Hace unos días, los medios dieron cuenta destacada de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE en la que estimaba la posibilidad de que el Reino Unido pudiera revocar unilateralmente su salida de la Unión. Pocos días después, informaron de un segundo fallo mediante el que anulaba un reglamento europeo sobre emisiones de vehículos diésel, como respuesta a un recurso de los ayuntamientos de Madrid, París y Bruselas. Se trata solamente de dos ejemplos, dentro de una larga lista de resoluciones, que ponen de manifiesto la notoriedad de la que disfrutan las decisiones del TJUE en la actualidad y que ilustran, además, la repercusión que tiene su jurisprudencia para el proyecto de integración de Europa y, sobre todo, para los europeos.
El TJUE ha ocupado tradicionalmente desde Luxemburgo una posición discreta en el elenco institucional de la Unión, máxime si se la compara con la del Consejo, el Parlamento o la Comisión en Bruselas. Hoy en día, sin embargo, cabe celebrar su mayor presencia en la esfera pública, y es que buena parte de las cuestiones jurídicas de impacto que se suscitan en nuestra sociedad acaban siéndole sometidas. Esto le convierte en el decisor último y común para toda la Unión en ámbitos de considerable trascendencia y sensibilidad para los europeos.
De hecho, hace pocos meses, el TJUE decretó que un Estado miembro ha de conceder a un matrimonio homosexual contraído legalmente en otro Estado de la Unión el derecho a residir en su territorio en los mismos términos que a los matrimonios de diferente sexo, independientemente de que el enlace de parejas homosexuales no se encuentre reconocido en su ordenamiento. Asimismo, ha examinado asuntos que van desde el uso del velo en horario laboral hasta la compatibilidad con el Tratado de las iniciativas del BCE para aliviar la crisis del euro e, incluso, de las exenciones fiscales a favor de la Iglesia en países como España e Italia. También, en el presente contexto digital, ha sido el TJUE el que ha reconocido el derecho al olvido en Internet, el que ha definido las condiciones del tratamiento de datos personales por compañías de redes sociales como Facebook y el que ha intervenido en la disputa acontecida entre el sector del taxi y la plataforma digital Uber. En fin, recientemente los medios se han hecho eco de la decisión de los tribunales belgas de remitir a la justicia europea una cuestión a propósito de la extradición a España del cantante Valtònyc, lo que vuelve a poner de actualidad la orden de detención europea y la interpretación de sus principios reguladores.
Lo más destacable es que el TJUE participa en la construcción de Europa sin más agenda que la que marcan las cuestiones y recursos planteados ante él. En este contexto, los ciudadanos europeos, incluidos los españoles, han de ser conscientes de que desempeñan un papel crucial, pues son ellos quienes han de acudir a los jueces y tribunales de sus respectivos países para proteger los múltiples derechos que les reconoce la UE. Por su parte, los jueces y tribunales nacionales pueden dirigirse al TJUE para interrogarle, entre otros aspectos, acerca de la compatibilidad de las normas nacionales con el Derecho europeo. En la práctica, este diálogo judicial ha permitido al TJUE erigirse en la institución de mayor impulso integrador y protector para los europeos en momentos críticos para la Unión, partiendo de una concepción de los Tratados, no ya como meros acuerdos internacionales entre Estados, sino como una carta constitucional para Europa y sus ciudadanos.
Por lo que se refiere a España, y además de algunas de las decisiones ya mencionadas, han sido notables las sentencias del TJUE sobre el céntimo sanitario y el canon digital, así como sobre los acuerdos de agricultura y pesca entre Marruecos y la UE con la cuestión del Sáhara Occidental de fondo. Por otro lado, la tarea del TJUE de asegurar el respeto de los compromisos y obligaciones que resultan del Tratado se hizo patente a propósito de la regulación del sector de la estiba, que el TJUE urgió a modificar y por lo que llegó incluso a imponer el pago de una serie de multas al Estado. Además, quedan por resolver asuntos de gran envergadura como los relativos a la resolución del Banco Popular y su adquisición por el Banco Santander y a las ayudas públicas que, según la Comisión, recibieron varios clubes de fútbol españoles en contra del Tratado. En estos días, ha sido noticia incluso la suspensión confirmada por el TJUE de la reforma de Polonia destinada a anticipar la jubilación de un número significativo de los miembros de su tribunal supremo.
Aunque, con certeza, las decisiones del TJUE más familiares para los españoles, por su proyección mediática, han sido las adoptadas en materia laboral y de los consumidores, a través de las cuales el TJUE ha hecho calar un singular mensaje de protección y de proximidad. Las primeras han supuesto el respaldo, por ejemplo, de los derechos de mujeres embarazadas y trabajadores interinos, dando lugar a una jurisprudencia que pone de manifiesto una plena conciencia de la realidad social actual. Las segundas han llevado a la modificación del régimen de ejecución hipotecaria en favor del ejecutado y respaldaron también el reconocimiento de la nulidad de las cláusulas suelo abusivas. Qué duda cabe que es este último género de resoluciones en el que se amparan quienes sostienen que la reciente disputa acontecida sobre el pago del impuesto de las hipotecas se resolverá ante los tribunales de la Unión. Con independencia de que suceda así o no, ello evidencia que, en su anhelo por obtener una decisión en justicia, el ciudadano de nuestro país dirige su mirada cada vez con mayor frecuencia al TJUE en ámbitos de absoluta cotidianeidad.
Conviene no perder conciencia del carácter habitual y ordinario de las decisiones del TJUE, que abarcan tantos ámbitos sociales y económicos como los que comprende, en definitiva, el Derecho de la UE. De hecho, su localización en Luxemburgo no debiera impedir que el ciudadano europeo perciba al TJUE como institución presente en su día a día y decisora de cuestiones de su máximo interés. Asimismo, ha de servirse, al igual que hace en su ámbito nacional, de los instrumentos que la Unión pone a su disposición a fin de preservar el rico patrimonio jurídico que le reconoce el ordenamiento europeo. Solamente de esta manera se podrá corresponder al mensaje de cercanía mostrado con empeño por parte del TJUE y participar con él en un proyecto de integración que, desde sus orígenes, tiene, como pilar de mayor solidez, el que la Unión Europea se comporte como una Unión de Derecho.
Juan Ignacio Signes de Mesa es letrado del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).