En el reino de la arbitrariedad

Jaime Ignacio del Burgo es diputado de UPN-PP y miembro de la Comisión de Investigación del 11-M (EL MUNDO, 14/09/05).

Las diligencias sumariales son secretas -salvo para las partes personadas en el proceso- hasta que se ordena la apertura del juicio oral. Así lo dice la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Si un abogado o procurador cae en la tentación de revelar de forma indebida el secreto del sumario será «corregido» por el juez con una multa de 1,50 euros a 15,03 euros. Si el filtrador fuera una persona ajena a las partes, tendrá la misma corrección, salvo que fuera funcionario y hubiera podido incurrir en delitos tipificados en el Código Penal como la revelación de secretos o la infidelidad en la custodia de documentos públicos.

El juez puede, también, decretar el secreto del sumario. Eso significa que las diligencias son secretas incluso para las partes personadas (abogados defensores, acusación particular y popular), aunque no para el Ministerio Fiscal. El secreto del sumario es una medida excepcional, motivada por la necesidad de garantizar el buen fin de las investigaciones mientras éstas se desarrollan, y por tanto no puede prolongarse durante más de un mes y en cualquier caso ha de alzarse con 10 días de antelación al cierre del sumario.

En el caso de la masacre de Madrid, el juez Del Olmo el mismo día 11 decretó el secreto del sumario. Aunque se ha rebasado con creces el plazo de un mes para proceder a su levantamiento es lógico que por la complejidad de la investigación el juez se haya visto obligado a prorrogar esta situación.

A pesar de la declaración de secreto, entre el 11 y el 14 de marzo, el ministro del Interior, Angel Acebes, reveló con detalle las diligencias sumariales, al informar sobre la marcha de las investigaciones. Como es lógico, el juez Del Olmo no formuló ninguna reconvención contra el ministro. Por el contrario, el ministro Alonso se ha escudado en el secreto del sumario para mantener una política de opacidad sobre la marcha de la investigación.A pesar de ello, el ministerio del Interior ha sido autor de numerosas filtraciones del sumario a ciertos medios de comunicación.La última de ellas ha sido la revelación de un informe remitido al Juzgado número 6 de la Audiencia Nacional con el contenido de un vídeo, supuestamente extraviado en las dependencias policiales, que habría sido grabado por los terroristas muertos en Leganés el 3 de abril de 2004. El juez Del Olmo no ha tomado ninguna medida para corregir a los autores de estas filtraciones.

Para facilitar los trabajos de la Comisión de Investigación del Congreso, el juez Del Olmo levantó en varias ocasiones de manera parcial el secreto del sumario y remitió a la Cámara abundante documentación. De esa forma, los funcionarios policiales convocados por la Comisión no tenían traba legal alguna para poder revelar asuntos sometidos a secreto sumarial. Al cierre de la Comisión parlamentaria la apertura del secreto afectaba a 35 de los más de 150 tomos que integran el sumario.

Desde la comisión del atentado, el diario EL MUNDO ha publicado con todo lujo de detalles numerosas informaciones que obtenía de fuentes oficiales y de investigaciones propias sobre el 11-M.Como es lógico, las páginas del periódico se hicieron eco inmediato de los autos del juez Del Olmo afectados por el levantamiento del secreto del sumario y se publicaron numerosos documentos que, en teoría, seguían protegidos por el genérico secreto de la ley sobre las diligencias sumariales. Lo mismo hicieron otros periódicos. En ningún caso, hubo reconvención alguna por parte del juez.

El interés informativo del sumario del 11-M está fuera de discusión.Los atentados de Madrid constituyen uno de los episodios más trascendentales de la Historia de España. El derecho de la sociedad española a ser informada sobre este asunto debe prevalecer sobre cualquier otra consideración. La libertad de información sólo debe rendirse ante el secreto del sumario si la publicación de ciertas noticias pone en peligro el desarrollo de operaciones policiales imprescindibles para la detención de los culpables o la obtención de las pruebas incriminatorias. Nada de eso ha debido de ocurrir desde el 11 de marzo de 2004 hasta hoy, pues en caso contrario se hubiera producido la correspondiente reacción judicial.

A finales de julio de este año, el Juzgado del 11-M levantó el secreto de más de un centenar de tomos del sumario. En total son ya 141 tomos, cerrados al 31 de mayo de 2005, los afectados por esta medida. El juez Del Olmo sabía que, al igual que en los casos anteriores, los periódicos se las iban a ingeniar para acceder al sumario. Esta vez tomó algunas medidas preventivas.Los informáticos de la Audiencia Nacional introdujeron un número de identificación en cada DVD facilitado a las partes y en cada uno de los 53.000 folios «escaneados». De esta forma, basta con examinar un DVD filtrado para conocer quién ha sido el filtrador.

Todos los periódicos madrileños se lanzaron a la caza del DVD.Y tuvieron éxito. El día 27 de julio, EL MUNDO comenzó a publicar informaciones contenidas en el sumario cuyo secreto se acababa de levantar. Es lo que parecía estar esperando el juez Del Olmo, pues reaccionó de forma fulminante conminando a Pedro J. Ramírez, previo informe favorable de la fiscal del caso, la entrega de cuanta documentación tuviera del sumario, en soporte informático o en cualquier otro soporte documental. En caso de no hacerlo imputaría a Pedro J. Ramírez un delito de desobediencia. Ante la negativa del director de EL MUNDO, Del Olmo formuló la imputación y se inhibió a favor del Juzgado de Instrucción número 1 de Madrid.

El mismo día en que todo esto ocurría, otros periódicos comenzaron a publicar informaciones relevantes sobre el 11-M contenidas en el sumario. El juez Del Olmo no se inmutó. La fiscal, tampoco.

Estos son los hechos. La reacción del juez Del Olmo al imputar a Pedro J. Ramírez un delito de desobediencia me pareció asombrosa.Tal vez podría haber traspasado la raya de la prevaricación, porque la resolución es manifiestamente injusta y es de suponer que el juez sabe que lo es. (La infantil «trampa informática» en la entrega de los DVD es un indicio de previa reflexión sobre lo que iba a ocurrir). Al reclamar la entrega del soporte informático o de cualquier otro soporte documental está exigiendo de hecho al director la revelación de las fuentes. Y esto, en nuestro Estado democrático de Derecho, es inconstitucional. En segundo lugar, porque desde el 11 de marzo el juez ha consentido la publicación de informaciones, estuvieran o no amparadas por el secreto del sumario. Finalmente, otros periódicos, al día siguiente del requerimiento, comenzaron a publicar informaciones del sumario sin que Del Olmo adoptara ninguna decisión contra ellos.

Por todo ello, la imputación a Pedro J. Ramírez, basada en la negativa a dar cumplimiento a una orden discriminatoria, arbitraria e injusta es claramente inconstitucional. La acusación de desacato por el juez es nula de pleno derecho y no debiera producir efecto alguno. No estamos en el reino de la arbitrariedad. Espero que el juez López Jiménez nos devuelva la confianza en el Estado de Derecho.