El Tribunal Constitucional: ya empezó mal

Los juristas cultos saben que el invento del Tribunal Constitucional se debe a un austriaco llamado Hans Kelsen (Praga, 1881-Berkeley, 1973), de cuya pluma salieron obras notables, entre ellas, la Teoría Pura del Derecho (primera edición, 1935). Kelsen, cuya vida da para una novela, fue un gran profesor, pero sobre todo fue una excelente persona. Tan buena que pensaba que en el mundo había algo puro y, encima, adjudicó ese hermoso adjetivo ¡al Derecho!, ¡precisamente al Derecho! Se advertirá su bondadosa ingenuidad.

Lo cierto es que, tras la finalización de la Primera Guerra Mundial, recibió el encargo de colaborar en la redacción de la nueva Constitución de la República de Austria, una vez desmoronado el Imperio Austro-húngaro. Y a ella consiguió incorporar el Tribunal Constitucional, fruto de su teoría acerca de la primacía de la Constitución en el ordenamiento jurídico. Kelsen, preciso es aclararlo, era judío y estuvo vinculado al socialismo austriaco, sin sectarismo de ningún tipo, probablemente un íntimo homenaje a sus humildes orígenes familiares.

Creado el invento, Kelsen fue nombrado magistrado como fruto de un acuerdo de todos los partidos en el Parlamento. Los magistrados eran vitalicios. Pero Kelsen, pasados pocos años, tuvo que abandonar el Tribunal.

¿Por qué? Conocer las razones exige dar cuenta de un conflicto suscitado en la sociedad austriaca con motivo del cambio político, que afectaba a muchas personas y que derivaba del régimen jurídico del matrimonio. Regulado este en la época de Metternich, es claro que la Iglesia católica había dejado caer sobre su ordenamiento todo el peso de su fuerza en el Estado. El matrimonio era, pues, indisoluble aunque estaba admitida la separatio que, en todo caso, no disolvía el vínculo a menos que, para casos excepcionales, lo autorizaran las autoridades civiles. Es decir, que convivían dos principios antagónicos: el católico de la indisolubilidad y el absolutista (regalista) de la competencia de la Administración para administrar dispensas que afectaban a un vínculo indisponible fuera de la Iglesia. Una situación resuelta en la práctica por las autoridades del Estado, que decidían a veces a favor de los peticionarios, aunque solo cuando se trataba de personalidades muy influyentes, que podían así volver a casarse.

Esta situación era preciso cambiarla, pero no era fácil por la presión eclesiástica, reforzada a través del partido socialcristiano, que llegó a sentar a un religioso en la cancillería (Ignaz Seipel). Allí donde las autoridades obedecían su disciplina no había forma de ganar la dispensa, mientras que donde no ejercía su influencia (otro partido de la derecha o el socialista), las posibilidades de obtener tal dispensa resultaban favorables.

A complicar las cosas vino el poder judicial, pues algunos tribunales civiles declararon nulos matrimonios contraídos en virtud de tales dispensas. Kelsen se da cuenta de que el mismo Estado que a través de sus autoridades administrativas autorizaba un matrimonio lo declaraba nulo a través de sus tribunales, lo que se prestaba a chantajes porque cualquiera podía instar la nulidad, incluso el propio contrayente, si luego se apartaba de la decisión tomada. Se produjo el siguiente caso: un arquitecto que estaba separado de su mujer tabula et habitationis, consigue la dispensa para casarse de nuevo, lo que hace con una acaudalada holandesa. Una vez derrochado su patrimonio, se dirigió al juez civil para explicarle que su matrimonio se sustentaba en una dispensa y este le declaró nulo el matrimonio. La holandesa así engañada explicó que ella se había casado confiada en que cumplía con el Derecho austriaco y, pasado el tiempo, se encontró con la sorpresa de que lo que una autoridad había aceptado otra lo anulaba. Se inicia un proceso ante el Tribunal Constitucional que sentencia que los jueces del orden civil no son competentes para decidir sobre un acto administrativo y deja sin efecto la anulación de la dispensa que habían pronunciado. El matrimonio volvía pues a estar en pie. Como era conocido el protagonismo de Kelsen en la solución de este asunto, se desató contra él una terrible campaña desde los medios católicos. Hasta sus hijas recibían anónimos y tuvieron que ver colgados en la puerta de la casa escritos amenazadores.

El partido social cristiano en el poder decide entonces la reforma de la composición del Tribunal para que los magistrados en lugar de ser elegidos por el Parlamento lo fueran por el presidente de la República a propuesta del Gobierno pero, para ser llevada a cabo, se necesitaba el apoyo de los votos socialistas ya que, al estar previsto que ostentaran su cargo de forma vitalicia, el cese de los que ya ejercían como tales exigía una mayoría parlamentaria cualificada, pues se trataba en rigor de una reforma constitucional.

¿Qué haría en tal coyuntura el partido socialista? Como primera providencia se negó a secundar unos planes que dejaban en manos del Gobierno la Justicia constitucional. Pero el partido socialcristiano no se paraba en barras y amenazó directamente a los socialistas con recortar las competencias autonómicas de que disfrutaba Viena, único reducto donde ejercían aún el poder político. Los socialistas cedieron entonces a cambio de dos puestos (de los 14) en el nuevo tribunal. El presidente del partido ofreció a Kelsen ocupar uno de los asientos pero Kelsen se negó a ser magistrado de un «partido político» y además reprochó a los socialistas haberse prestado a un juego sucio y peligroso. Como quiera que los artículos periodísticos en contra de él no amainaban en la prensa católica, decidió poner tierra por medio y aceptar una cátedra en Colonia. En la prensa liberal y en la de izquierdas hay una gran conmoción cuando se sabe que Kelsen deja Austria y se le ruega que reconsidere su decisión. Con este motivo, el escritor Robert Musil anota en su diario que «es preciso crear en Austria una Asociación contra la expansión de la estupidez». Pero Kelsen se marcha. Tuvo ocasión el diserto jurista de saber lo que era la áspera realidad de la teoría pura del Derecho, de la primacía de la Constitución, de la independencia del Tribunal Constitucional y demás sutilezas que había explicado en sus libros.

Viene este recordatorio a cuento de la noticia según la cual el grupo socialista en el Congreso, siempre y sin rechistar a las órdenes de la jerarquía, sería el autor de una proposición de ley destinada a cambiar otra ley por el mismo grupo disciplinadamente puesta en circulación hace unos meses, que impedía al Consejo General del Poder Judicial realizar sus nombramientos discrecionales en el Tribunal Supremo y demás órganos jurisdiccionales mientras no se renovara su composición.

Se trataba de forzar la negociación a la que se resistía el Partido Popular. Ahora, cuando al Gobierno le interesa sobremanera realizar dos nombramientos en el Tribunal Constitucional, se encuentra con que el CGPJ no puede efectuar los suyos, lo cual dificulta la operación, pues la Constitución impone que se hagan al mismo tiempo los nombramientos procedentes del CGPJ y del Gobierno. Solución: se le desatan las manos al CGPJ, pero solo para estos nombramientos, pues para los demás parece que seguirán con los grilletes puestos.

Esta es, como digo, la solución. La conclusión es otra y bien amarga: se crea un Tribunal para asegurar la interpretación de las leyes y, a renglón seguido, se le manipula nombrando por cuotas de los partidos a sus magistrados, retorciéndose después con inverecundia leyes y principios para asegurarse el control partidario de tan excelsa e independiente institución.

Lo que mal empezó en Viena acaba en España en forma de una nueva trapacería que instala ya definitivamente a nuestras instituciones constitucionales en una feria de chapuzas.

Francisco Sosa Wagner es catedrático universitario. Su última obra (con Mercedes Fuertes) es 'Panfleto contra la trapacería política. Nuevo Retablo de las Maravillas' (Triacastela, 2022).

1 comentario


  1. El profesor Sosa Wagner, como es habitual en él, aúna erudición, claridad y sentido político.

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