El impuesto sobre sucesiones como medio para conseguir una mayor igualdad de oportunidades

Hace algo más de diez años, T. Piketty y E. Saez revolucionaron nuestra forma de entender la evolución de la distribución de la renta. Parte de la revolución es simplemente metodológica: tomando como punto de partida el trabajo seminal de Kuznets (1955), Piketty y Saez desarrollan una extensísima base de datos, basada en registros administrativos. El Capital en el siglo XXI de Piketty es la última contribución en esta línea de investigación, particularmente por cuanto aporta nueva evidencia con respecto a la evolución de la distribución del capital y la riqueza.

En este trabajo se subrayan algunos de los hallazgos de esta literatura empírica sobre la evolución de la distribución de los ingresos y, sobre todo, de la riqueza, y se describe cómo se relaciona con la igualdad de oportunidades, seguramente la concepción más popular de la justicia distributiva. Contrariamente a lo que sugiriera Pareto, uno de los hallazgos de este trabajo es que la riqueza privada ha pasado de equivaler a entre dos y tres veces el PIB anual, a ser el equivalente de entre cuatro y siete años de producción nacional -el máximo en las series lo representa España en el 2007—.

Lo anterior es importante al menos por dos motivos. Primero, porque uno de los objetivos del análisis económico es evaluar el bienestar de una sociedad, y esto depende no sólo de cómo estén distribuidos los flujos (PIB), sino también de cómo esté distribuido el stock (riqueza). Y segundo porque existe una creciente evidencia empírica que señala que existe una correlación significativa y negativa entre desigualdad y movilidad social intergeneracional -que es el indicador que emplearemos para evaluar el grado de igualdad de oportunidades existente en un país—, de forma que a mayor desigualdad, peor funciona el ascensor social en esa sociedad.

En esta búsqueda de una mayor igualdad de oportunidades, cobra especial importancia el impuesto sobre sucesiones, que no es sino un instrumento de justicia social, que pretende atenuar las inmensas diferencias que los ciudadanos tienes desde la misma cuna. La reducción de la desigualdad puede fundamentarse en razones de tipo moral, en el sentido de que las desigualdades de riqueza reflejan, en buena parte, circunstancias de las que no somos responsables (y por tanto irrelevantes desde un punto de vista moral), como el hecho de haber nacido en una familia situada en el percentil 99 de la distribución. Igualmente existen razones de carácter consecuencialista, ya que existe evidencia de que el proceso democrático sobrerrepresenta las preferencias del extremo superior de la distribución, o que a partir de cierto punto la desigualdad no actúa como estímulo sino como freno del crecimiento económico.

Una consecuencia de la desigualdad seguramente más desconocida que las anteriores es su impacto sobre la igualdad de oportunidades. Una sociedad con un grado más o menos elevado de igualdad de oportunidades es una sociedad donde la posición socioeconómica de los padres apenas nos permite predecir nada sobre los ingresos futuros de sus hijos. Pues bien, existe ya una abundante literatura empírica que señala que la desigualdad y la movilidad social están negativamente correlacionadas, de forma que a mayor desigualdad, menor movilidad social. Dicho de otra forma: en una sociedad con altos niveles de desigualdad, el pasado es el factor que mejor predice el presente y el futuro

En particular, en nuestro país el Impuesto sobre Sucesiones ha experimentado una evidente fragmentación en la última década, que ha sido consecuencia del establecimiento de muy relevantes beneficios fiscales en distintas comunidades autónomas. La perniciosa competencia fiscal a la baja ha desnaturalizado el impuesto y, lo que es más relevante, ha afectado negativamente a su capacidad redistributiva. De ahí que, tras analizar exhaustivamente la situación del tributo tanto en la UE como en nuestro país, nos plantearemos la modificación de la regulación actual a fin de que se asegure una mínima e igual contribución en todo el país, sin perjuicio de las legítimas diferencias que adicionalmente puedan decidirse en cada una de las CCAA.

El trabajo, que pretende ser así una aportación al debate acerca de cómo la tributación puede asegurar una mayor igualdad de oportunidades, se divide en siete secciones.

  • Tras una breve introducción, comenzamos mostrando la evolución (1970-2013) de la distribución de la riqueza en las principales economías mundiales y en España.
  • A continuación, razonamos la relevancia que tiene la creciente importancia de la riqueza en las economías de los principales países de la OCDE.
  • En la sección cuarta, realizamos un análisis comparado del Impuesto sobre Sucesiones en la Unión Europea
  • En el capítulo quinto presentamos el desarrollo histórico del tributo en España, subrayamos las diferencias autonómicas existentes, analizamos la evolución de su recaudación y exponemos sus deficiencias más evidentes.
  • En el apartado sexto se resumen muy brevemente las principales conclusiones del estudio.
  • Por último, en el capítulo séptimo se propone la instauración de una tributación mínima e igual en toda España, que garantice la transparencia y progresividad del impuesto.

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Borja Barragué Calvo, Doctor Europeo en Derecho por la Universidad Autónoma de Madrid (UAM), licenciado en Derecho económico por la Universidad de Deusto y en Ciencias Políticas y de la Administración por la UAM. Es editor de Agenda Pública.
César Martínez Sánchez, Doctor Europeo en Derecho por la Universidad Autónoma de Madrid (UAM), donde también se licenció en Derecho y en Ciencias Políticas y de la Administración.

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