo que resulta de la decisión de los votantes. Hubiera podido decir: «Hemos dado salida a lo que las urnas no resolvieron».

Seamos indulgentes y consideremos esto un simple lapsus. Pero, más allá de eso, el acuerdo plantea una novedad que se acerca a lo que podría calificarse de transfuguismo acordado. El punto dos conlleva la cesión de «dos diputados/as» de la CUP que deliberarán y actuarán conjuntamente con el grupo de Junts pel Sí (JxS) para asegurar la estabilidad parlamentaria, que se entiende del gobierno.

No es exactamente transfuguismo del clásico, porque se entiende que estos dos votos parlamentarios de la CUP votarán como su formación y nunca en contra de ella. Según el punto uno del acuerdo, la CUP nunca votará como los grupos parlamentarios «contrarios al proceso y/o el derecho a decidir» si esto pone en riesgo la estabilidad parlamentaria del Govern. Los dos diputados o diputadas cedidos quizá votarán dos veces en reuniones de grupo parlamentario: en el suyo y en el de Junts pel Sí. Sería del todo normal un acuerdo de estabilidad, pero

no es nada extraña la posibilidad de que un grupo parlamentario pueda debatir y decidir de manera autónoma. No se puede hacer si siempre debe desarrollarse en presencia y con la participación de dos personas que pertenecen a otro grupo. La especificidad de la representación de los votantes de Junts pel Sí se difumina, y hay que tomar nota de que el acuerdo no contempla que JxS pueda hacer lo mismo en el grupo parlamentario de la CUP.

Por su parte, la CUP en el punto cinco del acuerdo asume un compromiso curioso: la dimisión o destitución de alguna persona de las elegidas en sus listas. Quizá esto encaja con la filosofía política de la CUP, pero no acaba de ligar con las prácticas de la democracia representativa cuando votamos listas.

A algunos les hacen decidir las siglas de la papeleta, a otros los nombres que ven o que las representan, y a otros una combinación de ambos criterios. Si, a resultas de un pacto político, y no por una decisión de conciencia individual, una persona elegida deja el cargo, habrá electores frustrados que vean en ello la demostración de que la partitocracia no es monopolio de la vieja política.

las carencias de este acuerdo no invalidan la investidura del presidente Carles Puigdemont, pero nos deberían servir para reflexionar. Se habría podido hacer mejor sin tantas prisas, como se reconoce por sus protagonistas, y me parece que se puede decir también del proyecto independentista. Se supone que el nuevo presidente nos ha de llevar a la independencia en 18 meses, con un soporte que no llega al 48% de los electores. Una suposición respetable, pero poco verosímil con este apoyo y en ese plazo. Un criterio de medida de la verosimilitud deriva de la resolución que Carles Puigdemont ha de sacar adelante. Resulta que la presidenta de este Parlament, que según la resolución ha iniciado la desconexión y no se supedita a las decisiones del Estado español, es quien ha cumplido escrupulosamente el trámite legal que hará que Carles Puigdemont sea presidente de la Generalitat. Lo ha comunicado al Rey.

Xavier Arbós, Catedrático de Derecho Constitucional (Universitat de Barcelona).

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *