El Derecho y los niños

Periódicamente aparecen hechos o sentencias que vuelven a plantear los variados conflictos entre los niños, la educación, los padres y el Derecho. Unas veces, porque se considera que los padres se han excedido en sus castigos, como en el reciente caso de la adolescente de Baeza; otras, porque se autoriza a que las adolescentes puedan abortar sin necesidad de contar con sus padres; otras, porque entran en conflicto las competencias educativas de los padres y del Estado; otras, en fin, porque sucesos terribles conmueven a la ciudadanía, que reclama un endurecimiento de las penas hacia el menor.

La legislación sobre la infancia es caótica en todos los países que conozco. El Derecho no sabe qué hacer con los niños. De hecho, no figuran en la legislación, que sólo distingue entre menores y mayores de edad. Legalmente, un adolescente de 17 años cumplidos, que puede trabajar, casarse, reconocer hijos, tener armas de fuego, sigue siendo un niño. La legislación se ha ido parcheando con diversas motivaciones y tenemos el absurdo de que el Código Penal considera que una niña de 13 años tiene madurez suficiente para mantener relaciones sexuales con un adulto, mientras otras normas no le reconocen madurez para beber una cerveza hasta los 18.

¿De dónde procede la dificultad que tiene el Derecho para tratar con la infancia? En primer lugar, de la relación que la infancia tiene con otros temas conflictivos como son los familiares. La familia, institución donde lo privado y lo público conviven como pueden, ha sido siempre fuente de problemas jurídicos. Todo cambio en la consideración jurídica y social de la familia afecta a la infancia, y los ocurridos en el último medio siglo han sido vertiginosos. En segundo lugar, las dificultades proceden de que la infancia es una realidad cambiante, desde el punto de vista diacrónico y sincrónico, biológico y cultural. Es evidente que la consideración de la infancia y, en especial de la adolescencia, cambia según las culturas. Pero, además, el cambio evolutivo que protagonizan los niños afecta a la esencia misma de la relación jurídica, ya que atañe a la capacidad de obrar, punto central del Derecho. Los niños son titulares de derechos que, por sus capacidades psicológicas, no pueden ejercer, y eso crea tensiones. El bebé es titular del derecho a la libertad de pensamiento y conciencia, pero no parece sensato respetarlo cuando a los nueve años dice que es objetor escolar.

Me interesa sobre todo lo que se refiere a la educación. En este tema, el Derecho, como no podía ser menos, ha seguido las indicaciones de los psicólogos y pedagogos, que en este asunto no han andado muy finos. Como reacción a una educación autoritaria se impuso una educación permisiva. Aquella se basaba en dos pilares: deberes y obediencia. Ésta, en otros dos: libertad y derechos. El disparate del que somos víctimas procede de que necesitamos los cuatro pilares. Este cambio afectó al Derecho. El concepto de patria potestad pertenecía a la época autoritaria y fue sustituido por el mejor interés del menor. El prohibido prohibir se convirtió en un falso dogma. Se extendió la idea de que los padres siempre son culpables. Lo dijo Freud, lo repitió torpemente la generación del 68, lo aceptaron muchos psicopedagogos -como Françoise Dolto- y al final ha penetrado la jurisprudencia, que tal vez subliminalmente piensa: en caso de duda, los padres son culpables. «¡Familias, os odio!», gritó André Gide, premio Nobel de literatura, y extravagante pedagogo.

Me he referido a Françoise Dolto porque su influencia en la escuela francesa ha sido profunda. Pensaba que los padres eran castradores porque ponían normas a sus hijos. «No hay que pedirles que se laven, porque cuando tengan necesidad ya se lavarán». William Damon, uno de los grandes psicólogos educativos en la actualidad, ha llamado la atención sobre los perjuicios que han causado a los niños la pedagogía «centrada en el niño». ¡Claro que nos interesa el niño! He dedicado gran parte de mi vida a investigar lo que le sucede, a estudiar cómo deberíamos educarlo. He fundado una Universidad para padres, para ayudarles en esa tarea. Pero tengo que reconocer que una gran parte de la ideología psicopedagógica ha sido eso, ideología. Por ejemplo, la adolescencia no es una edad biológica -eso es la pubertad-, sino pedagógica. Su objetivo es ampliar la edad del aprendizaje. Pero ahora resulta que no nos atrevemos a enseñar en esa edad.

La legislación española se ha dejado influir por una mala ideología pedagógica. En el año 2007 se suprimió un párrafo del artículo 154 del Código Civil que, al referirse a los deberes de los padres hacia los hijos, añadía: «Los padres podrán corregir moderada y razonablemente a los hijos». Al día siguiente la prensa tituló alborozada: «Suprimida la bofetada del Código civil», «El Código Civil acaba con el maltrato físico».

Esto era fruto de ese desconcierto general, un acto más en la liturgia de la confusión. Cuando se nos cruzan los hilos ideológicos, cualquier sabio puede decir una memez. Lo que está en el fondo de la cuestión es el tema de los premios y castigos. ¿Pueden los padres castigar a sus hijos? Los padres son responsables civiles de los hechos de sus hijos. Es decir, si su hijo menor de edad conduce borracho o toma drogas, usted es responsable. La pregunta que oigo a muchos padres es fácil de adivinar: ¿y yo qué puedo hacer? Hay un prejuicio en contra de los padres, porque les hacemos culpables de las tropelías de sus hijos. Hace años, en EEUU se produjo una gran polémica por la publicación de un libro de Judith Rich Harris, titulado El mito de la educación. Su tesis es que los padres no pueden educar, porque las dos grandes influencias de los niños son su carga genética y sus compañeros de generación. El año pasado, volvió a despertar la polémica, pero en sentido contrario, el libro de Amy Chua, profesora de Yale de origen chino, titulado Madre tigre, hijos leones, en el que contaba su decisión de educar a sus dos hijas al estilo chino y no al americano. «Los padres americanos -dice- sólo se preocupan del bienestar de sus hijos, las madres chinas de su excelencia».

Ni Harris ni Chua tienen razón del todo. Los padres no son omnipotentes ni impotentes. Cuando decimos, al contemplar la conducta de un niño o de un adolescente, «¿pero en qué estarán pensando sus padres?», tal vez no seamos justos, entre otras cosas porque nosotros también estamos educando a esos niños.

Volvamos al Código Civil. El artículo 155 dice: «Los hijos deben obediencia a sus padres mientras permanezcan bajo su tutela y respetarles siempre». ¿Y esto cómo puede exigirse? ¿Podría el padre del caso en cuestión acudir a los tribunales para que su hija le obedeciera?

Suele decirse que el Derecho sigue los pasos de la sociedad. Y si la sociedad no sabe qué hacer con los niños, no podemos pedir al Derecho superior sabiduría. Creo que es necesario recuperar la sensatez educativa. Y esa nos indica que el premio y el castigo son herramientas pedagógicas ineludibles, pero que deben saber utilizarse bien, como todas las herramientas. No se puede atornillar con un martillo, ni clavar un clavo con un destornillador. Afortunadamente, hay indicios de que estamos volviendo al buen camino... que no existió nunca. Lo estamos inventando. La nostalgia educativa es una farsa. Nunca hemos tenido mejor escuela que ahora. Como educador, me considero un defensor de los niños y de los adolescentes, pero también un defensor de sus padres, sometidos a todo tipo de sospechas y de culpabilidades.

No basta con hablar. Les invito a una movilización educativa, mucho más necesaria que un pacto educativo. Una vez más, solicito su ayuda.

Por José Antonio Marina, filósofo, ensayista y autor de títulos como La educación del talento o La inteligencia fracasada.

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