El almacén de residuos nucleares

Saber aprender es una seña de grandeza. Por eso nos ocupamos hoy de una sentencia del Tribunal Supremo divulgada hace unos días -tiene fecha de 16 de enero y el ponente es el magistrado Peces Morate- porque es una buena muestra de cómo han de examinarse las distintas perspectivas que anidan en las desavenencias, de cómo deben valorarse los intereses en ellas implicados desechando esas visiones que reducen a dos colores, el rojo y el negro (como en la novela stendhaliana), unas situaciones plenas de irisados matices que, por su propia esencia, reclaman equilibrio.

Sobre la mesa de los jueces se hallaba un nuevo episodio de un cuento largo que alcanza ya tintes de tragedia por los muchos años transcurridos sin que se vislumbre una solución. Nos referimos a la gestión de los residuos radioactivos. Para nuestro propósito resulta innecesario enarbolar banderas en contra o a favor de la energía nuclear. Guste o no, en el tiempo en que nos ha tocado vivir, hay centrales nucleares en España cuya actividad integra nuestro suministro energético.

El almacén de residuos nuclearesPor consiguiente, no puede ignorarse que, desde hace años, hay una gran cantidad de residuos depositados en Francia y en el Reino Unido por los que pagamos una significativa suma (alrededor de 60.000 euros diarios) y tampoco es prudente olvidar que, en los próximos meses, vencen los compromisos adquiridos lo que probablemente nos llevará a incrementar una cifra de millones de euros que tendremos que asumir en la factura de la luz.

Es urgente, pues, dar solución al almacenamiento de estos residuos nucleares, un problema por lo demás conocido desde hace décadas. Por resumir sólo algunos de los hitos que hemos vivido -y que explicamos en nuestro libro El Estado sin territorio. Cuatro relatos de la España autonómica (2ª ed. 2011)-, fue con ocasión del Plan energético nacional de 1983 cuando se tomó una conciencia más sólida de la necesidad de atender a la gestión de tales desechos creándose para este fin una empresa pública (Enresa). Durante años se aprobaron varios planes barajándose distintas soluciones que se han ido alternando a lo largo del tiempo con la misma regularidad con la que avistamos el ir y venir de las cigüeñas: un almacén geológico, almacenes individuales en las distintas centrales, etcétera. Ninguna propuesta llegó a buen término y los depósitos de las centrales se empezaban a saturar.

Era tan apremiante el problema que, en diciembre de 2004, la Comisión de Industria y Energía del Congreso de los Diputados acordó por unanimidad la construcción de un almacén temporal centralizado e instó al Gobierno y a Enresa para que determinaran los criterios que habrían de servir para decidir su localización. Así se aprobó el sexto Plan de residuos nucleares en el que se optó por construir un almacén temporal centralizado siguiendo otras experiencias existentes en Europa: los almacenes de Dessel (Bélgica), Cadarache y La Hague (Francia), Sellafield (Gran Bretaña), en Oskarshamn (Suecia), Paks (Hungría) y, sobre todo, el modelo de Habog (Holanda).

En estos pagos hispanos se convocaría un concurso público para conocer las propuestas voluntarias, una comisión de expertos analizaría las solicitudes, se escucharía a las comunidades autónomas y se propondría al Gobierno la localización del almacén... Los más realistas no podían desconocer la avalancha de recursos judiciales que se avizoraban en el esquivo horizonte. Pero los jueces, infatigables, los fueron resolviendo y el Gobierno (estamos en 2011), con espíritu quijotesco, acabó poniendo su dedo en un lugar manchego, Villar de Cañas. A anotar que, cuando se han convocado elecciones, sus protagonistas suelen enmudecer en lo que se refiere a los asuntos conflictivos y así se produce ese milagro de la oratoria que consiste en que las campañas electorales se llenan con vacíos.

¿Creyó alguien que se había resuelto el problema de la localización? Sólo algún ingenuo cultivador de sueños. Porque, de inmediato, nuevos episodios vendrían a complicar la adecuada solución de este grave problema. Entre otros, la decisión del Gobierno de Castilla-La Mancha de extender el territorio destinado a proteger a las garzas y otras aves.

Recordemos que, entre los instrumentos de política ambiental, destaca el de delimitar zonas para conservar el entorno natural. Como en otros tantos espacios, las cercanías de la Laguna del Hito, tienen la calificación de zona de especial protección. Inicialmente tenía una extensión de 1.000 hectáreas que se redujeron, tras algunas comprobaciones, a 996 por su aislamiento y lejanía de los humedales. Sin embargo, tras las últimas elecciones autonómicas, el nuevo Gobierno acordó iniciar un procedimiento para incrementar el espacio de protección más allá de las 20.000 hectáreas. Una declaración que, entre otras consecuencias, erigía un altísimo obstáculo para la construcción del almacén de residuos de Villar de Cañas. De ahí su impugnación por el Gobierno de España y de ahí que solicitara que, hasta que los tribunales no se pronunciaran sobre el fondo del asunto, debía suspenderse de manera cautelar el procedimiento administrativo.

Éste es el asunto que llega al Supremo y que genera esta sentencia que tanto nos enseña.

Porque el Tribunal explica cómo no se deben simplificar los conflictos ni contraponer, como si fueran dos concepciones antagónicas del mundo, un par de ideas: la lucha por la protección ambiental y la atención a los residuos de los que estamos hablando.

Olvidando algo tan elemental -nos dice el Supremo- como es el hecho de que la gestión de los residuos nucleares es un componente más de la protección ambiental.

¿O debemos cegarnos y olvidar que tenemos centrales, que aunque las paráramos ya hay muchos desechos radioactivos, que los depósitos individuales están saturados, que incluso las obras de ampliación de alguno de ellos han abierto un nuevo conflicto con Portugal -caso de Almaraz-; que Francia y Gran Bretaña nos recordarán que nos tenemos que responsabilizar de nuestra basura radioactiva; que la factura de la luz se incrementará...? ¿Tan infantiles o irresponsables somos?

"Se está amparando a todas las especies animales y al medio en general", no sólo a las aves silvestres, se ve obligado a recordar el Tribunal Supremo. De ahí que, en esa balanza de ponderación de intereses en conflicto, pese más la seguridad nuclear, que está en riesgo, que la ampliación de un espacio natural.

Sabemos que esta sentencia no pone punto final a una larga historia que ofrece la imagen de un trenzado interminable. Pero sí ha contribuido, con su razonada explicación, a enseñar que los conflictos son un calidoscopio por lo que es inútil -además de arriesgado- empeñarse en forzar los ojos para no percibir en ellos más que un solo color.

Francisco Sosa Wagner y Mercedes Fuertes son catedráticos de Derecho Administrativo y autores del libro El Estado sin territorio: cuatro relatos de la España autonómica (Marcial Pons, segunda edición, 2011).

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