El juramento constitucional no puede ser discriminatorio

El 31 de octubre de 2023, en menos de un año y en pleno semestre en el que España ostentará por quinta vez la presidencia de la Unión Europea, la heredera de la corona española, Leonor Borbón Ortiz, alcanzará la mayoría de edad y jurará el acatamiento de la Constitución con una fórmula que será muy similar a la que utilizara su padre en 1986: “Juro desempeñar fielmente mis funciones, guardar y hacer guardar la Constitución y las leyes, respetar los derechos de los ciudadanos y de las comunidades autónomas y mantener fidelidad al rey". Este compromiso de lealtad que prestará Leonor es una adaptación de la literalidad del artículo 61-2 de la Constitución.

En octubre del próximo año, el texto constitucional, sometido a referéndum el 6 de diciembre de 1978 y vigente desde el 29 de diciembre de ese año, habrá regido la vida de los ciudadanos españoles casi 45 años, convirtiéndose, de largo, en la Carta Magna más perdurable de la vida política española. Y, probablemente, la que ha concitado mayor consenso a lo largo de su vigencia. Aunque apenas se hayan aplicado, la Constitución prevé mecanismos de modificación en el título X, con dos vías: una sencilla y otra muy compleja, por las materias que aborda, previstas, respectivamente, en los artículos 167 y 168.

Constituye una gran carencia de la actividad legislativa estatal que las modificaciones constitucionales se hayan planteado por requerimientos europeos, como ocurrió cuando se modificó el artículo 13-2 en 1992 para posibilitar el sufragio pasivo de los ciudadanos de la UE y la que afectó al artículo 135 en materia de estabilización presupuestaria en plena crisis financiera en 2011.

A juicio de muchos constitucionalistas, la Ley Fundamental española que tendrá que jurar la heredera necesita una actualización en muchas materias. También lo piensa la mayoría de españoles, si hemos de tener en cuenta la más reciente encuesta realizada en 2018 por el Centro de Investigaciones Sociológicas sobre la cuestión, en la que se solicitaban reformas constitucionales por parte del 69,9 % de la población preguntada.

Pero la novedad es que en esta legislatura se ha producido una verdadera prueba de fuego al respecto de la adaptación de la Constitución a los derechos de los ciudadanos y de las comunidades autónomas, cuestiones latentes los 40 años de democracia pero que han manifestado su relevancia a partir de 2020, a través de los cauces del mencionado artículo 167 de la Constitución.

Por una parte, el Gobierno, con el proyecto de  reforma del  artículo 49  de la Constitución Española (102/000001) por impulso de CERMI, solicita al Congreso la eliminación del término disminuido del artículo 49 de la Constitución. Y, previamente, las Corts Valencianes, para acomodar la Constitución a las previsiones estatutarias que reconocen a los valencianos, por motivos históricos, la capacidad de aprobar leyes civiles modernas en Derecho de Familia, ámbito sucesorio y otras materias, propuso en febrero de 2020 añadir un párrafo a la disposición adicional segunda de la Constitución.

Estas dos iniciativas reformistas y meramente técnicas de la Constitución cuentan con grandes apoyos sociales y fundamentos jurídicos muy consistentes. PP y PSOE, en diferentes instituciones, dicen apoyar esas mínimas reformas parciales. Además, de forma exprés, CERMI y los valencianos consideramos recomendable su tramitación conjunta.

Por eso, califico de inoportuno este juramento, ya que, si el PSOE y el PP (léase Félix Bolaños, ministro competente; y Esteban González Pons, responsable de justicia y reforma constitucional del PP), Pedro Sánchez y Alberto Núñez Feijóo, no lo remedian, la heredera tendrá que jurar un texto cuestionado por los representantes de más de 5 millones de españoles que tienen algún tipo de discapacidad. Y también por la sociedad civil valenciana, 541 municipios de toda la Comunitat Valenciana y las Corts Valencianes. Les recomiendo consultar, como se publicó hace casi dos años en este mismo medio, la iniciativa valenciana, para comprender las motivaciones de esta defensa del autogobierno.

Los políticos españoles ostentan el triste récord europeo y quizás mundial de ser los menos favorecedores de consensos en el ámbito constitucional y deben acabar, por calidad democrática y respeto institucional al legislativo valenciano, con este inmovilismo de facto que imposibilita al Congreso y Senado realizar cualquier mínimo cambio en ese texto elaborado por los parlamentarios de la primera legislatura democrática, justo a los tres años de la muerte del dictador que rigió la vida de los españoles casi cuatro decenios.

La fórmula de observancia constitucional que jurará la heredera le compromete a “respetar los derechos de los ciudadanos y de las comunidades autónomas”. Por eso, para no vulnerar los derechos de las valencianas y los valencianos y las personas con alguna clase de discapacidad, se deben zanjar urgentemente estas dos cuestiones con el fin de evitar objeciones futuras a dicho juramento.

Se trata de una cuestión ajena, por supuesto, a la heredera al trono. Pero, si no se dan prisa el PP y el PSOE, la princesa Leonor se verá obligada a iniciar su vida política con la adhesión a una Constitución que cuestionan la representación política de los valencianos (las Corts, el municipalismo y la sociedad civil) y los representantes agrupados en CERMI (léase la ONCE, FESORD, COCENFE…) de las personas con algún tipo de discapacidad, ofendidos por la utilización del término "disminuido" en la principal norma española.

Es necesario que mucho antes de que Leonor sea designada formalmente heredera de la Corona, el PP y el PSOE solucionen lo que reclaman 10 millones de valencianos y españoles con discapacidades. Y si en las próximas semanas no evolucionan estas justas reclamaciones, creo llegado el momento de apelar a la función mediadora del Rey, prevista en el artículo 56, para que el Congreso tramite estas dos mínimas modificaciones constitucionales, de forma conjunta, por motivos de economía procesal, antes de que la heredera jure una Constitución discutida por tantos españoles.

Es el momento de que se valore a las personas con discapacidades y de garantizar los derechos de las comunidades autónomas respetuosas con los procedimientos constitucionales y por tanto que se apruebe, tras más de 32 meses, la propuesta de modificación planteada por las Corts Valencianes en febrero de 2020 para la recuperación efectiva del Derecho Civil valenciano, capacidad legislativa que tienen otras 6 comunidades autónomas, y corregir una expresión inaceptable para referirse a las personas con discapacidades.

José Ramón Chirivella es presidente de la Associació de Juristes Valencians (AJV).

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