El silabario y el artículo primero

«LA P con la A, es PA. En español, alemán, italiano..., y por supuesto en catalán». Hace unos días, en Tarragona, mi amigo Joan, profesor y catalán desde hace generaciones, me explicaba su método para enseñar la realidad a los partidarios de un referéndum independentista en Cataluña. «Es sencillo, sólo hay que volver al silabario, al libro con el que aprendimos a leer. Al igual que la consonante P seguida de la vocal A es inevitablemente PA, lo mismo pasa con la pretensión de un trozo de un Estado de hacer un referéndum para desligarse del Estado. En este caso es la consonante N con la vocal O, es decir, No. No es posible tal referéndum». Si Cataluña, conforme al artículo 1 de su Estatuto de Autonomía, «ejerce su autogobierno... de acuerdo con la Constitución y con el presente Estatuto», No es posible que unas autoridades, que lo son en virtud de la Constitución, pretendan actuar contra la Constitución». Como dicen mis amigos, algunos catalanes se quedan en la «rauxa» (arrebato), y olvidan el «seny» (sensatez).

El silabario y el artículo primeroSobre los intentos de referéndum en una parte de un Estado europeo, además de lo dicho y reiterado por el Tribunal Constitucional español, el 16 diciembre 2016 el TC alemán inadmitió un recurso sobre un referéndum independentista en Baviera, y afirmó de modo muy expresivo y didáctico: «En la República Federal de Alemania, entendida como estado nacional sobre el que se basa el poder constituyente del pueblo alemán, los lander no son los dueños y señores de la Ley Fundamental. Por lo tanto, no hay espacio constitucional para las aspiraciones secesionistas de cada land. Estas violan el orden constitucional». Y «el fallo es inapelable».

Mi amigo Joan deja el alemán, y pasa al italiano. En abril de 2015, en su sentencia 118, el TC italiano resolvió un recurso interpuesto por el Gobierno de Malteo Renzi contra una ley de la Asamblea regional del Véneto para un referéndum sobre la independencia de la región. los jueces italianos fueron rotundos. Dijeron que la idea de una república independiente y soberana del Véneto es «radicalmente incompatible con los principios fundamentales de la unidad e indivisibifidad de la Republica». «Pluralismo y autonomía no permiten a las regiones calificarse en términos de soberanía». Por cierto, el gobierno regional de Véneto, tras esta sentencia, decidió que «la consulta sobre la independencia del Venet no es fara amb permís de l’Estat Italia ni sense». Y «el govern venet ha decidit tornar els diners que 1363 ciutadans havien posat per a finanqar la celabració de la votació». Lo transcribo en la lengua original que utiliza la «Generalitat de Catalunya. Government of Catalonia, en su digital Nationalia, impulsado por Ciemen (Centre Internacional Escarré per a les Minories etniques i les Nacions)». Y una pregunta simple: ¿Por qué el gobierno de Cataluña no actúa como el gobierno de Véneto, región heredera de la República Serenísima de Venecia, que fue Estado independiente desde el siglo IX hasta 1797?

La N con la O es NO. Y una parte de un Estado no puede decidir por sí misma la suerte del Estado excluyendo una parte del mismo.

Estábamos comentando la utilidad de la vuelta al silabario para explicar incluso a un independentista que el referéndum NO es posible, cuando Margarida, la mujer de Joan, intervino: «Y no os olvidéis del artículo primero de la Declaración Universal de Derechos Humanos: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos”. La pretensión del referéndum en base al pomposamente llamado “derecho a decidir” es lo más contrario a la esencia de los derechos humanos: Yo decido hacer un referéndum, y tú has de aceptarlo».

Es decir, más de dos siglos después de la Revolución Francesa, y de aquella declaración en 1789 de los Derechos del hombre y del ciudadano («los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos», artículo primero), algunos quieren decretar la muerte del derecho a la libertad y a la igualdad. Estos algunos se creen «dueños y señores» (amos) y toman por siervos a los catalanes que no piensan como ellos y al resto de los españoles. Frente a la libertad e igualdad, quieren una sectaria discriminación. En la línea del Tribunal Constitucional alemán, el poder pertenece al pueblo español constituyente, y no hay «dueños y señores» territoriales por encima del poder del pueblo español.

Mis amigos me cuentan que si no fuera algo triste, sería hasta cómico. Por ello insisten en su idea del silabario y del artículo primero, y profesores ambos me brindan una última enseñanza: «¿Tú sabes lo que es un aula de TGD? ¿O de TDAH? En los centros escolares hay aulas para los alumnos con Trastornos Generalizados del Desarrollo. Así como para los que tienen Trastornos de Déficit de Atención e Hiperactividad. A la vista de la conducta de algunos, puede ser útil insistir en la vía de la educación, pues algunos pro-referéndum, aparte de una hiperactividad en presentaciones en el exterior que resultan caras y de nulo resultado, tienen un déficit de atención, que les lleva a no atender al Tribunal Constitucional español, al alemán, al italiano, etcétera».

Y ante mi pregunta, «¿y quiénes serían los profesores?», la respuesta de mis amigos Joan y Margarida es rápida: «Muchísimos, todos lo que conocen y respetan la Constitución y la ley».

Javier Borrego, abogado del Estado y exjuez del Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

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