El plurilingüismo constitucional, incluyente o cordial

Es sabido que en España hay lugares en los que se hablan dos lenguas. En ellos, hay ciudadanos que se expresan preferentemente en una sola de ellas, su lengua materna, aunque conocen la otra. Y los hay que son totalmente bilingües, manejan ambas con total fluidez. De esas dos lenguas, una es propia y específica de ese espacio geográfico, en el sentido de que solamente se habla en él; y la otra es la que usan la generalidad de los ciudadanos que conforman el ámbito geográfico más amplio en el que está integrado aquél.

El planteamiento que antecede pretende ser lo más respetuoso posible con todas las sensibilidades. Está hecho de manera puramente descriptiva, tratando de exponer la realidad sin ninguna connotación política o de otro tipo que trate de excluir o separar a los hablantes del lenguaje específico del lugar. El hecho de que, por ejemplo, un habitante de Galicia hable una sola de las lenguas, el castellano o el gallego, o las dos es consecuencia en gran medida de su propia circunstancia vital. Circunstancias como el lugar de nacimiento y la familia de pertenencia determinan desde la misma infancia el uso predominante de una u otra lengua o de las dos. Y es la vida vivida por cada uno la que influye en el idioma en el que se expresa habitualmente. Hay quien teniendo como lengua materna el gallego emplea en su vida diaria el castellano y al revés. Pero lo más frecuente es que la lengua materna acabe siendo el idioma que habla uno en su vida diaria.

Esta realidad ha sido acogida por la Constitución de 1978, la cual en su Preámbulo establece que la nación española proclama su voluntad de «proteger a todos los españoles y pueblos de España en el ejercicio de los derechos humanos, sus culturas y tradiciones, lenguas e instituciones». La protección de todas las lenguas que se hablan en la nación española es, pues, una voluntad declarada y asumida expresamente en nuestra Carta Magna.

Esta voluntad del pueblo español, en el que reside la soberanía nacional, se traduce en el artículo 3 que dispone que el castellano es la lengua oficial del Estado; que las demás lenguas españolas son también oficiales en sus respectivas Autonomías; y que todas las modalidades lingüísticas de España son un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección.

De todo lo hasta aquí dicho se desprende que la Constitución sigue el modelo del «plurilingüismo incluyente o cordial», y no el plurilingüismo excluyente. En la Constitución, en lo relativo a la oficialidad de las lenguas, hay dos declaraciones: una referida a la lengua oficial común que es el castellano y otra respecto de todas las demás lenguas específicas de las comunidades autónomas que, sin dejar de ser españolas, son oficiales en su ámbito local.

La aprobación de la Constitución en referéndum nacional por un porcentaje del 91,81 de los votos emitidos no impidió, sin embargo, que en algunas comunidades autónomas se comenzara a utilizar su lengua específica como un arma estratégica más al servicio del nacionalismo separatista, que considera que la lengua específica es no tanto un patrimonio cultural que hay que respetar y proteger en el marco de una convivencia constitucional pacífica de todas las lenguas españolas, cuanto un instrumento político de exclusión y separación de los ciudadanos que lo tienen como lengua materna.

De acuerdo con lo que antecede no hace falta esforzarse demasiado en argumentar que el uso de la lengua específica como instrumento excluyente ni es un uso constitucional ni tampoco cordial, sino anticonstitucional por excluyente y agresivo.

Viene todo lo que antecede a cuento porque, como ha publicado El Debate, el uso de las lenguas cooficiales, calificado por Núñez Feijóo como «bilingüismo cordial», inquieta a una parte de la derecha que no ve bien la idea del nuevo presidente del PP la idea de potenciar el uso de las lenguas cooficiales, como ha venido haciendo en Galicia.

No comparto, en absoluto, este temor de ciertos sectores de la derecha. El actual presidente del PP hace lo único que debe hacer: sigue fielmente los mandatos de la Constitución. Y es que no puede ser de otro modo. Concretamente, en el caso de los gallegos, ser y sentirse gallego tiene mucho que ver con el lugar donde has nacido, en el que sientes que tienes ancladas tus raíces, y no solo con la lengua en la que te expreses. Se es gallego porque uno se siente gallego. Y no hay nadie al que le hayamos encargado todos los que hemos nacido en Galicia que otorgue certificados de origen o procedencia. En lo que se siente cada uno no tienen cabida ni el dogma ni los espíritus excluyentes ya sea de la lengua común, ya de la específica.

José Manuel Otero Lastres es académico de número de la Real de Jurisprudencia y Legislación de España.

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