Miembros del Congreso español quieren adoptar leyes para limitar a algunos jueces españoles el ejercicio de lo que al parecer ha sido una licencia itinerante para perseguir en tribunales españoles violaciones a los derechos humanos cometidas en otros lugares del mundo. En un caso actual, un juez español quiere dictar órdenes de detención contra Jiang Zemin, expresidente de China, y Li Peng, exprimer ministro chino, por supuestos delitos cometidos en el Tíbet. No hay un vínculo discernible entre el caso y España.
Los diputados tienen razón en un punto: permitir que magistrados del país determinen casos en cualquier parte del mundo para perseguir, sin que haya un vínculo jurídico claro con España, es una invitación a politizar el proceso.
Sin embargo, también es importante preservar el principio central subyacente en estas persecuciones: el concepto de jurisdicción universal. En efecto, es un concepto de raíces antiguas, y tiene un papel fundamental en la protección mundial de los derechos humanos.
La jurisdicción internacional tiene sus raíces en los tiempos griegos y romanos, en el contexto de la lucha contra los piratas. Como los piratas cometían los delitos en alta mar, más allá del territorio de cualquier Estado, se desarrolló la idea de que había enemigos de la humanidad que podían ser perseguidos por cualquier Estado.
En el siglo XVII, el estudioso neerlandés, Hugo Grotius, reconocido por codificar derecho internacional, señalaba que los piratas podían ser procesados por sus delitos, independientemente de donde los hubieran cometido, a bordo de embarcaciones que los capturaban. Después del Congreso de Viena de 1814-1815, que condenó la esclavitud, algunos Estados aplicaron el concepto de comerciantes de esclavos, que también cometían muchos de los delitos fuera de sus jurisdicciones nacionales.
Más adelante, los crímenes de los nazis tuvieron un papel esencial en lograr que se reconociera generalizadamente el concepto de jurisdicción universal. Al final de la Segunda Guerra Mundial, los nazis huyeron y se establecieron en todo el mundo. Países como Australia y Canadá, a fin de tener la certidumbre de que aquellos que habían cometido crímenes atroces no encontraran refugio dentro de sus fronteras, establecieron la autoridad en sus propios tribunales de perseguir a sospechosos.
Desde entonces, el concepto ha formado parte de tratados que prácticamente todos los países en el mundo han ratificado. Las Convenciones de Ginebra de 1949 imponen a los Estados perseguir a aquellos que han cometido crímenes de guerra y juzgarlos en sus propios tribunales o enviarlos a otro país que cuente con las herramientas jurídicas para hacerlo. Asimismo, las Convenciones de las Naciones Unidas de 1984 contra la tortura imponen a los Estados la obligación de establecer su propia jurisdicción para procesar a los responsables de los actos de tortura si el delincuente está dentro de sus fronteras y no es extraditado para ser procesado en el país donde cometió los crímenes.
La jurisdicción universal atraviesa ahora una prueba crucial en Senegal, donde uno de los dictadores más crueles de África, Hissène Habré, que gobernó Chad de 1982 a 1990, va a ser juzgado. Una comisión de investigación estableció que durante su mandato, el régimen de Habré cometió torturas y fue responsable de las muertes de aproximadamente 40,000 personas.
Cuando Habré fue depuesto, huyó a Senegal con una parte sustancial de la riqueza nacional, en donde vivía cómodamente junto con su familia ampliada, así como sus partidarios más importantes. Durante muchos años, activistas africanos de derechos humanos, con ayuda de Human Rights Watch, lucharon para hacer que rindiera cuentas. Ahora, por fin, con el apoyo de la Unión Africana, enfrenta un juicio en su país de adopción por los crímenes que cometió en Chad.
En los Estados Unidos se ha desarrollado una práctica afín, donde víctimas de delitos que transgredieron los derechos humanos, cometidos en otros lugares, inician procesos civiles contra inmigrantes perpetradores. En gran parte de los casos desde la primera parte de los años ochenta, los tribunales estadounidenses han obligado a los acusados a pagar compensaciones a las víctimas.
A menudo, la jurisdicción internacional es invocada cuando el presunto culpable de crímenes de guerra, de lesa humanidad o genocidio en otro país, se encuentra en el territorio donde será juzgado (a). Esto es consistente con el principio de que no debería haber refugio para aquellos que cometieron dichos crímenes.
Si España incorpora en sus leyes un requerimiento de dicha naturaleza, y también ofrece datos apropiados que muestren vínculos (como la existencia de españoles entre las victimas), controlará la tendencia de unos cuantos jueces de actuar muy generalmente. Una reforma así sería fiel a los principios de justicia que sustentan el concepto de jurisdicción internacional.
Aryeh Neier, President Emeritus of the Open Society Foundations and a founder of Human Rights Watch, is the author of Taking Liberties: Four Decades in the Struggle for Rights. Traducción de Kena Nequiz.