El indulto a Vera y el silencio de los corderos

Por Marcos García-Montes, abogado de la Acción Popular en el caso fondos reservados (EL MUNDO, 08/11/04):

Marco Tulio Cicerón: «Un hombre íntegro nunca hará por su amigo algo que vaya en contra del Estado o contra su juramento de fidelidad» (Sobre los deberes, III, X).

En el abanico temporal comprendido entre 1987 y 1995 se produjo la perversión judicial de confusión de roles como consecuencia de la corrupción generalizada. Ante la inactividad de quien debía realizar las acciones legales pertinentes, la prensa se arrogó el papel de la investigación (la Policía y la Fiscalía miraban para otro lado) y los ciudadanos ejercían la acción popular (la Fiscalía miraba en la misma dirección) en temas tan importantes como Filesa, Cesid, fondos reservados, Roldán, papeles falsos de Laos, gobernador del Banco de España, GAL y otros de infausta memoria. A la sazón el presidente González, se enteraba por la prensa a pesar de su responsabilidad personal, política y judicial al presidir el Consejo de Ministros votado por los españoles y el vicepresidente Alfonso Guerra manifestaba que Montesquieu había muerto. Las denuncias de la prensa y los ciudadanos no cayeron en saco roto sino que terminaron con condenas ratificadas por el Supremo.

El juicio contra Vera y otros se ha desarrollado cumpliendo las garantías constitucionales y procesales que recoge nuestro ordenamiento, incluida recusación al presidente de la Sala de Casación y descalificaciones personales a los jueces de Instrucción, sin éxito alguno, con lo cual la sentencia del Tribunal Supremo pone fin al saqueo de los fondos del Estado denunciado el año 1994 por José María Ruiz-Mateos.

La primera obligación legal y constitucional para solicitar el derecho de gracia, -indulto-, es satisfacer las responsabilidades pecuniarias, en este caso devolver al pueblo español los más de 600 millones de pesetas con los que posiblemente se podrán satisfacer las necesidades de escuelas públicas, carreteras, hospitales y, en definitiva, mejorar los presupuestos del Estado, y en segundo lugar el arrepentimiento público por la comisión de un crimen tan grave como es apropiarse de fondos procedentes de los impuestos. En definitiva, la acción popular cuya dirección técnica asumo se opondrá rotundamente al indulto.

No podemos obviar que el presente caso se trata del saqueo de los fondos públicos y no de su empleo para torpes fines como podía ser la guerra sucia, que no admite alabanza moral puesto que en el Estado de Derecho sólo cabe el respeto a la Ley, sin que existan estados intermedios frente a la legalidad.

Mayor sorpresa e hilaridad causa la petición de indulto por diferentes próceres del Gobierno y del PSOE y su defensa numantina por terceros llegando al esperpento de, poniendo el efecto ventilador, imputar delitos a jueces, fiscales y otros de disposición de fondos reservados cuya consecuencia judicial sería doble: a) en primer lugar se cometería el delito de no denunciar hechos delictivos si el Consejo de Ministros de la etapa socialista o miembros del Gobierno tuvieron conocimiento de estos hechos, sin perjuicio de que por acción o cooperación necesaria pudieran estar involucrados en el mismo delito de malversación; b) de ser falsas las imputaciones se cometería el delito de denuncia falsa, además de la acción que correspondería a las personas ofendidas para querellarse por calumnias e injurias.

La Fiscalía, la Sala Penal del Supremo, la Audiencia Provincial y el Consejo del Poder Judicial, al tener conocimiento de estos hechos gravísimos deberán ordenar la incoación de los oportunos procedimientos. La acción popular lo hará por profilaxis democrática, higiene social y por el propio Estado de Derecho que no puede continuar mirando a otro lado ante execrables insinuaciones.