Elitismo fiscal y un Estado social jibarizado

El portavoz de Hacienda del Grupo Parlamentario de Ciudadanos, Francisco De la Torre, me dedicaba un artículo en este periódico, el pasado día 28 de diciembre, en respuesta a una reciente entrevista que me hizo este mismo medio y en la que yo ponía de manifiesto que los argumentos de C’s para oponerse al Real Decreto-ley 3/2016 se parecían como una gota de agua a otra a los de las grandes empresas. Cuestión que reitero.

De manera previa me gustaría dejar claro algunas cuestiones:

- Los socialistas llevan años defendiendo una reforma en profundidad del Impuesto sobre Sociedades que incremente la recaudación con la ampliación de la base imponible y la eliminación de las deducciones que no sean de carácter técnico.

- El Real Decreto-ley 3/2016 no es nuestra reforma fiscal y vamos a seguir defendiendo una reforma en profundidad del Impuesto sobre Sociedades.

- Ni siquiera se puede calificar de reforma fiscal del Impuesto sobre Sociedades, sino de un conjunto de medidas aisladas que pretenden mejorar la recaudación de este tributo. En este sentido, apoyamos el Real Decreto-ley.

Nuestro objetivo, como oposición al Gobierno del PP, es evitar recortes al Estado del Bienestar y, a la vez, cumplir con los objetivos de déficit comprometidos.

Estos dos objetivos son ahora incompatibles con reducir impuestos; es más, somos conscientes de que había que incrementar la recaudación si queríamos evitar recortes y, a la vez, cumplir con los objetivos de déficit.

Ajuste por el lado de los ingresos

Y hemos conseguido nuestro objetivo: que el ajuste para el año 2017 sea por el lado de los ingresos públicos y que, por primera vez en los últimos cinco años, no sea por el lado del gasto, máxime cuando nuestros ingresos públicos en relación al PIB están a la cola del conjunto de países de la UE. También hemos logrado que el incremento de los ingresos no afecte a los trabajadores ni a los consumidores, y que afecte al Impuesto sobre Sociedades sin alterar el régimen de las pequeñas y medianas empresas.

Hay que recordar que la recaudación del mencionado impuesto está muy lejos de los niveles alcanzados en los años neutrales del ciclo. El esfuerzo fiscal de las grandes empresas es menor que el de las pequeñas. Además, los beneficios empresariales han ganado peso en la riqueza nacional a costa de los salarios.

Convergencia con Europa

El argumento de C’s en el debate parlamentario, y en distintas manifestaciones públicas de sus dirigentes políticos, fue claro: estaban en contra de esa subida de impuestos del Real Decreto-ley por "el afán recaudatorio", pero, básicamente los cambios normativos propuestos por el Gobierno se concentran casi exclusivamente en el Impuesto sobre Sociedades, luego no es difícil concluir que C´s no ésta de acuerdo con la subida del tipo efectivo de este tributo, justo el mismo argumento que ha utilizado la gran patronal y un buen número de empresas del Ibex 35.

Por tanto, el planteamiento fiscal de C’s para el año que viene, si de verdad quieren cumplir con el objetivo de déficit acordado con nuestros socios europeos –de lo que empiezo a dudar–, llevaría a nuevos recortes sociales. Bien es verdad, y no me sorprende, que están más preocupados de que los ingresos públicos de España no sobrepasen el 38% del PIB que de converger a los niveles europeos en cuanto a los servicios públicos fundamentales. No puede aceptarse, por escasamente riguroso, que eliminando las diputaciones se puedan cuadrar las cuentas, y menos para el año que viene.

El Gobierno debe salvar los defectos

El diseño técnico de los cambios normativos del referido Real Decreto-ley de medidas ha correspondido, como resulta evidente, al Gobierno que, conforme al artículo 97 de la CE, es quien dirige la Administración del Estado y allí está la Administración tributaria del Estado.

En nuestra opinión, si alguna de las medidas diseñadas tiene defectos técnicos esperamos que sean salvados por el Gobierno.

Por cierto, no es verdad lo que sostiene Francisco De la Torre sobre que la deducibilidad del deterioro se estableció en 2007. En este sentido, me permito recordar dos ideas: (i) que la normativa fiscal asume con carácter general, salvo las excepciones legalmente previstas, la normativa contable y (ii) que los deterioros registran en el ámbito contable la perdida esperada en el inversor ante la disminución del importe previsto como recuperable de la participación poseída respecto de su valor de adquisición.

Por tanto, la deducibilidad del deterioro formaba parte del resultado contable (artículo 10.3 del TRLIS) y, a través del resultado contable, era asumido por la base imponible con ciertas limitaciones previstas en el TRLIS. Las limitaciones del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo estaban recogidas en el artículo 12.3.

La Ley 16/2007, de 4 de julio, reformó y adaptó la legislación mercantil en materia contable para su armonización internacional con base en la normativa de la UE. La disposición adicional octava de la Ley reguló las modificaciones del Texto Refundido de la Ley de Impuesto sobre Sociedades, que eran necesarias realizar como consecuencia de la reforma contable. Las modificaciones en dicho Impuesto se realizaron persiguiendo que afectasen lo menos posible a la cuantía de la base imponible que se deriva de las mismas, en comparación con la regulación anterior, es decir, se pretendía que el Impuesto sobre Sociedades tuviese una posición neutral en la reforma contable. La nueva redacción del artículo 12.3 nacida en la Ley 16/2007, contiene modificaciones de carácter terminológico con respecto a la anterior, para adaptarse a los cambios contables.

No deducibilidad

Pero ya para el ejercicio 2013 se estableció la no deducibilidad de las pérdidas por deterioro de valores mobiliarios registradas contablemente y, con la nueva ley del Impuesto sobre Sociedades, la reversión de las pérdidas que fueron deducibles fiscalmente en los periodos impositivos iniciados con anterioridad al 1 de enero de 2013. Y es que la incorporación de rentas en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades se construye actualmente sobre el principio de realización, teniendo en cuenta que se trata de pérdidas estimadas y no realizadas que redujeron la base imponible de las entidades españolas.

Volviendo al conjunto de consideraciones que hace sobre la recaudación del Impuesto sobre Sociedades en la etapa del presidente Rodríguez Zapatero, le pediría a Francisco de la Torre un mínimo de rigor. No se puede valorar la recaudación del impuesto en 2011, uno de los periodos más intensos de crisis económica de los países desarrollados en los últimos ochenta años, ignorando este hecho: en los años previos a la crisis, el mismo impuesto llego a recaudar más de 44.000 millones de euros, frente a los 20.000 millones que se recaudarán, con suerte, en 2016 con una economía creciendo al 3,2%.

Acuerdo en torno a la CNMV

Es corta la historia del Cs para valorar sus actuaciones en materia de regeneración económica, pero la primera medida efectiva que han tomado en el Parlamento ha sido acordar con el Gobierno el nombramiento de un nuevo presidente de la CNMV, con el necesario voto favorable del PNV en la comisión de Economía, que es un “conflicto de intereses andante”, una “puerta giratoria a la inversa".

Para finalizar, también la historia es importante para comprender que, como recordaba Sandor Marai, el desarrollo social y democrático de un país casi siempre depende de que los ricos se comprometan con su sociedad pagando impuestos.

Pedro Saura es portavoz de Economía del Grupo Parlamentario Socialista

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