El «tasazo» del trasvase

El «tasazo» es un invento recaudatorio de la administración central ideado hace dieciocho meses por el Gobierno de turno y considerado apropiado por el actual. Hasta su implantación, los ciudadanos en sus hogares, los empresarios y comerciantes en sus respectivos negocios y los agricultores en sus regadíos -y desde la puesta en marcha del Trasvase Tajo-Segura (con la aprobación de la Ley 52/80 que rige los designios económicos del Trasvase)- pagábamos una tarifa sujeta, como afirma dicha ley en su artículo 3, a la «disponibilidad del agua». Esta tarifa estaba formada por la adición de tres conceptos unitarios:

a) Amortización de la obra.

b) Costes fijos, derivados de la explotación de la obra y su mantenimiento.

c) Costes variables, mayormente energéticos.

Estos tres apartados unitarios se sumaban conforme a lo que dicta la ley en su artículo séptimo y los usuarios abonábamos con arreglo al volumen de agua realmente consumido. Todo el invento del trasvase y la cuestión remuneratoria del servicio estaba pensada utópicamente para enviar 600 hm3 anuales al Levante, y que, paralelamente, con estos volúmenes, con la totalidad de ellos, se pagaran tanto los costes fijos, como los variables, y por descontado la amortización. Amortización que ha ido a parar desde 1986 a las arcas de las comunidades autónomas de la cuenca cedente.

Sucesivas reformas legislativas, incrementaron los límites no trasvasables, estableciendo unas reglas de explotación paulatinamente más restrictivas con respecto al proyecto originario. Unas reglas del juego que elevan muy por encima de lo originariamente planteado las reservas en los embalse de cabecera y que condujeron a sucesivos «trasvases cero», hasta once consecutivos, durante la campaña hidrológica de 2017-2018. Reglas, las actuales, introducidas por la puerta trasera, en la Ley 21/2015 de Montes, que en su nivel tres -cosa poco deseable para una ley- dejan un amplio margen a la discrecionalidad del Ejecutivo. Hasta tal punto es así que he venido denominando a ese nivel como «ideológico».

Y precisamente aquí, en este libre albedrío conferido al Ejecutivo, radica la hiriente injusticia del «tasazo». Lo explicamos. La actual tarifa no suma los conceptos para después multiplicarlos por cada uno de los metros cúbicos consumidos. Dicha tarifa emite una liquidación por el apartado A, decida la administración enviar agua o no. Otra liquidación por el apartado B, pese a que el ministro de turno, con el dedo al viento, decida aprobar o no un trasvase. Y el precio de ambas liquidaciones se calcula como si realmente se trasvasara el máximo aludido de 600 hm3. Ahondando más en este sentido, y por mor del criterio discrecional de la ley, podríamos asistir a una sucesión de meses en los que, pese a estar en nivel tres, con suficiente agua pues para trasvasar, asistiéramos a una concatenación de decisiones políticas discrecionales con resultado de «trasvase cero». Pero abonando una tarifa fija, cosa que de momento no admite discrecionalidad, por un agua que, al contrario de lo que señala ley, se cobra sin que los usuarios tengan «disponibilidad» real de ella. Es decir se cobra un fijo sin contraprestación alguna. Se altera legislativamente el espíritu que alentó tan magna obra con recortes que hacen zozobrar la «disponibilidad» del agua, pero afianzando por contra las posibilidades recaudatorias del Estado y de las comunidades autónomas por donde discurre el Tajo. Quebrando así el principio de reciprocidad que inspira cualquier tasa.

Y esto sin contar con un hipotético incremento del caudal ecológico que podría propiciar un nuevo recorte a la ya de por sí mermada posibilidad de nuevos envíos de agua. Evidentemente si los usuarios levantinos hubiéramos sabido al inicio de esta aventura que terminaríamos pagando por una obra mutilada en cuanto a su función -que no es otra que la de trasvasar aguas- jamás habríamos aceptado esta manzana envenenada.

A modo de ejemplo, todos pagamos un importe fijo por disponer de electricidad en casa. Y ese fijo nos asegura siempre la disponibilidad del servicio. Pagamos, pero somos libres de alumbrar o no el hogar a un simple toque de interruptor. Imaginemos que las comercializadoras nos cobraran un mínimo pese a que -por modificaciones políticas en la contratación- no pudiéramos disponer de electricidad durante meses. Voy más allá, cavilemos que ese importe fijo fuera cobrado a pesar de que, habiendo electricidad disponible, las comercializadoras tuvieran el poder omnímodamente discrecional de poder negárnosla y así lo hicieran. Pues esto es lo que significa básicamente el «tasazo». La Ley ha de objetivar al máximo las decisiones políticas pues todos coincidimos en que de la discrecionalidad a la arbitrariedad existe una línea excesivamente delgada.

Con el «tasazo» el Levante pagará, aún sin agua, la nada desdeñable cantidad de 18.762.144 euros al año, 12.876.285 a pagar por los regadíos y 5.885.859 a satisfacer por los hogares y negocios.

Lucas Jiménez Vidal es presidente del Sindicato Central de Regantes del Acueducto Tajo Segura.

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